Norma Legal Oficial del día 18 de febrero del año 2000 (18/02/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, viernes 18 de febrero de 2000

NORMAS LEGALES
40.DUPLICADO DE LICENCIAS

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38.2.5 No haber sido sancionado por la DGTA por faltas graves a las reglas de seguridad. 38.2.6 Ser patrocinado por un Maestro de Salto y/o Club. 38.2.7 Certificado de Supervisor que acredite que el solicitante cumple con los requisitos de la Habilitacion. 38.2.8 Tres fotografias tamano carne de frente y a color. 38.2.9 Abonar el derecho de expedicion de la habilitacion. 38.3 HABILITACION DE PILOTO TANDEM 38.3.1 Solicitud dirigida al Director General de Transporte Aereo (Form. DGTA-L-001). 38.3.2 Contar con una Licencia "D" vigente. 38.3.3 Contar habilitacion de Maestro de Salto. 38.3.4 Contar con la habilitacion de Instructor 38.3.5 Tener una experiencia minima de un mil saltos de caida libre utilizando paracaidas rectangulares. 38.3.6 Certificado expedido por un paracaidista calificado como Instructor de Piloto Tandem, de haber aprobado satisfactoriamente el curso teorico-practico respectivo. 38.3.7 No haber sido sancionado por la DGTA por faltas graves a las reglas de seguridad. 38.3.8 Ser patrocinado por un Piloto Tandem y/o Club. 38.3.9 Certificado de un Supervisor que acredite que el solicitante cumple los requisitos para la habilitacion. 38.3.10 Tres fotografias tamano carne a color y de frente. 38.3.11 Abonar el derecho de expedicion de la habilitacion. 38.4 HABILITACION DE INSTRUCTOR PILOTO TANDEM 38.4.1 Solicitud dirigida al Director General de Transporte Aereo (Form. DGTA-L-001). 38.4.2 Contar con Licencia "D" vigente. 38.4.3 Tener la habilitacion de Piloto Tandem. 38.4.4 Tener un minimo de 100 saltos en la modalidad de Tandem, transportando pasajeros tandem no calificados como paracaidistas. 38.4.5 Certificado expedido por un paracaidista calificado como Instructor de Piloto Tandem, de haber aprobado el curso teorico practico respectivo. 38.4.6 No haber sido sancionado por la DGTA por faltas graves a las reglas de seguridad. 38.4.7 Ser patrocinado por un Instructor de Piloto Tandem y/o Club. 38.4.8 Certificado de un Supervisor que acredite que el solicitante cumple los requisitos para la habilitacion. 38.4.9 Tres fotografias carne de frente y a color. 38.4.10 Abonar el derecho de expedicion de la habilitacion. 39.CONVALIDACION DE LICENCIAS DE PARACAIDISTAS (RAP 105.37 y 105.39) 39.1 Las personas que hubieran obtenido licencia en otro MORDAZA miembro de la FAI, podran practicar el paracaidismo en el territorio peruano hasta por seis meses contados a partir de la fecha de ingreso al MORDAZA, sin necesidad de convalidar su licencia. Vencido este plazo, deberan convalidar su licencia. 39.2 En el caso de licencias obtenidas en paises que no MORDAZA miembros de la FAI, se procedera a la convalidacion MORDAZA de iniciar sus actividades. 39.3 Para Convalidar una Licencia, el solicitante debera presentar: a) Solicitud dirigida al Director General de Transporte Aereo (Form. DGTA-L-001). b) MORDAZA de la Licencia extranjera, debidamente autenticada por el Fedatario de la DGTA. c) Cumplir con los requisitos establecidos en la RAP 105, segun corresponda. d) Carta de MORDAZA de Federacion, Asociacion Deportiva o Clubes de Paracaidismo. e) Tres fotografias tamano carne a color y de frente. f) Abonar el derecho de expedicion de Convalidacion.

VII. INFORMACION ADICIONAL

40.1 Solicitud dirigida al Director General de Transporte Aereo. (Form. DGTA-L-001) 40.2 MORDAZA de la denuncia policial por perdida. 40.3 Una fotografia tamano carne a color y de frente 40.4 Abonar los derechos de expedicion del duplicado. 40.5 El duplicado de Licencias solo se entregaran a los titulares cuando estas se encuentren vigentes; caso contrario solo se expedira un certificado con las habilitaciones de la Licencia y vigencia de la misma. 41.ACLARANDO ALGUNAS DUDAS SOBRE LICENCIAS, HABILITACIONES Y TRAMITES. 41.1 DEL TRAMITE 41.1.1 ¿Como inicio la tramitacion de mi Licencia? Los documentos se dejan en la Mesa de Partes Central del MTC (1er. Piso y previamente deben contar con el Vo. Bo. del Dpto. de Licencia. Aproximadamente 24 horas despues el solicitante debera comunicarse con el Area de Examenes al telefono 433-7800 Anexo 452, para reservar la fecha de su examen teorico. 41.1.2 ¿Cuanto dura la tramitacion de una Licencia o Habilitacion? Una vez que el solicitante MORDAZA aprobado el examen teorico y el Chequeo practico, el Area de Licencias emitira a mas tardar en 24 horas su Licencia. 41.1.3 ¿Que sucede si no puedo asistir a la hora senalada para el examen teorico? Solo se otorgan 10 minutos de tolerancia; pasados los cuales, de no presentarse el solicitante, se programara la nueva fecha dentro de los 30 dias calendario siguientes. 41.1.4 ¿De reprobar una evaluacion teorica o practica, que procedimiento debo seguir? Quien desaprueba una evaluacion, tiene la oportunidad de volverla a rendir dentro de 30 dias. Sin embargo, en caso de una primera reprobacion, puede rendirla MORDAZA de este periodo, pero despues de 10 dias de la fecha en que desaprobo, siempre y cuando acredite un re-entrenamiento con un Instructor autorizado. Si el solicitante registra tres evaluaciones desaprobadas dentro de un ano, se le devolveran los documentos con la MORDAZA de notas y podra volver a presentarse una vez que MORDAZA recibido Curso Inicial con Instructor autorizado por la DGTA. 41.1.5 ¿Como se realizan los pagos para obtener Licencias y/o para someterse a Chequeos practicos? En la ventanilla de Licencias (4to. Piso) se otorgara a cada solicitante una pre-liquidacion, para que pueda efectuar la cancelacion en la MORDAZA Central del MTC (1er. Piso). El pago se realiza en moneda nacional o cheque certificado o de Gerencia, a nombre del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion. 41.1.6 ¿Cual es el horario de atencion al publico en la DGTA? La atencion es de Lunes a Viernes en el siguiente horario: 9:00 a.m. a 12:30 p.m. 2:00 p.m. a 4:00 p.m. 41.1.7 ¿Que sucede con los expedientes del personal aeronautico que no registra actividades por mas de 5 anos? De acuerdo a la politica establecida por la DGTA, todo legajo de personal aeronautico que no registra actividades en un lapso mayor a los 5 anos es transferido al Archivo Central del MTC, quedando en el Area de Licen-

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