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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE FEBRERO DEL AÑO 2000 (18/02/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 35

Pág. 183917 NORMAS LEGALES Lima, viernes 18 de febrero de 2000 VII. INFORMACION ADICIONAL 40.DUPLICADO DE LICENCIAS 40.1 Solicitud dirigida al Director General de Trans- porte Aéreo. (Form. DGTA-L-001) 40.2 Copia de la denuncia policial por pérdida. 40.3 Una fotografía tamaño carné a color y de frente 40.4 Abonar los derechos de expedición del duplicado. 40.5 El duplicado de Licencias sólo se entregarán a los titulares cuando éstas se encuentren vigentes; caso con- trario sólo se expedirá un certificado con las habilitacio- nes de la Licencia y vigencia de la misma. 41.ACLARANDO ALGUNAS DUDAS SOBRE LICEN- CIAS, HABILITACIONES Y TRAMITES. 41.1 DEL TRAMITE 41.1.1 ¿Cómo inicio la tramitación de mi Licen- cia? Los documentos se dejan en la Mesa de Partes Central del MTC (1er. Piso y previamente deben contar con el Vo. Bo. del Dpto. de Licencia. Aproximadamente 24 horas después el solicitante deberá comunicarse con el Area de Exámenes al teléfono 433-7800 Anexo 452, para reservar la fecha de su examen teórico. 41.1.2 ¿Cuánto dura la tramitación de una Licen- cia o Habilitación? Una vez que el solicitante haya aprobado el examen teórico y el Chequeo práctico, el Area de Licencias emitirá a más tardar en 24 horas su Licencia. 41.1.3 ¿Qué sucede si no puedo asistir a la hora señalada para el examen teórico? Sólo se otorgan 10 minutos de tolerancia; pasados los cuales, de no presentarse el solicitante, se programará la nueva fecha dentro de los 30 días calendario siguientes. 41.1.4 ¿De reprobar una evaluación teórica o práctica, qué procedimiento debo seguir? Quien desaprueba una evaluación, tiene la oportu- nidad de volverla a rendir dentro de 30 días. Sin embar- go, en caso de una primera reprobación, puede rendirla antes de este período, pero después de 10 días de la fecha en que desaprobó, siempre y cuando acredite un re-entrenamiento con un Instructor autorizado. Si el solicitante registra tres evaluaciones desaprobadas den- tro de un año, se le devolverán los documentos con la constancia de notas y podrá volver a presentarse una vez que haya recibido Curso Inicial con Instructor autorizado por la DGTA. 41.1.5 ¿Cómo se realizan los pagos para obtener Licencias y/o para someterse a Chequeos prácticos? En la ventanilla de Licencias (4to. Piso) se otorgará a cada solicitante una pre-liquidación, para que pueda efec- tuar la cancelación en la Caja Central del MTC (1er. Piso). El pago se realiza en moneda nacional o cheque certifica- do o de Gerencia, a nombre del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción. 41.1.6 ¿Cuál es el horario de atención al público en la DGTA? La atención es de Lunes a Viernes en el siguiente horario: 9:00 a.m. a12:30 p.m. 2:00 p.m. a4:00 p.m. 41.1.7 ¿Qué sucede con los expedientes del perso- nal aeronáutico que no registra actividades por más de 5 años? De acuerdo a la política establecida por la DGTA, todo legajo de personal aeronáutico que no registra activida- des en un lapso mayor a los 5 años es transferido al Archivo Central del MTC, quedando en el Area de Licen-38.2.5 No haber sido sancionado por la DGTA por faltas graves a las reglas de seguridad. 38.2.6 Ser patrocinado por un Maestro de Salto y/o Club. 38.2.7 Certificado de Supervisor que acredite que el solicitante cumple con los requisitos de la Habilitación. 38.2.8 Tres fotografías tamaño carné de frente y a color. 38.2.9 Abonar el derecho de expedición de la habilita- ción. 38.3 HABILITACION DE PILOTO TANDEM 38.3.1 Solicitud dirigida al Director General de Trans- porte Aéreo (Form. DGTA-L-001). 38.3.2 Contar con una Licencia “D” vigente. 38.3.3 Contar habilitación de Maestro de Salto. 38.3.4 Contar con la habilitación de Instructor 38.3.5 Tener una experiencia mínima de un mil saltos de caída libre utilizando paracaídas rectangulares. 38.3.6 Certificado expedido por un paracaidista cali- ficado como Instructor de Piloto Tandem, de haber apro- bado satisfactoriamente el curso teórico-práctico res- pectivo. 38.3.7 No haber sido sancionado por la DGTA por faltas graves a las reglas de seguridad. 38.3.8 Ser patrocinado por un Piloto Tandem y/o Club. 38.3.9 Certificado de un Supervisor que acredite que el solicitante cumple los requisitos para la habilitación. 38.3.10 Tres fotografías tamaño carné a color y de frente. 38.3.11 Abonar el derecho de expedición de la habilita- ción. 38.4 HABILITACION DE INSTRUCTOR PILO- TO TANDEM 38.4.1 Solicitud dirigida al Director General de Trans- porte Aéreo (Form. DGTA-L-001). 38.4.2 Contar con Licencia “D” vigente. 38.4.3 Tener la habilitación de Piloto Tandem. 38.4.4 Tener un mínimo de 100 saltos en la modalidad de Tandem, transportando pasajeros tandem no califica- dos como paracaidistas. 38.4.5 Certificado expedido por un paracaidista califi- cado como Instructor de Piloto Tandem, de haber aproba- do el curso teórico práctico respectivo. 38.4.6 No haber sido sancionado por la DGTA por faltas graves a las reglas de seguridad. 38.4.7 Ser patrocinado por un Instructor de Piloto Tandem y/o Club. 38.4.8 Certificado de un Supervisor que acredite que el solicitante cumple los requisitos para la habilitación. 38.4.9 Tres fotografías carné de frente y a color. 38.4.10 Abonar el derecho de expedición de la habilita- ción. 39.CONVALIDACION DE LICENCIAS DE PARA- CAIDISTAS (RAP 105.37 y 105.39) 39.1 Las personas que hubieran obtenido licencia en otro país miembro de la FAI, podrán practicar el paracai- dismo en el territorio peruano hasta por seis meses contados a partir de la fecha de ingreso al país, sin necesidad de convalidar su licencia. Vencido este plazo, deberán convalidar su licencia. 39.2 En el caso de licencias obtenidas en países que no sean miembros de la FAI, se procederá a la convalidación antes de iniciar sus actividades. 39.3 Para Convalidar una Licencia, el solicitante debe- rá presentar: a) Solicitud dirigida al Director General de Transporte Aéreo (Form. DGTA-L-001). b) Copia de la Licencia extranjera, debidamente au- tenticada por el Fedatario de la DGTA. c) Cumplir con los requisitos establecidos en la RAP 105, según corresponda. d) Carta de presentación de Federación, Asociación Deportiva o Clubes de Paracaidismo. e) Tres fotografías tamaño carné a color y de frente. f) Abonar el derecho de expedición de Convalidación.