Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 2000 (15/09/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, viernes 15 de setiembre de 2000

NORMAS LEGALES

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Tercer Juzgado de Paz Letrado del MORDAZA, a partir del dia quince de setiembre del presente ano, en reemplazo de la senora doctora Faura MORDAZA Salazar. Articulo Quinto.- PONER la presente resolucion en conocimiento de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, de la Secretaria de la misma, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Unidad de Sistemas de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General, de la Oficina de Supervision de Personal, de la Fiscalia de la Nacion, de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico y de los senores Magistrados comprendidos en la presente resolucion para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente (e) Corte Superior de Justicia de MORDAZA 10606

reemplazan a los regidores los suplentes respectivos; y revisada la lista de los candidatos no proclamados del concejo distrital de Andarapa del ano de 1998, corresponde asumir el cargo de regidora del citado concejo a la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidata postulada por el "Movimiento Independiente Somos Peru"; Al MORDAZA de las normas citadas, y en uso de las atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Estado, y la ley, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Convocar a la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidata postulada por el "Movimiento Independiente Somos Peru" para que asuma el cargo de regidora en el concejo distrital de Andarapa, provincia de Andahuaylas, en reemplazo del cargo de regidor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, vacado por haber sufrido condena por delito contra la administracion publica y malversacion de fondos, en agravio del Estado, en sentencia impuesta por la Sala Penal de Abancay. Articulo Segundo.- Otorgar la credencial correspondiente a la regidora convocada, quien debera jurar y asumir el cargo, para completar el periodo municipal 1999 a 2002. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias necesarias para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA DE OCA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA TRUJILLANO, Secretario General 10590

JNE
Convocan a candidata no proclamada para que asuma cargo de regidora del Concejo Distrital de Andarapa, provincia de Andahuaylas
RESOLUCION Nº 1235-2000-JNE MORDAZA, 14 de setiembre de 2000 VISTOS: El escrito recibido el 29 de febrero del 2000, de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Feliz MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Pahuara y MORDAZA MORDAZA MORDAZA y otros vecinos, pidiendo la declaratoria de vacancia del cargo de regidor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el concejo distrital de Andarapa, provincia de Andahuaylas, departamento de MORDAZA, al haber sufrido condena por delito doloso; y el oficio Nº 670-2000-P-PSPT-CS recibido el 5 de septiembre del 2000, del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente de la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema; remitiendo la Ejecutoria Suprema recaida en el MORDAZA Nº 123-99, procedente de la Corte Superior de Justicia de Apurimac; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto por el inciso u) del Articulo 5º de la Ley Organica Nº 26486, el MORDAZA Nacional de Elecciones, esta facultado para declararla vacancia de los cargos de las autoridades elegidas, segun corresponda; Que, de fojas 16 a 22, se ha acreditado con copias certificadas de la sentencia expedida por la Sala Penal de Abancay que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con fecha 13 de noviembre 1998, ha sido condenado a tres anos de pena privativa de la MORDAZA, de ejecucion suspendida por un periodo de prueba de dos anos, por delito contra la administracion publica en la modalidad de peculado y malversacion de fondos, en agravio de la municipalidad distrital de Andarapa; Que, de fojas 62 a 64, con la informacion contenida en el oficio Nº 670-2000-P-PSPT-CS, se acredita que la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, con fecha 7 de junio del 2000, en el expediente Nº 123-99, ha declarado no haber nulidad en la sentencia MORDAZA mencionada, en el extremo que condena a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los delitos MORDAZA mencionados, salvo en la parte que impone pena accesoria de inhabilitacion por el termino de un ano, reformandola en ese extremo se le ha impuesto inhabilitacion por el tiempo de la condena; Que, el numeral 3) del Articulo 26º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, establece que vaca el cargo de MORDAZA o de regidor, por sobrevenir alguna de las causales del Articulo 23º de la ley acotada, despues de la eleccion; Que, el inciso 9) del Articulo 23º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, modificado por el Articulo 1º de la Ley Nº 26491 prescribe, que no pueden desempenar los cargos de MORDAZA o de regidor, los ciudadanos que hayan sufrido condena por delito doloso; Que, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 2) del Articulo 28º de la Ley Nº 23853, en los casos de vacancia

Convocan a candidata no proclamada para que asuma cargo de regidora del Concejo Provincial de Maynas
RESOLUCION Nº 1236-2000-JNE MORDAZA, 14 de setiembre de 2000 VISTOS: El Oficio Nº 251-2000 recibido el 14 de agosto del 2000, presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la municipalidad provincial de Maynas, departamento de MORDAZA, sobre formalizacion de la declaratoria de vacancia de los cargos de regidores de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Palomo Orefice; y el Oficio Nº 186-2000-OSG-MPM recibido el 5 de setiembre del presente ano, de la senora Dery Robalino MORDAZA, secretaria general de la referida municipalidad, remitiendo documentos que sustentan la declaratoria de vacancia del cargo de regidor del senor MORDAZA Mori; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 1219-2000-JNE, de fecha 5 de setiembre del 2000, el MORDAZA Nacional de Elecciones, convoco a la candidata no proclamada senora MORDAZA De MORDAZA MORDAZA Wong, del Movimiento Independiente Fuerza Loretana, para que asuma el cargo de regidora en el concejo provincial de Maynas, en reemplazo del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por haber sido designado este ultimo, Presidente del Consejo Transitorio de Administracion Regional CTAR MORDAZA, mediante Resolucion Suprema Nº 063-2000PRES de fecha 13 de junio del 2000, por lo que en ese extremo de la solicitud, debe estarse a lo resuelto; Que, segun se advierte de las copias certificadas de fojas 12 a 21, el concejo provincial de Maynas, mediante Acuerdo Nº 065-2000-SO-MPM de fecha 25 de MORDAZA del 2000, declaro la vacancia del cargo de regidor del senor MORDAZA Palomo Orefice, al haber sido elegido Congresista de la Republica del Peru; Que, mediante Resolucion Nº 863-2000-JNE, de 2 de junio del 2000, el MORDAZA Nacional de Elecciones, proclamo Congresista de la Republica para el periodo parlamentario 2000-2005, al senor MORDAZA Palomo Orefice, al haber sido

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