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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2000 (29/09/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 20

Pág. 193394 NORMAS LEGALES Lima, viernes 29 de setiembre de 2000 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la señorita Martha Leonor Yataco Matta para que se le autorice la inscripción en el Registro del Sistema de Seguros Sección A: Personas Natura- les del Libro II: de los Corredores de Seguros; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 1058-99 de fecha 30 de noviem- bre de 1999, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Comisión Calificadora de Corredores de Seguros, en la Sesión celebrada el 7 de setiembre de 2000, ha calificado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro Oficial; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998 y la Resolu- ción SBS Nº 565-2000 del 23 de agosto de 2000; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar la inscripción de la señorita Martha Leonor Yataco Matta con el Nº N-3441 en el Registro del Sistema de Seguros Sección A: Personas Naturales Libro II de los Corredores de Seguros que lleva esta Superintenden- cia. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO FRENCH YRIGOYEN Superintendente Adjunto Seguros (a.i.) 11067 RESOLUCION SBS Nº 639-2000 Lima, 25 de setiembre del 2000 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el señor Fernando José Wood- man Rojas para que se le autorice la inscripción en el Registro del Sistema de Seguros Sección A: Personas Naturales del Libro II: de los Corredores de Seguros; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 1058-99 de fecha 30 de noviem- bre de 1999, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Comisión Calificadora de Corredores de Seguros, en la Sesión celebrada el 7 de setiembre de 2000, ha calificado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro Oficial; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Gene- ral del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998 y la Resolución SBS Nº 565-2000 del 23 de agosto de 2000; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar la inscripción del señor Fernando José Woodman Rojas con el Nº N-3504 en el Registro del Sistema de Seguros Sección A: Personas Natu- rales Libro II de los Corredores de Seguros que lleva esta Superintendencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO FRENCH YRIGOYEN Superintendente Adjunto Seguros (a.i.) 11073Aprueban bases de concurso público para seleccionar empresa a la que se transferirán en fideicomiso activos y pasivos de operaciones e instrumen- tos hipotecarios del Banco Serbanco en Liquidación RESOLUCION SBS Nº 671-2000 Lima, 27 de setiembre de 2000 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 605-2000 del 8 de setiembre del 2000 se declaró la disolución del Banco Serbanco y se inició el respectivo proceso de liquidación de la indicada empresa; Que, el Artículo 118º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Super- intendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, modificada por las Leyes Nºs. 27008 y 27102, en adelante Ley General, establece que tratándose de procesos de liquidación de empre- sas del sistema financiero, los activos y pasivos vinculados a operaciones e instrumentos hipotecarios son conceptos exclui- dos de la masa y serán transferidos a otra empresa o empresas del sistema financiero por la Superintendencia, mediante concurso; Que, los pasivos originados por operaciones e instrumen- tos hipotecarios deben ser cubiertos con sus correspondientes activos; Que, resulta conveniente que la transferencia de los refe- ridos activos y pasivos se efectúe en fideicomiso; Que, en consecuencia, resulta necesario que esta Superin- tendencia establezca las normas que regirán el proceso de selección de la empresa a la cual se transferirán los activos y pasivos vinculados a operaciones e instrumentos hipotecarios del Banco Serbanco en liquidación; Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Banca y de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 118º y por los numerales 7 y 18 del Artículo 349º de la referida Ley General; RESUELVE: Artículo Unico.- Aprobar las bases del concurso público para la selección de la empresa a la que se transferirán en fideicomiso los activos y pasivos vinculados a operaciones e instrumentos hipotecarios del Banco Serbanco en Liquida- ción. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CORTAVARRIA CHECKLEY Superintendente de Banca y Seguros BASES DEL CONCURSO PUBLICO PARA LA SELECCION DE LA EMPRESA A LA QUE SE TRANSFERIRAN EN FIDEICOMISO LOS ACTIVOS Y PASIVOS VINCULADOS A OPERACIONES E INSTRUMENTOS HIPOTECARIOS DEL BANCO SERBANCO S.A. EN LIQUIDACION CAPITULO PRIMERO DE LOS ASPECTOS GENERALES I. ALCANCE El presente documento regula el proceso de selección de la empresa del sistema financiero, en adelante empre- sa, a la cual se transferirán en fideicomiso los activos y pasivos vinculados a las operaciones e instrumentos hipo- tecarios del Banco Serbanco S.A. en Liquidación, en ade- lante el Banco, y contiene las bases para el concurso público que señala el Artículo 118º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias.