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Pág. 188913 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 28 de junio de 2000 cumplido con los requisitos para obtener la Autorización Expresa exigidos en la Ley Nº 27153 como en su Regla- mento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001- 2000-ITINCI; De conformidad con la Ley Nº 27153, su modificatoria Ley Nº 27232, el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI, el Decreto Supremo Nº 004-2000-ITINCI y el Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la empresa MASARIS S.A. la explotación de juegos de máquinas tragamonedas en el establecimiento denominado "Hotel Inca", ubicado en la Av. Luis Gonzáles Nº 627, distrito y provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, con giro prin- cipal de funcionamiento correspondiente a Hotel Catego- ría Tres (03) Estrellas. Artículo 2º.- La presente autorización faculta a la empresa MASARIS S.A. a instalar y explotar en su sala de juegos, Ochenticuatro (84) máquinas tragamonedas y Treintiséis (36) programas de juego cuyas característi- cas aparecen descritas, respectivamente, en el Anexo I y Anexo II de la presente Resolución, no pudiendo ser trasladados a un establecimiento distinto de aquel para el cual están siendo autorizados. Artículo 3º.- Los modelos de máquinas tragamo- nedas y aquellas memorias de solo lectura que confor- man los programas de juego autorizados en la presente Resolución, que no se encuentren autorizados ni regis- trados por la Dirección Nacional de Turismo, únicamen- te podrán ser explotados hasta el 31 de julio del 2000 fecha en la cual de no haber obtenido la Autorización y Registro correspondiente tendrán que ser retirados o reemplazados, bajo apercibimiento de aplicarse las san- ciones establecidas en la Ley Nº 27153. Artículo 4º.- Debido a que la empresa MASARIS S.A. se encontraba explotando juegos de máquinas tragamonedas con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley Nº 27153 y a fin de no perjudicar el normal desarrollo de dicha actividad, deberán cumplir con pre- sentar la documentación y requisitos descritos en el procedimiento establecido en el Artículo 23º de la Ley Nº 27153 y el Artículo 30º del Decreto Supremo Nº 001-2000- ITINCI, en el plazo de 20 días hábiles de publicada la presente Resolución. Artículo 5º.- El plazo de vigencia de la autorización otorgada a la empresa MASARIS S.A. es desde la entra- da en vigencia de la presente Resolución hasta el 15 de junio del 2003. Artículo 6º.- La presente Resolución entrará en vigencia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIA DEL ROCIO VESGA Directora Nacional de Turismo 7316 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 231-2000-MITINCI/VMT/DNT Lima, 20 de junio del 2000 Vistos, el Expediente Nº 002796-2000-MITINCI, presentado por la empresa MASARIS S.A. solicitando Autorización para Explotar Juegos de Máquinas Traga- monedas en el establecimiento denominado "Discoteca Masaris", ubicado en la Av. A-91, distrito y provincia de Talara, departamento de Piura; el Informe Legal Nº 215- 2000-MITINCI/VMT/DNT/DE-JCMT/a.g.; el Informe Económico Financiero Nº 017-2000-MITINCI/VMT/DNT/ DE-JCMT/LAT. y el Informe Técnico Nº 150-2000-MI- TINCI/VMT/DNT/DE-JCMT/AT-h.r.; CONSIDERANDO: Que, con fecha 25 de febrero del 2000 la empresa MASARIS S.A. solicita autorización para explotar jue- gos de máquinas tragamonedas en el establecimientodenominado "Discoteca Masaris", ubicado en la Av. A-91, distrito y provincia de Talara, departamento de Piura; Que, la Ley Nº 27153, "Ley que regula la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas", le otorga a la Dirección Nacional de Turismo las facultades administrativas de autorización vinculadas a la aplica- ción de dicha Ley, estableciéndose en el inciso a) del Artículo 25º que a la Dirección Nacional de Turismo le corresponde expedir y revocar las autorizaciones de explotación de juegos de máquinas tragamonedas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2000-ITINCI se le faculta a la Dirección Nacional de Turismo a permitir hasta el 31 de julio del 2000, la explotación de máquinas tragamonedas o memorias de solo lectura que no correspondan a modelos y programas de juego autori- zados y registrados; Que, de la evaluación del Expediente Nº 002796- 2000-MITINCI se advierte que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos para obtener la Autorización Expresa exigidos en la Ley Nº 27153 como en su Regla- mento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001- 2000-ITINCI; De conformidad con la Ley Nº 27153, su modificatoria Ley Nº 27232, el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI, el Decreto Supremo Nº 004-2000-ITINCI y el Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la empresa MASARIS S.A. la explotación de juegos de máquinas tragamonedas en el establecimiento denominado "Discoteca Masaris", ubicado en la Av. A-91, distrito y provincia de Talara, departamento de Piura, con giro principal de funciona- miento correspondiente a Discoteca. Artículo 2º.- La presente autorización faculta a la empresa MASARIS S.A. a instalar y explotar en su sala de juegos, Setentidós (72) máquinas tragamonedas y Veintiocho (28) programas de juego cuyas características aparecen descritas, respectivamente, en el Anexo I y Anexo II de la presente Resolución, no pudiendo ser trasladados a un establecimiento distinto de aquel para el cual están siendo autorizados. Artículo 3º.- Los modelos de máquinas tragamo- nedas y aquellas memorias de solo lectura que confor- man los programas de juego autorizados en la presente Resolución, que no se encuentren autorizados ni regis- trados por la Dirección Nacional de Turismo, únicamen- te podrán ser explotados hasta el 31 de julio del 2000 fecha en la cual de no haber obtenido la Autorización y Registro correspondiente tendrán que ser retirados o reemplazados, bajo apercibimiento de aplicarse las san- ciones establecidas en la Ley Nº 27153. Artículo 4º.- Debido a que la empresa MASARIS S.A. se encontraba explotando juegos de máquinas tragamonedas con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley Nº 27153 y a fin de no perjudicar el normal desarrollo de dicha actividad, deberán cumplir con pre- sentar la documentación y requisitos descritos en el procedimiento establecido en el Artículo 23º de la Ley Nº 27153 y el Artículo 30º del Decreto Supremo Nº 001-2000- ITINCI, en el plazo de 20 días hábiles de publicada la presente Resolución. Artículo 5º.- El plazo de vigencia de la autorización otorgada a la empresa MASARIS S.A. es desde la entra- da en vigencia de la presente Resolución hasta el 31 de Diciembre del 2002. Artículo 6º.- La presente Resolución entrará en vigencia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIA DEL ROCIO VESGA Directora Nacional de Turismo 7317 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 233-2000-MITINCI/VMT/DNT Lima, 20 de junio del 2000