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Pág. 190894 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 26 de julio de 2000 P C M Designan miembro de la Comisión Reorganizadora de la Universidad Na- cional "Federico Villarreal" RESOLUCION SUPREMA Nº 290-2000-PCM Lima, 25 de julio del 2000 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Ley Nº 25798, se declaró la reor- ganización integral de la Universidad Nacional "Federico Villarreal"; Que, mediante Resolución Suprema Nº 524-92-ED, se designó al señor Oswaldo Alvarado Sánchez como miem- bro de la Comisión Reorganizadora de la Universidad Nacional "Federico Villarreal"; Que, el mencionado funcionario ha presentado su renuncia al cargo antes referido, por lo que es conveniente designar a su representante; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 y el Decreto Ley Nº 25798; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- ACEPTAR, a partir de la fecha de la presente Resolución, la renuncia del señor Oswaldo Alva- rado Sánchez, al cargo de miembro de la Comisión Reor- ganizadora de la Universidad Nacional "Federico Villa- rreal", dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- DESIGNAR, a partir de la fecha de la presente Resolución, al señor Luis Kazuo Watanabe Ma- tsukura, como miembro de la Comisión Reorganizadora de la Universidad Nacional "Federico Villarreal". Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros FELIPE GARCIA ESCUDERO Ministro de Educación 8494 Aceptan donaciones efectuadas por diversas instituciones japonesas RESOLUCION SUPREMA Nº 291-2000-PCM Lima, 25 de julio del 2000 CONSIDERANDO: Que, diversas instituciones extranjeras han efectuado donaciones a favor del Gobierno del Perú - Despacho Presidencial, Unidad Ejecutora 001 del Pliego Presiden- cia del Consejo de Ministros, consistentes en vehículos usados y otros bienes; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Orde- nado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán grava- das con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Im- puesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y aprobar, en vía de regulariza- ción la donación efectuada por Itoen Ltd., de Japón a favor del Gobierno del Perú - Despacho Presidencial, Unidad Ejecutora 001 del Pliego Presidencia del Consejo de Mi- nistros, consistente en 30 vehículos usados, cuyas carac- terísticas se encuentran detalladas en el Anexo I que forma parte de la presente Resolución Suprema con un valor aproximado de ¥ 1 360 000,00 (Un Millón Trescien- tos Sesenta Mil y 00/100 Yenes), según Cartas de Dona- ción de fecha 15 de marzo de 1999. Artículo 2º.- Aceptar y aprobar, en vía de regula- rización la donación efectuada por Osaka Gas Co., Ltd. de Japón a favor del Gobierno del Perú - Despacho Presidencial, Unidad Ejecutora 001 del Pliego Presi- dencia del Consejo de Ministros, consistente en 10 vehículos usados, cuyas características se encuentran detalladas en el Anexo II que forma parte de la presen- te Resolución Suprema con un valor aproximado de ¥ 600 000,00 (Seiscientos Mil y 00/100 Yenes), según Carta de Donación de fecha 11 de marzo de 1999 y un peso aproximado de 9 220 kgs., según Conocimiento de Embarque Nº OSZX-8 de H U A L AS. Artículo 3º.- Aceptar y aprobar, en vía de regulariza- ción la donación efectuada por Mikuni Coca Cola Bottling Co., Ltd. de Japón, a favor del Gobierno del Perú - Despa- cho Presidencial, Unidad Ejecutora 001 del Pliego Presi- dencia del Consejo de Ministros, consistente en 3 vehícu- los usados cuyas características se encuentran detalladas en el Anexo III que forma parte de la presente Resolución Suprema con un valor aproximado de ¥ 1 500 000,00 (Un Millón Quinientos Mil y 00/100 Yenes), según Carta de Donación de fecha 16 de julio de 1998. Artículo 4º.- Aceptar y aprobar, en vía de regulariza- ción la donación efectuada por Donated Blood Distribu- tion Corporation de Japón, a favor del Gobierno del Perú - Despacho Presidencial, Unidad Ejecutora 001 del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, consistente en 2 vehículos usados cuyas características se encuentran de- talladas en el Anexo IV que forma parte de la presente Resolución Suprema con un valor aproximado de ¥ 193 014,00 (Ciento Noventa y Tres Mil Catorce y 00/100 Yenes), según Carta de Donación de fecha 12 de mayo de 1998 y un peso aproximado de 1 960 Kgs., según Conoci- miento de Embarque Nº KPCMA0003 de Fuji Field Ship- ping Co., Ltd. Artículo 5º.- Aceptar y aprobar, en vía de regulariza- ción la donación efectuada por Fujimori Daitoryo Shien No Kai de Japón, a favor del Gobierno del Perú - Despacho Presidencial, Unidad Ejecutora 001 del Pliego Presiden- cia del Consejo de Ministros, consistente en 8 vehículos usados y otros bienes cuyas características se encuentran detalladas en el Anexo V que forma parte de la presente Resolución Suprema con un valor aproximado de ¥ 8 233 630,00 (Ocho Millones Doscientos Treinta y Tres Mil Seiscientos Treinta y 00/100 Yenes), según Cartas de Donación de fechas 16 de julio de 1998 y 8 de febrero de 1999, respectivamente. Artículo 6º.- Aceptar y aprobar, en vía de regulariza- ción la donación efectuada por la Asociación de Damas de Saitama -Perú de Japón, a favor del Gobierno del Perú - Despacho Presidencial, Unidad Ejecutora 001 del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, consistente en ropa y frazadas usadas, cuyas características se encuentran detalladas en el Anexo VI que forma parte de la presente Resolución Suprema con un valor aproximado de ¥ 120 526 000,00 (Ciento Veinte Millones Quinientos Veintiséis Mil y 00/100 Yenes), según Carta de Donación de fecha 16 de julio de 1998. Artículo 7º.- Compréndanse a las donaciones cita- das en los artículos anteriores dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impues- to Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 055-99-EF. Artículo 8º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 9º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas.