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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JUNIO DEL AÑO 2000 (02/06/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 37

Pág. 187467 NORMAS LEGALES Lima, viernes 2 de junio de 2000 Unidad Médico Legal del Módulo Básico de Justicia de Villa María del Triunfo y asignar un Asistente Médico Legal para dicha Unidad. Artículo Quinto.- Encargar a la Gerencia General, la ejecu- ción de las acciones necesarias para garantizar el estricto cum- plimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIO D. ZEGARRA MARIÑAS Secretario Ejecutivo de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público y Titular del Pliego 6263 COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Crean la Fiscalía Provincial Penal del Módulo Básico de Justicia de Villa María del Triunfo, provincia de Lima RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 351-2000-MP-CEMP Lima, 1 de junio de 2000 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, la Resolución Administrativa Nº 1147-CME-PJ, de 31 de mayo de 2000, expedida por la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, crea el Módulo Básico de Justicia de Villa María del Triunfo, ubicado en el distrito de Villa María del Triunfo, provincia de Lima, departamento y Distrito Judicial de Lima, autorizando su funcionamiento a partir del 2 de junio de 2000. Que, mediante los Artículos Segundo y Tercero de la citada resolución administrativa, se crean en el Módulo Básico de Justicia de Villa María del Triunfo, el Primer, Segundo y Tercer Juzgado Penal, el Juzgado Civil y el Juzgado de Familia, órga- nos jurisdiccionales que tendrán competencia territorial en el distrito de Villa María del Triunfo, de la provincia y departa- mento de Lima. Que, para despachar con los tres Juzgados Penales de este módulo, es conveniente crear la Fiscalía Provincial Penal del Módulo Básico de Justicia de Villa María del Triunfo, con competencia en el distrito del mismo nombre. Que, para atender el Juzgado Civil del Módulo Básico de Justicia de Villa María del Triunfo, debe precisarse que la Quinta Fiscalía Provincial Civil de Lima, a cargo de la doctora Clara Mercedes Cahua Gutiérrez, en vista de su menor carga procesal, despachará con esta judicatura, sin perjuicio de su actual competencia. Que, con Resolución Nº 105-2000-MP-CEMP, de 3 de febrero de 2000, y dentro del "Plan de Consolidación de la Reorganiza- ción y Modernización del Ministerio Público 1999-2000", a que se contrae la Resolución Nº 366-99-MP-CEMP, de 17 de mayo de 1999, se aprobó la Propuesta de Descentralización de las Fisca- lías Provinciales de Familia del Distrito Judicial de Lima, asignando a cada una de ellas competencia funcional prejudicial en una determinada área policial, con el objetivo de ampliar el acceso a la justicia y promover una mayor presencia del Fiscal de Familia en las dependencias policiales en los casos de adolescen- tes infractores de la ley penal, maltrato infantil, abandono, agresión sexual en agravio de niños y adolescentes y violencia familiar. Que, conforme a esta distribución, a la Sétima Fiscalía Provincial de Familia de Lima, que despacha la doctora Patricia Regina Córdova Alcocer, se le asignó, en el Area Policial de Villa El Salvador, las Comisarías de José Carlos Mariátegui, San Francisco de Tablada de Lurín, Villa María del Triunfo y Nueva Esperanza, del distrito de Villa María del Triunfo. Que, para el mejor cumplimiento de los alcances de la presente resolución, resulta conveniente que la Comisaría de José Gálvez del distrito de Villa María del Triunfo, asignada inicialmente a la Cuarta Fiscalía Provincial de Familia de Lima, que despacha la doctora Elizabeth Matute Llaves, sea reasigna- da, por su ubicación geográfica, a la Sétima Fiscalía Provincial de Familia de Lima. Que, para brindar condiciones adecuadas a los usuarios de las Fiscalías de Familia, en particular durante las audiencias de conciliación en casos de violencia familiar y otros, el MinisterioPúblico las ha dotado de amplias y modernas instalaciones en el edificio ex Progreso de la sede central, Av. Abancay Nº 491, cuarto y quinto pisos, Lima. Que, sin perjuicio del eficaz accionar descentralizado de las Fiscalías de Familia de Lima, ni del esfuerzo del Ministerio Público de implementar la nueva infraestructura para éstas, es necesario atender los requerimientos del Juzgado de Familia del Módulo Básico de Villa María del Triunfo,en razón de lo cual, la Sétima Fiscalía Provincial de Familia deberá despachar, tam- bién, con este Juzgado. Que, estando al Acuerdo Nº 4106 adoptado por unanimidad en sesión de la fecha, con dispensa de la lectura del acta; y, en uso de las atribuciones que le confiere las Leyes Nºs. 26623, 26695, 26738 y 27009; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Crear la Fiscalía Provincial Penal del Módulo Básico de Justicia de Villa María del Triunfo, de la provincia y departamento de Lima, con competencia en el distri- to del mismo nombre, que despachará con el Primer, Segundo y Tercer Juzgados Penales de este módulo. Artículo Segundo.- Designar a la doctora Consuelo Eliza- beth Maraví Mendoza, como Fiscal Provincial Penal Provisional del Distrito Judicial de Lima, para que despache en el Módulo Básico de Justicia de Villa María del Triunfo, dándose por concluida su designación como Fiscal Adjunta Provincial Provi- sional del Pool de Fiscales de Lima, materia de la parte pertinen- te del Artículo Primero de la Resolución Nº 033-2000-MP-CEMP, de 11 de enero de 2000; asimismo, destacar a los doctores Manuel Eduardo Jaimes Cuadrado y Silvia Antonia Sánchez Quiroga, Fiscales Adjuntos Provinciales de Lima, a la Fiscalía Provincial Penal del Módulo Básico de Justicia de Villa María del Triunfo, dejándose en el primero de los casos, sin efecto su destaque materia de la parte pertinente del Artículo Primero de la Resolu- ción Nº 139-2000-MP-CEMP, de 18 de febrero de 2000, así como su designación en el cuadro de ubicación física de los Fiscales Adjuntos Provinciales del Pool de Fiscales de Lima, materia de la parte pertinente del Artículo Primero de la Resolución Nº 299- 2000-MP-CEMP, de 8 de mayo de 2000. Artículo Tercero.- Disponer que la Quinta Fiscalía Civil de Lima, a cargo de la doctora Clara Mercedes Cahua Gutiérrez, sin perjuicio de su actual competencia, despache con el Juzgado Civil del Módulo Básico de Justicia de Villa María del Triunfo. Artículo Cuarto.- Disponer que la Sétima Fiscalía Provin- cial de Familia de Lima, a cargo de la doctora Patricia Regina Córdova Alcocer, despache con el Juzgado de Familia del Módulo Básico de Justicia del distrito de Villa María del Triunfo, sin perjuicio de su actual competencia, dejándose sin efecto para el caso de esta Fiscalía, el sistema de rotación dispuesto en el Artículo Tercero de la Resolución Nº 105-2000-MP-CEMP de 3 de febrero de 2000; la misma que podrá realizar sus diligencias en el edificio ex Progreso de la sede central, Av. Abancay Nº 491, Lima, así como en los ambientes del Módulo Básico de Justicia de Villa María del Triunfo. Artículo Quinto.- Destacar a la doctora Lourdes Emérita Morales Banavente, Fiscal Adjunta Provincial del Pool de Fisca- les de Lima, a la Sétima Fiscalía Provincial de Familia de Lima, dejándose sin efecto su designación en el cuadro de ubicación física de los Fiscales Adjuntos Provinciales del Pool de Fiscales de Lima materia de la parte pertinente del Artículo Primero de la Resolución Nº 299-2000-MP-CEMP, de 8 de mayo de 2000. Artículo Sexto.- Reasignar la Comisaría de José Gálvez del distrito de Villa María del Triunfo, a la Sétima Fiscalía Provin- cial de Familia de Lima, que despacha la doctora Patricia Regina Córdova Alcocer, sin afectar la asignación de Comisarías estipu- lada en la parte pertinente del Artículo Segundo de la Reso- lución Nº 105-2000-MP-CEMP, de 3 de febrero de 2000. Artículo Sétimo.- Facultar al Fiscal Superior Encargado de Gestión de Gobierno del Distrito Judicial de Lima, para que adopte las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Artículo Octavo.- Poner esta resolución en conocimiento del Secretario Ejecutivo de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público, para que adopte las medidas pertinentes en cuanto al personal médico legal, auxiliar y administrativo de apoyo de las fiscalías materia de la presente resolución. Artículo Noveno.- Precisar que la presente resolución no irrogará gasto alguno al Presupuesto del Pliego del Ministerio Público. Artículo Décimo.- Hacer de conocimiento la presente resolución a la señora Presidenta del Congreso de la Repúbli- ca, señores Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Justicia, Ministro del Interior, señora Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, Presidente del Consejo de Coordinación Judicial, Presidente de la Comisión Ejecuti- va del Poder Judicial, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Secretario Ejecutivo de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público y Titular del Pliego, Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalía Suprema de Control Interno, Te- niente General PNP Director General de la Policía Nacional del Perú, General PNP Jefe de la Sétima Región PNP, Presi-