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Pág. 188923 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 28 de junio de 2000 TRABAJO Y PROMOCION SOCIAL Disponen implementar transitoriamente Subdirección de Inspección, Higiene y Seguridad Ocupacional en la Dirección Regional de Trabajo y Promoción Social de Lima RESOLUCION MINISTERIAL Nº 057-2000-TR Lima, 23 de junio del 2000 CONSIDERANDO: Que, el Plan Nacional de Trabajo y Promoción Social para el año 2000, aprobado por Resolución Ministerial Nº 001-2000-TR, establece dentro de sus actividades priori- tarias el control del cumplimiento de la legislación labo- ral a través de la Inspección del Trabajo; Que, en aplicación del citado Plan Nacional, el Minis- terio viene realizando diferentes acciones de inspección, lo que ha originado un incremento en el número de expedientes en trámite, y procedimientos de inspección a ser resueltos por las Subdirecciones de Inspección, Higiene y Seguridad Ocupacional; Que, considerando el principio de celeridad que rige los procedimientos administrativos, y la necesidad de complementar la labor efectuada por las Subdirecciones existentes, a fin de garantizar un adecuado servicio a los usuarios, que permita la actuación oportuna de los procedimientos, se dictó la Resolución Ministerial Nº 039-2000-TR, que creó una nueva Subdirección de Inspec- ción, Higiene y Seguridad Ocupacional; Que, en razón a lo expuesto es conveniente implemen- tar transitoriamente una nueva Subdirección de Inspec- ción, Higiene y Seguridad Ocupacional, que apoye las actividades resolutivas; Con la visación de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, En uso de las facultades conferidas por el Artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Implementar con carácter transitorio y por un período de tres (3) meses una nueva Subdirección de Inspección, Higiene y Seguridad Ocupacional en la Dirección Regional de Trabajo y Promoción Social de Lima. Artículo 2º.- La aplicación de la presente Resolución no conllevará la creación de nuevas plazas, ni irrogará gastos al Presupuesto aprobado para el ejercicio 2000. Artículo 3º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO FLORES POLO Ministro de Trabajo y Promoción Social 7323 M T C Autorizan viaje de funcionario del SINMAC a Colombia, para efectuar devolución for- mal de puente metálico tipo Bailey RESOLUCION SUPREMA Nº 093-2000-MTC Lima, 27 de junio del 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Memorándum Nº 441-2000-MTC/ 15.02.SINMAC, el Director Ejecutivo del SistemaNacional de Mantenimiento de Carreteras - SIN- MAC, del Ministerio de Transportes, Comunicacio- nes, Vivienda y Construcción, informa que al haberse reestablecido la transitabilidad de las carreteras de la zona norte de nuestro país, debe procederse a la devolución formal a la República de Colombia de un puente metálico tipo Bailey, el cual fue prestado al Estado peruano al haber colapsado puentes de la Red Vial Nacional durante los problemas ocasionados por el Fenómeno de "El Niño"; Que, a tal efecto, la administración del Sistema Nacional de Mantenimiento de Carreteras - SINMAC, ha designado al ingeniero Fernando Moreno Gonzales Vía, Gerente de Operaciones de dicha institución, para que proceda a la devolución formal del puente en mención; Que, debe expedirse el acto administrativo del caso; De conformidad con la Ley Nº 27212, Decreto Ley Nº 25862 y Decretos Supremos Nºs. 063-84-PCM, 074-85- PCM, 031-89-EF y 135-90-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar en vía de regularización el viaje del ingeniero Fernando Moreno Gonzales Vía, Gerente de Operaciones del Sistema Nacional de Mantenimiento de Carreteras - SINMAC, del Ministerio de Transportes, Co- municaciones, Vivienda y Construcción, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, los días 14 al 17 de junio del año 2000, para los fines a que se contrae la parte considera- tiva de la presente resolución. Artículo 2º.- El viaje autorizado precedentemente, será con cargo al presupuesto del Sistema Nacional de Mantenimiento de Carreteras - SINMAC, conforme al siguiente detalle: Pasajes US$ 350.00 Viáticos US$ 800.00 Tarifa por uso de aeropuerto US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de dere- chos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 7408 Autorizan a procurador iniciar proce- so judicial por presunta comisión de delitos contra la fe pública RESOLUCION MINISTERIAL Nº 279-2000-MTC/15.02 Lima, 23 de junio de 2000 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 00887, Infor- me Nº 435-2000-MTC/15.18.05.3.AA elaborado por el Area de Antecedentes de la Subdirección de Otorgamien- to de Licencias de Conducir e Informe Nº 184-2000-MTC/ 15.18.01 de la Dirección de Asesoría Legal de la Direc- ción General de Circulación Terrestre. CONSIDERANDO: Que, la Comisaría del Rímac de la Policía Nacio- nal del Perú, mediante Oficio Nº 443-CR.SIAT de fecha 13 de marzo del 2000, ha remitido la Licencia de Conducir Nº AQ-0053268/AII a la Dirección de Par- que Automotor y Circulación Vial para la verificación correspondiente; Que, el Area de Antecedentes de la Subdirección de Otorgamiento de Licencias de Conducir de la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial, ha procedido a revisar a través de la Base de Datos del Centro de Cómputo, Antecedentes Registrales y Padrón General a