Norma Legal Oficial del día 19 de abril del año 2001 (19/04/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, jueves 19 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

Pag. 201553

su contrato segun las necesidades de la institucion y su disponibilidad presupuestaria, comunicando la decision a la DRE/DEL/DEC para efectos de la formalizacion. c) Encargar rotativamente por dos anos a docentes titulares y que no tengan MORDAZA administrativo, las jefaturas de departamento con la finalidad de que el personal docente imprima liderazgo y creatividad en la gestion. d) Planificar, organizar, monitorear, supervisar y evaluar las acciones tecnico pedagogicas y administrar los recursos humanos, materiales y financieros necesarios para el desarrollo de las actividades educativas, priorizando la Practica y la Investigacion con la participacion de los diferentes agentes de la comunidad educativa. e) Celebrar convenios y contratos relacionados al mejoramiento del servicio educativo. f) Solicitar anualmente a la DINFOCAD la meta de ingresantes autorizadas. Articulo 65º.- El Director Academico es el responsable de la planificacion, organizacion, desarrollo, monitoreo y evaluacion de todas las actividades y servicios pedagogicos que la institucion realiza, asi como del mejoramiento de la calidad profesional de los formadores de la institucion y de la calidad de los materiales educativos que se produzcan. Coordina con el equipo de Tutores y con los delegados de aula. Depende de la Direccion General. Tiene a su cargo los Organos de Linea. Articulo 66º.- Los Organos de Linea son los responsables de la planificacion, organizacion, ejecucion, monitoreo y evaluacion de las actividades y servicios academicos de su nivel, asi como de la normatividad tecnico-pedagogica especifica, la capacitacion de sus formadores, la evaluacion y la titulacion de sus estudiantes. Lo conforman: el Programa Academico de Educacion Inicial y Primaria, el Programa Academico de Educacion Secundaria, el Programa Academico de Educacion Especial, Educacion Fisica, Educacion Tecnica y Educacion Artistica y el Programa de Formacion en Servicio, asi como el Departamento de Ciencia y Tecnologia, el Departamento de Humanidades y el Departamento de Educacion. Articulo 67º.- Los Programas Academicos son unidades de formacion academico profesional, que estan integradas por profesores y estudiantes, ofrecen una o mas carreras docentes, segun el perfil profesional y curriculo de cada una de ellas, tanto en la Formacion Inicial como en Servicio. Estan a cargo de un Coordinador designado por el Director General a propuesta del Consejo Educativo. Dependen del Director Academico. Sus funciones son: a) Participar en la elaboracion e implementacion del Proyecto de Desarrollo Institucional. b) Participar en la elaboracion, ejecucion y evaluacion del Plan Anual de Trabajo de la Institucion, incorporando acciones propias de su Programa. c) Proponer la distribucion del cuadro de horas y el cuadro de oferta de su Programa. d) Elaborar y ejecutar el Plan de Supervision de su carrera. e) Proponer lineamientos para la organizacion, planificacion, ejecucion y evaluacion curricular. f) Programar y supervisar la practica profesional. g) Realizar la autoevaluacion y la evaluacion de la calidad de la oferta ofrecida por los Departamentos en funcion de la respectiva carrera. h) Monitorear y establecer criterios para las acciones de asesoramiento y orientacion al estudiante. Articulo 68º.- Los Departamentos Academicos son unidades academicas que estan integradas por profesores que desarrollan aprendizajes de una determinada area. Son las responsables de brindar el servicio docente a los diferentes Programas. Dependen del Director Academico. Estan a cargo de un Jefe designado por el

Director General a propuesta del Consejo Educativo. Sus funciones son: a) Participar en la elaboracion del PDI. b) Elaborar, ejecutar y evaluar el Plan de Trabajo Anual de acuerdo a la Jefatura a su cargo. c) Asesorar y monitorear los planes de trabajo de los docentes que lo componen. d) Elaborar y ejecutar el Plan de Supervision a nivel del personal docente comprendido en el Area o Sub Area a su cargo. e) Asesorar, revisar y aprobar los silabos de las areas academicas. Articulo 69º.- Los ISP que tengan las condiciones academicas, administrativas, de equipamiento, infraestructura y personal, podran establecer a partir del 2002, el Programa de Formacion en Servicio, previa evaluacion institucional y autorizacion de la DINFOCAD. Se regira por sus propias normas academicas. Este Programa tiene como responsabilidad organizar y desarrollar actividades autofinanciadas para la Formacion de docentes en Servicio (capacitacion, actualizacion, MORDAZA especializacion), garantizando el mejoramiento del desempeno docente en la dimension pedagogica y gerencial. Depende de la Direccion Academica del ISP. Articulo 70º.- El Consejo Educativo es el Organo de Asesoramiento, quien tiene como responsabilidad asesorar al Organo de Direccion en la conduccion del Instituto y proponer alternativas para el mejoramiento de la gestion y los resultados institucionales. Es presidido por el Director General y esta integrado por el personal directivo, jefe y delegado elegido de cada departamento, un delegado de los formadores del equipo de tutoria y un delegado de los estudiantes de cada programa academico. Articulo 71º.- La funcion del Consejo Educativo es opinar, para su aprobacion, sobre lo siguiente: a) Proyecto de Desarrollo Institucional b) Plan de Trabajo Anual c) Reglamento Interno d) Informes de Gestion del Director General, y e) Otros que le delegue la Direccion General. El Consejo Educativo puede asimismo emitir opinion acerca de cualquier tema que el Director General o dos tercios de sus miembros decida consultarle. Es convocado por el Director General o por quien haga sus veces, debiendo quedar registradas sus opiniones y sugerencias en un libro de actas. Articulo 72º.- El Organo de Apoyo esta constituido por la Direccion de Administracion y la Secretaria Academica, depende del Director General y se responsabiliza del personal a su cargo. Articulo 73º.- La Direccion de Administracion tiene como responsabilidad proporcionar el apoyo logistico a las actividades academicas y administrativas del instituto; recursos materiales y financieros necesarios para realizar el monitoreo de la Practica. Tiene a su cargo al contador, jefes y/o asistentes de: informatica, laboratorio, biblioteca, impresiones, responsables del sistema agroecologico y trabajadores de servicio, si los hubiera. Trabaja en estrecha coordinacion con la Direccion Academica. Las instituciones que cuenten con areas productivas consideraran esta en su Organigrama y Reglamento Interno. Articulo 74º.- La Secretaria Academica tiene por responsabilidad, en coordinacion con la Direccion General, organizar y administrar los servicios de registro academico y de evaluacion del estudiante; tramitar la titulacion profesional y llevar el Registro de Titulos; elaborar y sistematizar la base de datos estadistica sobre postulantes, ingresantes, alumnos matriculados, retirados, orden de merito, numero de titulados, (tipo de investigacion realizada), egresados; profesores nombrados, contratados. Depende de la Direccion General.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.