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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JUNIO DEL AÑO 2000 (28/06/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 176

TEXTO PAGINA: 67

Pág. 188921 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 28 de junio de 2000 ganismos no gubernamentales de desarrollo, así como anali- zar y evaluar el otorgamiento de la mencionada constancia mediante un informe final, en el que se indicará sobre la optimización de los recursos que se brindará a la pobla- ción beneficiaria. 1.Solicitud dirigida a la Oficina de Adopciones precisando el ámbito geográfico, en el cual ejercerán sus actividades, las direcciones de sus sedes en Lima. 2.Testimonio o copia simple de la escritura de constitución. 3.Estatuto y/o Reglamento de la Institución. 4.Constancia de Inscripción en Registros Públicos. 5.Copia de Licencia Municipal de Funcionamiento con pre- sentación del documento original. 6.Constancia de carácter no lucrativo expedida por la SUNAT. 7.Manual de Organización y Funciones. 8.Relación del personal. 9.Copia de Certificado de Saneamiento Ambiental con pre- sentación del original. 10.Presupuesto y financiación para el Programa de Trabajo anual. 11.Copia del Título de propiedad o Contrato de Alquiler con presentación del original. 12.Copia de los planos del(os) local(es). 13.Inventario de bienes muebles, equipos y enseres. 14.Información de los servicios que ofrecen. Condición Básica : Las instituciones públicas o privadas deberán cumplir los re- quisitos establecidos en el Reglamento R.M. N° 459-94-PRES. 1.Solicitud dirigida a la Oficina de Adopciones, precisando el ámbito geográfico en el cual continuarán ejerciendo sus actividades, las direcciones de sus sedes en Lima y Pro- vincias. 2.Actualización de los documentos que hubiesen sido modi- ficados o se encontraran vencidos 3.Presupuesto y financiación para el programa de trabajo anual 1.Solicitud dirigida a la Oficina de Adopciones por las autori- dades de la embajada extranjera indicando autorización para desarrollar programas de adopción en su país 2.Carta o Certificado de la institución del país de origen que está exceptuada del pago al Impuesto a la Renta. 3.Autorización de su gobierno para la firma de Convenios Internacionales en materia de adopción internacional de acuerdo a sus estatutos internos y la Ley de Adopción del Gobierno. 4.Autorización de su Gobierno para desarrollar Programas de Adopción en el Perú. 5.Licencia de funcionamiento y autorización de su Gobierno para efectuar estudios de hogar. 6.Carta de Garantía de la autoridad que le otorgó la Licencia de Funcionamiento. 7.Estatutos de la Institución, copia del original aprobado por todos los Miembros del Consejo de Administración. 8.Poder entregado por el Presidente del Consejo de Admi- nistración al Miembro autorizando la representatividad para firmar convenios internacionales en adopción. 9.Copia de Convenios Internacionales en materia de adop- ción suscrito con otros países de ser el caso. 10.Dos o más reportes postadoptivos incluyendo dos o más cartas de recomendación de padres adoptivos y/o autori- dades públicas sobre adopciones realizadas por institucio- nes fuera del país de procedencia 11.Cualquier otro documento que acredite capacidad, solven- cia moral e idoneidad del organismo para la evaluación de las parejas pre y post adoptivas. 12.Record de las adopciones llevadas en los últimos años, con especial énfasis las realizadas en el Perú y Latinoamérica 13.Certificación del Ministerio de Asuntos Extranjeros que la traducción de los documentos ha sido hecha por un tra- ductor público juramentado Condición Básica : Todos los documentos (originales o copias del original) deben estar debidamente legalizados por las autoridades locales per- tinentes, el Consulado Peruano y visado por el Ministerio de Relaciones Exteriores -Perú. La solicitud dirigida a la Presidencia del Consejo de Adopcio- nes, deberá estar acompañada por una carta de presentación de la Embajada del país de origen en el Perú. Los requisitos y documentos solicitados pueden variar de acuer- do con lo que disponga la legislación de cada país o estado, según sea el caso. Para la suscripción del Convenio, la institución privada extran- jera, deberá contar con un representante idóneo y haber sido evaluada positivamente y cumplir con los lineamientos de polí- tica establecida por el Consejo de Adopciones del Ministerio. 1.Solicitud dirigida por las autoridades consulares extranje- ras para renovación del convenio con la institución extran- jera en materia de adopción internacional, actualizando los documentos que hubiesen sido modificados o se encon- traran vencidos. 2.Autorización de su Gobierno para la renovacion del conve- nio en materia de adopcion internacional de acuerdo a sus estatutos internos. 3.Autorización de su Gobierno para continuar desarrollando programas de adopción en el Perú. 4.Licencia de funcionamiento y autorización de su Gobierno para efectuar estudios de hogar. 5.Carta de garantía de la autoridad que le otorgó la renovaGratuito 30 Gratuito 30 Gratuito 30 Gratuito 30Trámite Trámite Trámite Documentario Trámite DocumentarioConsejo de Consejo de Adopciones Consejo de Adopciones Consejo de AdopcionesViceministro Viceministro Viceministro Viceministro1. Autorización a instituciones públi- cas y privadas nacionales para desarrollar Programas de adop- ción (Vigencia un año) 2. Renovación de autorización a ins- tituciones públicas y privadas na- cionales para desarrollar Progra- mas de adopción (Vigencia un año) 3. Evaluación de Instituciones priva- das extranjeras para la suscripción de convenios internacionales en materia de adopciones (Vigencia dos años) 4. Renovación de Convenio a Insti- tuciones privadas extranjeras en materia de adopciones internacio- nales. (Vigencia dos años)4.3. EN MATERIA DE ADOPCIONESCALIFICACION Autoridad Autoridad que Nº DE DENOMINACIÓN DEL REQUISITOS TASA U.I.T. 1/Aproba- Con Evaluación Inicio de que aprueba resuelve el OR- PROCEDIMIENTO ción Previa 2/ Trámite el trámite recurso de DEN Auto- Posi- Nega- No impugnación mática tivo tivo regu- lado