Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 2000 (15/09/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, viernes 15 de setiembre de 2000

NORMAS LEGALES

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suma de S/. 1 397 872,89, reasumiendo el Estado su correspondiente administracion; Estando a lo informado por la Superintendencia de Bienes Nacionales; Con la opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, modificado por Decreto Ley Nº 25738, Decreto Ley Nº 26123 y Resolucion Ministerial Nº 153-2000-PRES; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Desaportar del capital social via devolucion, del Banco Central de Reserva del Peru, el terreno de 172 576,90 m2, ubicado a la altura del kilometro 11 de la Carretera Central, en la localidad de Huachipa, distrito de Lurigancho, provincia y departamento de MORDAZA, a favor del Estado, representado por la Superintendencia de Bienes Nacionales, el cual esta inscrito en la Ficha Nº 69985 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima. Articulo 2º.- La Oficina Registral de MORDAZA y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, dispondra por el merito de la presente Resolucion, la inscripcion del desaporte de capital a favor del Estado. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de la Presidencia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Presidencia 10644

Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran cubiertos con recursos del Presupuesto del Seguro Social de Salud - ESSALUD, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos : US$ 2,320.00 Articulo 3º.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuesen su clase o denominacion. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Trabajo y Promocion Social. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion Social 10645

MTC
Autorizan Acuerdo de codigo compartido para prestar servicio de transporte aereo regular de pasajeros, carga y correo, suscrito entre American Airlines Inc. y Swiss Air Transport Company Ltd.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 218-2000-MTC/15.16 MORDAZA, 4 de setiembre del 2000 Vista, la solicitud de SWISS AIR TRANSPORT COMPANY LTD. - SWISSAIR sobre la aprobacion de la operacion bajo la modalidad de Acuerdo de Codigo Compartido para el Servicio de Transporte Aereo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo suscrito con AMERICAN AIRLINES INC.; CONSIDERANDO: Que, con Solicitud de Registro Nº 1492 del 11 de MORDAZA de 2000, SWISS AIR TRANSPORT COMPANY LTD. SWISSAIR solicito la aprobacion de las operaciones bajo la modalidad de Acuerdo de Codigo Compartido suscrito con AMERICAN AIRLINES INC., para operar el Servicio de Transporte Aereo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo, en la ruta ZURICH - MIAMI - MORDAZA y vv., con derechos de trafico de Tercera y Cuarta MORDAZA del Aire, con siete (7) frecuencias semanales; Que, las operaciones en codigo compartido con terceros paises, se sujetan a la reciprocidad del tercer MORDAZA, en este caso Suiza, por la cual se obligan a autorizar o permitir acuerdos equiparables entre aerolineas peruanas y otras aerolineas de terceros paises en servicios a, desde o a traves del territorio del indicado pais; Que, la Embajada de Suiza en el Peru, a traves de Ministerio de Relaciones Exteriores del Peru informa mediante Nota Nº 33/2000 del 5 de MORDAZA de 2000, que las Autoridades Suizas de Trafico Aereo, han nombrado a SWISS AIR TRANSPORT COMPANY LTD. - SWISSAIR para prestar servicios en los tramos del trafico acordado en el Anexo del "Acuerdo sobre Transporte Aereo Regular" suscrito con la Republica del Peru; asimismo, informaron la conformidad de las Autoridades Suizas respecto a la operacion conjunta entre SWISS AIR TRANSPORT COMPANY LTD. - SWISSAIR y AMERICAN AIRLINES INC, en la ruta ZURICH - MIAMI - MORDAZA y vv.; Que, asimismo, AMERICAN AIRLINES INC. cuenta con Permiso de Operacion para prestar Servicio de Transporte Aereo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo, otorgado segun Resolucion Ministerial Nº 534-97MTC/15.16 del 27 de octubre de 1997, modificada por la Resolucion Ministerial Nº 661-97-MTC/15.16 del 26 de diciembre de 1997, autorizandola a servir desde los Estados Unidos de MORDAZA, via puntos intermedios a MORDAZA, Peru, con veintiun (21) frecuencias semanales, con aviones de fuselaje angosto o su equivalente de fuselaje ancho y con derechos de trafico de Tercera y Cuarta MORDAZA del Aire;

TRABAJO Y PROMOCION SOCIAL
Autorizan viaje de profesional de ESSALUD a MORDAZA para participar en evento sobre cirugia general y laparoscopica
RESOLUCION SUPREMA Nº 120-2000-TR MORDAZA, 14 de setiembre del 2000 VISTO: El Oficio Nº 224-PE-ESSALUD-2000 del Presidente Ejecutivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD; y, CONSIDERANDO: Que, en la MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA, se llevara a cabo el evento PERFECCIONAMIENTO EN CIRUGIA GENERAL Y LAPAROSCOPICA, organizado por el Hospital Cochin, del 15 de setiembre al 15 de diciembre del 2000; Que, el Seguro Social de Salud (ESSALUD) ha determinado la conveniencia que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MEDEROS, Medico Asistente del Servicio de Cirugia Hospital de Emergencias Grau de la Gerencia Departamental MORDAZA, participe en el mencionado evento; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27056, Ley de Creacion del Seguro Social de Salud - ESSALUD y la Directiva de Gestion y MORDAZA Presupuestario para el ano 2000, aprobada mediante Acuerdo de Directorio Nº 0172000/003-FONAFE; Estando a lo propuesto; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MEDEROS, Medico Asistente del Servicio de Cirugia - Hospital de Emergencias Grau de la Gerencia Departamental MORDAZA del Seguro Social de Salud - ESSALUD, a la MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA, del 15 de setiembre al 15 de diciembre del 2000, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion.

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