Norma Legal Oficial del día 02 de junio del año 2000 (02/06/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, viernes 2 de junio de 2000

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Articulo Tercero.- Pongase a conocimiento del Consejo Nacional de la Magistratura, del MORDAZA Nacional de Elecciones, del Presidente del Consejo Nacional de Decanos de los Colegios Profesionales del Peru y al Presidente de la Junta de Decanos de Colegios de Abogados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PORTILLO MORDAZA Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales 6218

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Disponen reabrir MORDAZA de inscripcion de nuevos ciudadanos y atencion de solicitudes de cambios de datos para su registro en el Archivo Nacional de Identificacion
RESOLUCION JEFATURAL Nº 316-2000-JEF/RENIEC MORDAZA, 26 de MORDAZA del 2000 CONSIDERANDO: Que, con motivo del MORDAZA de Elecciones Generales convocado por Decreto Supremo Nº 040-99-PCM, se dispuso el cierre de las inscripciones de nuevos ciudadanos en el Archivo Nacional de Identificacion; suspendiendose, asimismo, la atencion de solicitudes de cambio de domicilio, de nombres o de cualquier otro MORDAZA que importe modificar la informacion consignada en el Padron Electoral; Que, el 28 de MORDAZA del ano en curso, se llevara a cabo la MORDAZA eleccion del referido MORDAZA de Elecciones Generales; debiendo inmediatamente despues reabrirse las solicitudes de inscripcion y rectificaciones de datos que presentan los ciudadanos; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497 Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Reabrir, a partir del 29 de MORDAZA del 2000, el MORDAZA de inscripcion de nuevos ciudadanos, asi como reiniciar la atencion de las solicitudes de cambios de domicilio, de nombres o de cualquier otro MORDAZA que requieran los ciudadanos, para su registro en el Archivo Nacional de Identificacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Nacional 6191

Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo MORDAZA que cuenta con personeria juridica de derecho publico interno y goza de atribuciones en materia registral, tecnica, administrativa, economica y financiera conforme lo establece el Articulo 1º de la Ley Nº 26497; Que, en cumplimiento de sus funciones constitucionales y legales, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil emite el Documento Nacional de Identidad (DNI); Que, al Documento Nacional de Identidad (DNI) como a sus duplicados, expedidos con posterioridad al MORDAZA de Elecciones Generales llevado a cabo el 28 de MORDAZA del 2000, no les corresponde llevar adherido el holograma de MORDAZA de sufragio, por cuanto este distintivo es colocado en las mismas mesas de sufragio, inmediatamente que se ejercita el derecho de votacion; resultando, por tanto, materialmente imposible que tales constancias se coloquen en los documentos de identidad que se expidan con posterioridad a dicho acto eleccionario; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497 Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar que al Documento Nacional de Identidad (DNI) como a sus duplicados, que se expidan con posterioridad al 28 de MORDAZA del 2000, no corresponde adherir holograma de MORDAZA de votacion de procesos anteriores a la fecha de emision del documento, por la razones precisadas en la parte considerativa de la presente resolucion; surtiendo estos, en esta condicion, todos sus efectos legales. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Nacional 6192

MINISTERIO PUBLICO
Disponen asignacion de asistentes de funcion fiscal y administrativos a fiscalias de los Modulos Basicos de Justicia de San MORDAZA de Lurigancho, Ventanilla y MORDAZA MORDAZA del Triunfo
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 160-2000-SE-TP-CEMP MORDAZA, 1 de junio de 2000 VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 337-2000-MP-CEMP, del 22 de MORDAZA del 2000, se crea la Fiscalia Provincial Penal del Modulo Basico de Justicia de San MORDAZA de Lurigancho, de la provincia y departamento de MORDAZA, con competencia en el distrito del mismo nombre, que despachara con el Primer, MORDAZA y Tercer Juzgados Especializados en lo Penal de este Modulo, asimismo se dispone que la Primera Fiscalia Provincial Civil de MORDAZA sin perjuicio de su actual competencia, despache con el Juzgado Especializado en lo Civil de dicho Modulo y que la Tercera, MORDAZA y Decimo Tercera Fiscalia Provincial de Familia de MORDAZA sin perjuicio de su actual competencia, despachen con el Juzgado Especializado de Familia del Modulo Basico de Justicia de San MORDAZA de Lurigancho; Que, mediante el Articulo Setimo de la Resolucion senalada en el considerando precedente, se dispone que la Secretaria Ejecutiva de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico adopte las medidas pertinentes en cuanto al personal medico legal, auxiliar y administrativo de apoyo a las citadas Fiscalias; Que, en tal sentido resulta necesario disponer la asignacion del personal administrativo de la Fiscalia Provincial Penal del Modulo Basico de Justicia de San MORDAZA de Lurigancho; Que, asimismo es necesario disponer la asignacion del personal administrativo que atendera la recepcion y tramite de documentos de la Tercera, MORDAZA y Decimo Tercera Fiscalia Provincial de Familia de MORDAZA y de la Primera Fiscalia Provincial Civil de Lima; en el Modulo Basico de Justicia de San MORDAZA de Lurigancho; Que, resulta necesario crear la Unidad Medico Legal del Modulo Basico de Justicia de San MORDAZA de Lurigancho y Rotar al personal Medico Legista y administrativo que prestara servicio en dicha dependencia;

Declaran que no corresponde adherir hologramas de MORDAZA de votacion de procesos anteriores, a documentos de identidad o duplicados que se expidan con posterioridad al 28 de MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 317-2000-JEF/RENIEC MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2000

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