Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2000 (28/06/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, miercoles 28 de junio de 2000

su cargo, la autenticidad de la licencia de conducir Nº AQ0053268/AII a nombre de MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, requisada por la Comisaria del MORDAZA de la Policia Nacional del Peru; Que, conforme se aprecia en el informe que sustenta esta resolucion, el Area de Antecedentes de la Subdireccion de Otorgamiento de Licencias de Conducir de la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial, ha detectado que el numeros de la licencia de conducir presentadas por el sujeto MORDAZA mencionado no le corresponde, toda vez que no ha sido asignada a ninguna persona, por lo tanto se ha determinado que aquella es falsa; Que, el hecho descrito constituiria delito contra la fe publica conforme lo tipifica el Codigo Penal, resultando pertinente autorizar al Procurador Publico de este Ministerio para que inicie la accion legal correspondiente contra el senor MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y los que resulten responsables; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y los Decretos Leyes Nºs. 17537, 17667 y 25862; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Procurador Publico de este Ministerio a iniciar las acciones legales correspondientes contra el senor MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y los que resulten responsables, por el hechos descrito precedentemente, debiendo la Direccion General de Circulacion Terrestre remitirle los antecedentes del caso. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 7308 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 280-2000-MTC/15.02 MORDAZA, 23 de junio de 2000 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 02904011, Informe Nº 432-2000-MTC/15.18.05.3.AA elaborado por el Area de Antecedentes de la Subdireccion de Otorgamiento de Licencias de Conducir e Informe Nº 183-2000MTC/15.18.01 de la Direccion de Asesoria Legal de la Direccion General de Circulacion Terrestre. CONSIDERANDO: Que, la Jefatura Policial Metropolitana, Comisaria UV Nº 3, MORDAZA, de la Policia Nacional del Peru, mediante Oficio Nº 428-JAP03-PNP-CUV3-SIAT, de fecha 6 de MORDAZA de 1999, ha remitido la Licencia de Conducir Nº A-023882/2B2 requisada al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como consecuencia de un accidente de MORDAZA ocurrido el 20 de enero de 1999, a la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial para la verificacion correspondiente; Que, el Area de Antecedentes de la Subdireccion de Otorgamiento de Licencias de Conducir de la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial, ha procedido a revisar a traves de la Base de Datos del Centro de Computo, Antecedentes Registrales y Padron General a su cargo, la autenticidad de la licencia de conducir Nº A023882/2B2 a nombre de MORDAZA MORDAZA, Ricardo; Que, conforme se aprecia en el informe que sustenta esta resolucion, la Subdireccion de Otorgamiento de Licencias de Conducir de la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial, ha detectado que el numero de la licencia de conducir presentada por el sujeto MORDAZA mencionado, corresponde al senor Esquerre Puglisivish, MORDAZA, que resulta ser el verdadero titular, por lo tanto se ha determinado que aquella es falsa; Que, el hecho descrito constituiria delito contra la fe publica conforme lo tipifica el Codigo Penal, resultando pertinente autorizar al Procurador Publico de este Ministerio para que inicie la accion legal correspondiente contra el senor MORDAZA MORDAZA, MORDAZA y los que resulten responsables; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y los Decretos Leyes Nºs. 17537, 17667 y 25862;

Articulo Unico.- Autorizar al Procurador Publico de este Ministerio a iniciar las acciones legales correspondientes contra el senor MORDAZA MORDAZA, MORDAZA y los que resulten responsables, por el hecho descrito precedentemente, debiendo la Direccion General de Circulacion Terrestre remitirle los antecedentes del caso. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 7309 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 281-2000-MTC/15.02 MORDAZA, 23 de junio de 2000 VISTOS, los Expedientes de Registros Nºs. 00061011 y 01616010, Informe Nº 038-2000-MTC/15.18.05.3.mgl elaborado por la Subdireccion de Otorgamiento de Licencias de Conducir e Informe Nº 208-2000-MTC/15.18.01 de la Direccion de Asesoria Legal de la Direccion General de Circulacion Terrestre. CONSIDERANDO: Que, la Unidad de Control de MORDAZA MORDAZA MORDAZA -Centro de la Policia Nacional del Peru, mediante Oficio Nº 004-99-DINSEVI-DPT-UCT-LC/JPO de fecha 3 de enero del 2000, ha remitido la Licencia de Conducir Nº G-350021/2D, a la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial para la verificacion correspondiente; Que, la Subdireccion de Otorgamiento de Licencias de Conducir de la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial, ha procedido a revisar a traves de la Base de Datos del Centro de Computo, Antecedentes Registrales y Padron General a su cargo, la autenticidad de la licencia de conducir Nº G-350021/2D a nombre de Ysla MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, requisada por la Unidad de Control de MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Centro de la Policia Nacional del Peru; Que, conforme se aprecia en el informe que sustenta esta resolucion, la Subdireccion de Otorgamiento de Licencias de Conducir de la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial, ha detectado que el numero de la licencia de conducir presentada por el sujeto MORDAZA mencionado le corresponde al senor MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, quien es el verdadero titular, por lo tanto se ha determinado que aquella es falsa; Que, el hecho descrito constituiria delito contra la fe publica conforme lo tipifica el Codigo Penal, resultando pertinente autorizar al Procurador Publico de este Ministerio para que inicie la accion legal correspondiente contra el senor Ysla MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y los que resulten responsables; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y los Decretos Leyes Nºs. 17537, 17667 y 25862; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Procurador Publico de este Ministerio a iniciar las acciones legales correspondientes contra el senor Ysla MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y los que resulten responsables, por el hecho descrito precedentemente, debiendo la Direccion General de Circulacion Terrestre remitirle los antecedentes del caso. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 7310

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