Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2000 (18/11/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 16

Pág. 195117 NORMAS LEGALES Lima, sábado 18 de noviembre de 2000 MUNICIPALIDAD DE LURÍN Establecen precio del certificado de compatibilidad de uso para la apertura de pequeños establecimientos comer- ciales y de servicios en el distrito ORDENANZA MUNICIPAL Nº 025-2000/ML Lurín, 19 de julio del 2000 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LURIN POR CUANTO: El Concejo Municipal de Lurín, visto en Sesión Ordinaria de fecha 12 de julio del 2000, el proyecto de Ordenanza que reduce el costo del Certificado de Compatibilidad de Uso exclusivamen- te para el trámite de obtención de Licencia de Apertura de Establecimiento de Pequeños establecimientos comerciales y de servicios en el distrito de Lurín; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en los Artículos 74º, 191º y 192º y el Artículo 10º de la Ley Orgánica de Municipalida- des, reconocen a los Gobiernos Locales Autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia; y les otorgan potestad tributaria para crear, modificar y supri- mir contribuciones, tasas o exonerar de ellas, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, para solicitar la Licencia de Apertura de Estableci- miento Industrial, Comercial y de Servicios, previamente se debe obtener y tramitar el Certificado de Compatibilidad de Uso o Certificado de Zonificación, el mismo que es emitido por la Unidad Técnica correspondiente de cada Agencia Municipal; Que, es competencia Municipal promover y estimular la creación de Fuentes de Trabajo, brindando facilidades para la apertura de nuevos establecimientos comerciales, industriales y de servicios en el distrito de Lurín; Estando a lo dispuesto por el Art. 36º, Inc. 3) y del Art. 109º de la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Municipalidades, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL COSTO DEL CERTIFICADO DE COMPATIBILIDAD DE USO PARA PEQUEÑOS ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES Y DE SERVICIOS EN EL DISTRITO DE LURIN Artículo Primero.- ESTABLECER en forma exclusiva y promocional el precio del Certificado de Compatibilidad de Uso, para la Apertura de Establecimientos Comerciales y de Servi- cios, en locales cuya área sea menor o igual a 40 m2. El precio será equivalente al 10% del valor aprobado para los otros negocios. Artículo Segundo.- El Certificado de Compatibilidad de Uso o Certificado de Zonificación, se emitirá dentro de los 3 (tres) días de solicitado. Artículo Tercero.- Deróguese las Disposiciones Municipa- les que se opongan a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. OSWALDO WEBERHOFER VILDOSO Alcalde 13135 Aprueban directiva sobre procedimien- to aplicable al quiebre de recibos de arbitrios, derecho de emisión y deter- minación de cobranza dudosa por prescripción del impuesto predial RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 208-2000-ALC/ML Lurín, 5 de abril del 2000EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LURÍN VISTO: El Informe Nº 028-2000-MDL-OR de la Oficina de Rentas sobre la propuesta de Directiva para la ejecución del Acuerdo de Concejo Nº 045-2000/MI, sobre el quiebre de recibos de Arbitrios Municipales, derecho de emisión; y determinación de cobranza dudosa por prescripción; CONSIDERANDO: Que, por Acuerdo de Concejo Nº 045-2000/ML de fecha 23 de marzo del 2000 se aprobó el quiebre de los recibos en proceso de cobranza correspondientes a los Arbitrios Municipales de Lim- pieza Pública, Parques y Jardines y de Serenazgo, así como sus derechos de emisión de los años 1994 a 1997 en mérito a la petición presentada por diversas Directivas Zonales del distrito; Que, de igual forma se aprobó que la prescripción del Im- puesto Predial de los años 1994 y 1995, contenida en la mencio- nada petición, sería resuelta atendiendo a la legislación vigente, permitiéndose además, que las Directivas Zonales presenten en representación de sus miembros, la solicitud de prescripción en forma corporativa; Que, al respecto es pertinente señalar que el Gobierno Central ha expedido el D.S. Nº 022-2000-EF, el cual faculta a los Organos de Administración Tributaria, entre ellos a los Gobier- nos Locales, a considerar como deudas de cobranza dudosa a aquellas cuyo plazo de prescripción hubiera transcurrido, nor- ma que guarda relación con lo aprobado en el referido Acuerdo de Concejo, siendo viable su aplicación; Que, en los casos señalados en el Primer y Segundo conside- rando de la presente Resolución, es necesario aprobar las nor- mas de procedimiento a través de la Directiva correspondiente; Estando a lo informado por la Oficina de Rentas; Y en uso de las facultades establecidas en el Inc. 6) del Art. 47º de la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la Directiva Nº 001- 2000/ML, sobre "Procedimiento para el Quiebre de Recibos de Arbitrios Municipales y Derecho de Emisión (Período 1994 a 1997); y Determinación de Cobranza Dudosa por Prescrip- ción del Impuesto Predial (Período 1994 a 1995)", la misma que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- La presente Directiva será de aplica- ción única y exclusivamente para aquellos casos que se encuen- tren comprendidos dentro de los alcances del Acuerdo de Conce- jo Nº 045-2000/ML. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Municipal, Administradores de las Agencias Municipales y a los demás órganos encargados el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. OSWALDO WEBERHOFER VILDOSO Alcalde DIRECTIVA Nº 001-2000/ML "PROCEDIMIENTO PARA EL QUIEBRE DE RECIBOS DE ARBITRIOS MUNICIPALES Y DERECHO DE EMISION (PERIODO 1994 A 1997); Y DETERMINACION DE COBRANZA DUDOSA POR PRESCRIPCION DEL IMPUESTO PREDIAL (PERIODO 1994 A 1995") I) OBJETIVOS: Establecer las normas de procedimiento aplicables al quie- bre de recibos de Arbitrios Municipales, Derecho de Emisión y a la determinación de Cobranza Dudosa por Prescripción, para la ejecución del Acuerdo de Concejo Nº 045-2000/ML. II) BASE LEGAL: a) Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853. b) Texto Unico Ordenado del Código Tributario, D.S. Nº 135-99-EF. c) Decreto Supremo Nº 022-2000-EF. d) Acuerdo de Concejo Nº 045-2000/ML. III) ALCANCE: La presente Directiva es de cumplimiento obligatorio para los siguientes Organos Administrativos: Secretaría Técnica, Unidad de Presupuesto; Oficina de Administración, Unidad de Contabilidad, Oficina de Rentas, Unidad de Informática y Agen- cias Zonales.