Norma Legal Oficial del día 07 de abril del año 2001 (07/04/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, sabado 7 de MORDAZA de 2001

concurrente ante el Gobierno de la Republica de Malta, con residencia en MORDAZA, Republica Italiana. 2º.- Extenderle las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores 21550

Nombran al Embajador del Peru en la MORDAZA Sede para que se desempene simultaneamente como concurrente ante la Orden Soberana y Militar de Malta
RESOLUCION SUPREMA Nº 161-2001-RE MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2001 Vista la Resolucion Suprema Nº 0021-RE, de 12 de enero del ano 2001, que nombra Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la MORDAZA Sede, al Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, don MORDAZA Montagne Vidal; De conformidad con el inciso 12) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, que establece la facultad del senor Presidente de la Republica de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobacion del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso; De conformidad con los Articulos 8º y 9º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: 1º.- Nombrar al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la MORDAZA Sede, Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, don MORDAZA Montagne MORDAZA, para que se desempene simultaneamente como Embajador concurrente ante la Orden Soberana y Militar de Malta, con residencia en MORDAZA, Republica Italiana. 2º.- Extenderle las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores 21551

Que, el senor economista MORDAZA Arrospide MORDAZA, Viceministro de Promocion Social, ha solicitado ausentarse del MORDAZA del 9 al 11 de MORDAZA de 2001, por motivos personales; Que, en consecuencia es necesario encargar el Despacho del Viceministro de Promocion Social, en tanto dure la ausencia del titular; Con la opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido en el Articulo 10º del Decreto Ley Nº 25927, Ley Organica del Ministerio de Trabajo y Promocion Social; los incisos d) e i) del Articulo 11º de la Resolucion Ministerial Nº 012-93-TR, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion Social; y, los Articulos 37º y 41º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Encargar al doctor MORDAZA SERVAT MORDAZA DE SOUSA, Viceministro de Trabajo, el Despacho Viceministerial de Promocion Social, a partir del 9 de MORDAZA de 2001, con retencion de su cargo mientras dure la ausencia del Titular. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA COSTA Ministro de Trabajo y Promocion Social 21484

MTC
Otorgan a empresa y persona natural autorizacion y permiso de instalacion para operar estaciones transmisoras del servicio de radiodifusion sonora comercial
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 226-2001-MTC/15.03 MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2001 VISTA, la solicitud formulada por la empresa HGV E.I.R.L., para que se le otorgue autorizacion para establecer una estacion transmisora del servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), en el distrito y provincia de MORDAZA MORDAZA, departamento de Cajamarca; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 22º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion se requiere de autorizacion y permiso otorgados por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, los Articulos 48º y 49º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones MORDAZA referido, establecen que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de telecomunicaciones; y el permiso es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para instalar en un lugar determinado equipos de radiocomunicacion; Que, el Articulo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, senalan que para obtener autorizacion para prestar servicio de

TRABAJO Y PROMOCION SOCIAL
Encargan el Despacho Viceministerial de Promocion Social al Viceministro de Trabajo
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 032-2001-TR MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2001

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