Norma Legal Oficial del día 27 de septiembre del año 2000 (27/09/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 27 de setiembre de 2000

de la Secretaria General de la Comunidad MORDAZA, del 4 al 6 de octubre del presente ano; Que el referido evento es organizado por la Secretaria General de la Comunidad MORDAZA y auspiciado por la Cooperacion Regional Francesa, cuyo objetivo es dar a conocer la experiencia francesa en el MORDAZA de integracion de la Union Europea; En uso de las facultades conferidas por las Leyes Nº 26546 sus modificatorias y ampliatorias, la Comision Ejecutiva del Poder Judicial en Sesion de la fecha; RESUELVE: Primero.- Autorizar al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA Norte de MORDAZA, para que participe en el MORDAZA Regional sobre "Los Mecanismos de Integracion en Materia de Cooperacion Judicial y Policial: El Papel de MORDAZA en el MORDAZA Europeo", a realizarse en la sede de la Secretaria General de la Comunidad MORDAZA, del 4 al 6 de octubre del presente ano; concediendosele la licencia correspondiente. Segundo.- La presente Resolucion no irrogara gasto alguno al Pliego Presupuestal del Poder Judicial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 11016

cargo de regidor del concejo distrital de MORDAZA Castaneda, quien previamente debera juramentar el cargo que asume ante el MORDAZA del citado concejo, para completar el periodo 1999 - 2002, conforme a ley. Articulo Tercero.- Otorgar las correspondientes credenciales a MORDAZA MORDAZA Ibarguen Cuello y MORDAZA MORDAZA Cayo. Articulo Cuarto.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA DE OCA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA TRUJILLANO, Secretario General 11029

Convocan a candidatos proclamado y no proclamado para que asuman cargos de MORDAZA y regidor del Concejo Distrital de Pueblo MORDAZA de Colan
RESOLUCION Nº 1249-2000-JNE MORDAZA, 26 de setiembre de 2000 VISTOS: El expediente formado sobre pedido de suspension y/o vacancia del cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Pueblo MORDAZA de Colan, provincia de Paita y departamento de MORDAZA, que desempena don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, iniciado a pedido del Frente de Desarrollo y Defensa de los Intereses de Pueblo MORDAZA de Colan y el regidor del mismo concejo, don MORDAZA MORDAZA Cornejo; y el escrito presentado por este ultimo, con fecha 5 de setiembre de 2000, solicitando pronunciamiento; El Oficio Nº 107-2000-MDPNC remitido por el MORDAZA del Concejo Distrital de Pueblo MORDAZA de Colan con fecha 4 de MORDAZA de 2000, alcanzando el expediente municipal sobre el tramite de vacancia del cargo que ocupa; anexando Informe Nº 011-2000/ A.L.E. del 27 de MORDAZA de 2000 elaborado por el asesor juridico de la Municipalidad de Pueblo MORDAZA de Colan, MORDAZA legalizada del Acta Nº 02-2000 del 20 de enero de 2000, MORDAZA legalizada del Acta Nº 03-2000 del 21 de enero de 2000, MORDAZA del cargo del recurso de revision interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en la mesa de partes de la Corte Suprema con fecha 11 de enero de 2000, y el Informe Nº 001-2000-CDPNC suscrito por el propio MORDAZA, en el que refiere que el 20 de enero de 2000 convoco a sesion extraordinaria a fin de ver una solicitud de vacancia de su cargo presentada por el regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, llevandose esta a cabo el 21 de enero de 2000, en la que se acordo declarar improcedente la solicitud de vacancia presentada por el regidor MORDAZA MORDAZA y se acordo constituir una Comision Especial con la finalidad de contemplar la situacion del MORDAZA, la que quedo conformada por los regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el asesor legal del concejo, senor MORDAZA MORDAZA Lavalle; comunica que con Informe Nº 011-2000/ MORDAZA, el asesor legal de la Municipalidad concluye que al no existir mandato de detencion expreso y estando suspendida condicionalmente la pena impuesta, resulta improcedente la vacancia solicitada; por tal motivo, en sesion extraordinaria de concejo del 2 de MORDAZA de 2000, la Comision Especial presento su informe haciendo suyos los fundamentos del informe del asesor legal; acordandose declarar improcedente la solicitud de vacancia del cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Pueblo MORDAZA de Colan; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo senalado por el inciso 10) del Articulo 36º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, es atribucion de los Concejos Municipales, declarar la vacancia de los cargos de MORDAZA y regidores, por las causales previstas en los Articulos 26º y demas pertinentes de la MORDAZA acotada, siguiendo las formalidades previstas en el Articulo 27º de la misma; por lo que mediante acuerdo de Sesion Privada de fecha 11 de MORDAZA de 2000, este colegiado, dispuso que el Concejo Distrital de Pueblo MORDAZA de Colan, provincia de Paita, departamento de MORDAZA, se pronuncie con relacion a la situacion de su MORDAZA, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sobre quien ha recaido una sentencia condenatoria; habiendose pronunciado el referido concejo, declarando improcedente la vacancia del cargo de MORDAZA, en sesion del 2 de MORDAZA del ano 2000; Que, no obstante lo acordado por el Concejo Distrital de Pueblo MORDAZA de Colan, se encuentra acreditado en autos, con las respectivas copias certificadas, que la MORDAZA Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y Tumbes, con sentencia del 23 de noviembre de 1998, fallo condenando a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como autor de los delitos de concusion, peculado y contra la fe publica en la modalidad de falsedad ideologica en

JNE
Convocan a candidatos proclamado y no proclamado para que asuman cargos de MORDAZA y regidor del Concejo Distrital de MORDAZA Castaneda
RESOLUCION Nº 1248-2000-JNE MORDAZA, 26 de setiembre de 2000 Visto, el Oficio Nº 039-2000-MDCC, recibido el 22 de agosto del 2000, remitido por MORDAZA MORDAZA Ibarguen Cuello, regidor del concejo distrital de MORDAZA Castaneda, provincia de Parinacochas, departamento de MORDAZA, comunicando el fallecimiento de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA quien desempenaba el cargo de MORDAZA en el citado concejo, a fin que se nombre a su reemplazante conforme a ley; CONSIDERANDO: Que, de autos aparece que el concejo distrital de MORDAZA Castaneda por Resolucion de Alcaldia Nº 002-2000-MDC de fecha 7 de agosto del 2000, resolvio declarar la vacancia del cargo de MORDAZA del citado concejo, que desempenaba MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por fallecimiento, tal como consta a fojas 6; estableciendose que el deceso ocurrio en la MORDAZA de MORDAZA Castaneda el 12 de MORDAZA del 2000, tal como consta de la partida de defuncion expedida por la municipalidad provincial de Parinacochas, corriente a fojas 2; Que, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 1) del Articulo 28º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y el Articulo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, en caso de vacancia del MORDAZA es reemplazado por el MORDAZA MORDAZA, que es el primer regidor habil que le sigue en su propia lista; y, revisadas las listas de candidatos remitidas por el MORDAZA Electoral Especial de Parinacochas, corresponde asumir el cargo de MORDAZA a MORDAZA MORDAZA Ibarguen Cuello, candidato proclamado regidor de la lista independiente "Frente Unido por el Desarrollo Integral de Parinacochas" FUDIP; y, para completar el numero legal de miembros del citado concejo corresponde asumir el cargo de regidor a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado de la citada lista independiente; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Convocar a MORDAZA MORDAZA Ibarguen Cuello, candidato proclamado regidor de la lista independiente "Frente Unido por el Desarrollo Integral de Parinacochas" FUDIP; para que asuma el cargo de MORDAZA del concejo distrital de MORDAZA Castaneda, provincia de Parinacochas, departamento de MORDAZA, por fallecimiento del titular, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, debiendo juramentar el cargo que asume ante el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para completar el periodo 1999 - 2002, conforme a ley. Articulo Segundo.- Convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado de la lista independiente "Frente Unido por el Desarrollo Integral de Parinacochas" FUDIP; para que asuma el

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