Norma Legal Oficial del día 27 de septiembre del año 2000 (27/09/2000)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 22

Pag. 193332
644.- Arquitectos 645.- Ingenieros 646.- Contadores 647.- Auditores 648.- Servicios de Computacion 649.- Contratistas de obras 650.- Agencias de tramitacion V.B.4 SERVICIOS DE COMUNICACIONES 651.- Telegrafo 652.- Telefono, telecomunicaciones, cabina de telefonos comunitarios

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 27 de setiembre de 2000

653.- Servicio de Fax 654.- Cabina 655.- Radio 656.- Correo V.C. OTROS SERVICIOS SOCIALES COMUNALES CONEXOS V.C.1.ORGANIZACIONES RELIGIOSAS 657.- MORDAZA, mezquitas, sinagogas, templos 658.- Locales Religiosos V.C.2.SERVICIOS SOCIALES Y SERVICIOS COMUNALES CONEXOS (n.e.p.) 659.- Organizaciones politicas,civicas sociales y fraternidades, clubes historicos y sociedades literarias 660.- Consulado, Oficinas Embajadas V.D. SERVICIOS DE DIVERSION, ESPARCIMIENTO Y SERVICIOS CULTURALES V.D.1. PELICULAS CINEMATOGRAFICAS Y OTROS SERVICIOS DE ESPARCIMIENTO V.D.1.1.PRODUCCION DE PELICULAS CINEMATOGRAFICAS 661.- Produccion de peliculas V.D.1.2 DISTRIBUCION Y EXHIBICION DE PELICULAS 662.-Distribucion y exhibicion de peliculas (cines) V.D.1.3. EMISIONES DE RADIO, TELEVISION Y COMUNICACIONES 663.- Estaciones comerciales de radio y television (sin antena) 665.- Antenas A.M. V.D.1.4 PRODUCCIONES TEATRALES Y SERVICIOS DE ESPARCIMIENTO 667.- Teatros, MORDAZA de Convenciones, Auditoriums 668.- Conservatorios 669.- Producciones teatrales Agencia de contratacion de actores y de obras teatrales, conciertos y servicio de escenografia, iluminacion y demas equipos Agencia de venta de boletos de teatro 670.- Restaurants ­ Penas Restaurants- Shows 671.- Discotecas, Video-Pubs 672..- MORDAZA de reuniones sociales 673.- Clubs sociales (oficinas y sede social) V.D.1.5 BIBLIOTECAS, MUSEOS, JARDINES BOTANICOS Y ZOOLOGICOS Y OTROS SERVICIOS CULTURALES (N.E.P.) 674.- Bibliotecas, centros de informacion, museos, galerias de arte, jardines botanicos y otros servicios culturales V.D.1.6 OTROS SERVICIOS DE DIVERSION Y ESPARCIMIENTO (n.e.p.) 677.- Bingos 678.- Salones de baile, boites y similares 679.- Casinos 680.- Tragamonedas (exclusivamente) 681.- Juegos electronicos ( no pin-balls) 682.- MORDAZA de billar 684.- Parques de atracciones 686.- Academias de natacion, de tenis y de gimnasia 687.- Escuelas de equitacion, clubes de beisbol, criquet, futbol, hockey, hipodromos, canodromos, ferias, poligonos, circo , MORDAZA de atletismo, coliseos y promotores de deporte, pistas de patinaje V.E. SERVICIOS PERSONALES Y DE LOS HOGARES V.E.1.SERVICIOS DE REPARACION (n.e.p.) 688.- Reparacion de calzado y articulos de cuero 689.- Reparacion e instalacion electronica, radio y television. 690.- Reparaciones electricas en general 691.- Reparaciones de maquinarias diversas 692.- Reparacion de automoviles y motocicletas 693.- Reparaciones de relojes y joyas 694.- Reparacion y servicio de bicicletas, maquinas de escribir, camaras fotograficas, instrumentos de musica, plumas estilograficas, cuchillos y tijeras, paraguas y bastones V.E.2.LAVANDERIAS Y SERVICIOS DE LAVANDERIAS, ESTABLECIMIENTOS DE LIMPIEZA Y TENIDO 695.- Lavanderia, servicios de lavanderia, establecimientos de limpieza y tenido V.E.3 SERVICIOS PERSONALES DIRECTOS 696.- Peluqueria y salones de belleza 697.- Modistas, sastreria 698.- Salones de masajes

699.- MORDAZA o Banos a vapor 700.- Gimnasios 701.- MORDAZA deportivos 702.- Estudios fotograficos (laboratorios de revelados) V.E.4 SERVICIOS PERSONALES 703.- Crematorios 704.- Cementerios (solo los existentes) 705.- Funerarias 706.- Empresas de pompas funebres 707.- Lapidas y similares 708.- Salones de velatorio V.E.5 SERVICIOS DIVERSOS 709.- Copiadoras 710.- Alquiler de video - cassettes 711.- Mecanografiado 712.- MORDAZA de Empeno

USOS PERMITIDOS

USOS NO PERMITIDOS

10992

MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Aprueban Ordenanza que regula procedimiento para la obtencion de autorizacion especial de funcionamiento y/o venta de bebidas alcoholicas
ORDENANZA Nº 043-MDB Barranco, 8 de setiembre del 2000 LA ALCALDESA DE BARRANCO POR CUANTO: CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo establecido en el Articulo 191° de la Constitucion Politica del Peru, las municipalidades son los organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos que son de su competencia; Que, los Concejos Municipales cumplen su funcion normativa, entre otros mecanismos a traves de las ordenanzas municipales, las cuales de conformidad con el inciso 4) del Articulo 200° de la Constitucion del Estado, tienen rango de ley, al igual que las leyes propiamente dichas, los Decretos Legislativos , los Decretos de Urgencia y las normas regionales de caracter general; Que, de conformidad con el Articulo 68° inciso 7) son funciones de las Municipalidades en materia de abastecimiento y comercializacion de productos, "Otorgar licencias de apertura de establecimientos comerciales e industriales y de actividades profesionales y controlar su funcionamiento de acuerdo a ellas"; Que, en ejercicio de esta funcion, mediante Ordenanza N° 30MDB de fecha 10 de marzo del 2000 se aprobaron las normas para el otorgamiento de la autorizacion de apertura y funcionamiento en el distrito de Barranco, MORDAZA que ademas de reglamentar el procedimiento para la obtencion de las Autorizaciones de Apertura y Funcionamiento por parte de los establecimientos que inicien sus actividades en el distrito, tambien establece los mecanismos de control por parte de la Municipalidad; Que, las Autorizaciones de Apertura y Funcionamiento otorgadas al MORDAZA de esta MORDAZA permiten el funcionamiento de los establecimientos hasta las 11 de la noche; Que, es necesario reglamentar las condiciones para el funcionamiento de los establecimientos despues de esta hora, sobre todo de aquellos en los que se expenden bebidas alcoholicas y que por la naturaleza de la actividad que desarrollan puedan causar malestar al vecindario por ocasionar ruidos molestos, congestionamiento de MORDAZA, inseguridad, etc., y demas actos que perturben la tranquilidad de los vecinos; Que, mediante Edicto N° 178-93-MLM, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA establecio la Licencia Especial y a la Venta de Bebidas Alcoholicas, la cual gravaba la actividad de aquellos locales que se dedican a dicha actividad como complementaria a una actividad principal; Que, en el distrito de Barranco, mediante Ordenanza N° 001-99 se MORDAZA el procedimiento para obtener la Licencia Especial de Funcionamiento, la misma que autoriza la venta de bebidas alcoholicas despues de las 11 de la noche, actividad complementaria al giro principal y el funcionamiento del local despues de esta hora; Que, actualmente el concepto de Licencia Especial de Funcionamiento que alude a un concepto de caracter tributario no es aplicable como tal, de acuerdo a la normatividad vigente;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.