Norma Legal Oficial del día 19 de abril del año 2001 (19/04/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 19 de MORDAZA de 2001

b. Disenar e implementar estrategias estadisticas y metodologias para la produccion de informacion confiable sobre las principales variables agroeconomicas. Llevar a cabo directamente o a traves de terceros las encuestas, estudios de casos u otros metodos de investigacion para la obtencion de la informacion. Asimismo, participar en los censos y encuestas de caracter sectorial en colaboracion con el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica. c. Asesorar a la Alta Direccion y coordinar con otros organos del sector y entidades cooperantes en la formulacion de los planes de desarrollo de sistemas y de equipamiento informatico del sector, asi como administrar los recursos informaticos del Ministerio. d. Integrar, analizar y difundir la informacion relevante generada en el sector, de manera oportuna y por medios adecuados, tales como intenciones de siembras de los productores agrarios, seguimiento de la evolucion de la MORDAZA MORDAZA, generar estadisticas cultivo y crianza de productores agrarios, previsiones de siembras y cosechas, estadisticas de produccion y precios, estudios, investigaciones, proyectos, informacion tecnica, juridica, de financiamiento y otros que faciliten la toma de decisiones de los agentes economicos. e. Establecer mecanismos y programas de mejoramiento de la calidad de la informacion con participacion de organizaciones de productores, juntas de usuarios y otras instancias representativas de la sociedad civil. f. Generar la informacion y bases de datos necesarias para un adecuado seguimiento del desarrollo de las MORDAZA productivas de los productos mas significativos. g. Administrar el Centro de Documentacion del Ministerio, asi como otros servicios de informacion tales como Internet. h. Proponer a la Alta Direccion mecanismos de transparencia en la gestion y accionar del Sector Publico Agrario. i. Desarrollar estrategias de comunicacion que permitan llegar adecuadamente con informacion intelegible a diferentes grupos objetivo tales como pequenos agricultores, organizaciones de productores, inversionistas, investigadores y otros. j. Las demas que le asigne la Alta Direccion del Ministerio de Agricultura y las que corresponde por disposiciones legales en vigencia. Articulo 37º.- La Direccion General de Informacion Agraria tiene la estructura organica siguiente: Direccion - Direccion General Linea - Direccion de Estadistica - Direccion de Informatica y Sistemas - Direccion de Analisis y Difusion Articulo 38º.- La Direccion de Estadistica tiene las funciones siguientes: a. Disenar y desarrollar las metodologias estadisticas. b. Ejecutar directamente o a traves de terceros las encuestas u otros estudios estadisticos del sector. c. Interpretar, analizar y validar los resultados de las encuestas y estudios. d. Colaborar en los censos y encuestas de caracter sectorial en coordinacion con el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica. Articulo 39º.- La Direccion de Informatica y Sistemas tiene las funciones siguientes: a. Conducir, coordinar y normar en el sector el desarrollo e integracion de los sistemas y recursos informaticos. b. Coordinar los esfuerzos de adecuacion tecnologica de informacion. c. Administrar los recursos informaticos del ministerio. Articulo 40º.- La Direccion de Analisis y Difusion tiene las funciones siguientes:

a. Evaluar la consistencia de los datos estadisticos del sector. b. Determinar las necesidades, analizar, integrar y difundir informacion estrategica del sector a traves de medios adecuados. c. Brindar servicios y atender las demandas de informacion facilitando el acceso de los ciudadanos y partes interesadas en general. DIRECCION GENERAL DE PROMOCION AGRARIA Articulo 41º.- La Direccion General de Promocion Agraria es la encargada de facilitar a los productores organizados a nivel nacional la convocatoria y concertacion de servicios de organismos publicos, organismos no gubernamentales y empresas privadas con la finalidad de contribuir al logro de la rentabilidad de sus actividades economicas y de la cadena productiva en la que intervienen. Articulo 42º.- La Direccion General de Promocion Agraria tiene las siguientes funciones: a. Proponer a la Alta Direccion las politicas e instrumentos que faciliten a los productores agrarios organizados el desarrollo de MORDAZA productivas, basado en el incremento sostenido de la rentabilidad, en coordinacion con la Oficina General de Planificacion Agraria. b. Disenar y supervisar la actualizacion de la base de datos de las principales MORDAZA productivas y organizar y conducir una red de enlace con los organos, proyectos y Organismos Publicos Descentralizados del Ministerio que prestan servicios a los productores agrarios organizados y con otros organismos del sector publico y no gubernamentales y con entes privados. c. Apoyar a las Direcciones Regionales en la convocatoria y concertacion con las instituciones y empresas de servicios para contribuir a la resolucion de problemas de los productores organizados, especialmente, de las MORDAZA productivas mas significativas. d. Apoyar a las Direcciones Regionales Agrarias para que cumplan con su rol de agentes promotores de los acuerdos y/o contratos de los productores organizados, especialmente, de las MORDAZA productivas mas significativas ubicadas en su jurisdiccion. e. Apoyar a las Direcciones Regionales Agrarias en la formulacion de propuestas de mecanismos de integracion de la actividad agraria a nivel de MORDAZA con los gobiernos locales y entre el area rural con la MORDAZA, a partir del conocimiento especializado de las MORDAZA productivas mas significativas. f. Cumplir otras funciones asignadas por la Alta Direccion. Articulo 43º.- La Direccion General de Promocion Agraria tiene la estructura organica siguiente: Direccion - Direccion General Linea - Direccion de Cultivos - Direccion de Crianzas Articulo 44º.- La Direccion de Cultivos se encarga de proponer a la Direccion General de Promocion Agraria los mecanismos y procedimientos de prestacion de servicios agricolas para facilitar la resolucion de problemas a los productores organizados de las MORDAZA productivas mas significativas. Asimismo, se encarga de supervisar y evaluar su aplicacion. Articulo 45º.- La Direccion de Cultivos tiene las siguientes funciones: a. Proponer a la Direccion General los mecanismos y procedimientos para facilitar la resolucion de problemas de los productores agricolas organizados, con el proposito de contribuir al logro de la rentabilidad de sus actividades economicas. b. Implementar a nivel nacional una base de datos de instituciones y empresas para atender y resolver los problemas de los productores agricolas organizados que participan en la cadena productiva de los principales cultivos.

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