Norma Legal Oficial del día 19 de abril del año 2001 (19/04/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 18

Pag. 201540

NORMAS LEGALES
Departamento MORDAZA de MORDAZA MORDAZA San MORDAZA Ucayali

MORDAZA, jueves 19 de MORDAZA de 2001

Autorizan al INRENA otorgar y renovar diversos contratos de extraccion forestal con fines comerciales e industriales
DECRETO SUPREMO Nº 018-2001-AG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, a partir de la vigencia de la Ley Nº 27308 - Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, del 15 de MORDAZA de 2000, se ha suspendido el otorgamiento de contratos de extraccion forestal en superficies hasta de 1000 hectareas, a la espera de la aprobacion de su Reglamento; Que, a la fecha de promulgacion de dicha Ley, existian una serie de solicitudes de contratos de extraccion forestal, asi como solicitudes de renovacion, procedentes de diversas regiones del MORDAZA, que no fue posible atenderlas oportunamente debido a que el MORDAZA de revision de los expedientes, subsanacion de observaciones, evaluacion y aprobacion de los mismos, ha demandado tiempo, lo cual viene ocasionando problemas de indole economico y social a las poblaciones dedicadas a esta actividad; Que, en consecuencia es necesario, otorgar contratos de extraccion forestal y renovaciones de contrato, con fines industriales y/o comerciales, en superficies hasta de 1 000 hectareas, pendientes de atencion en el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA al 15 de MORDAZA de 2000, conforme a los considerandos precedentes; De conformidad con el numeral 8 del Articulo 118º de la Constitucion Politica, el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y el Decreto Ley Nº 25902, Ley Organica del Ministerio de Agricultura; DECRETA: Articulo 1º.- Autorizase al Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA a otorgar 416 contratos de extraccion forestal, asi como 38 renovaciones de contrato, con fines comerciales e industriales, en superficies hasta de 1000 hectareas, cuyas solicitudes fueran presentadas al mencionado Instituto MORDAZA de la vigencia de la Ley Nº 27308 - Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, y cuyo detalle se muestra en el cuadro adjunto que en Anexo forma parte del presente Decreto Supremo. Dichos contratos y renovaciones tendran vigencia hasta el 30 de junio del 2002 y las areas donde se otorgaran los mismos, constituyen areas autorizadas para tal fin. Quedan excluidas de esta disposicion las areas en MORDAZA y otras areas prohibidas por la normatividad vigente. Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Agricultura y entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciocho dias del mes de MORDAZA del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA AMAT Y MORDAZA Ministro de Agricultura ANEXO RENOVACIONES DE CONTRATO EN SUPERFICIES HASTA DE 1000 HECTAREAS FORESTAL DEL NUMERO DE CONTRATOS DE EXTRACCION FORESTAL Y A OTORGARSE POR EL DIRECTOR GENERAL INRENA Departamento Contratos de extraccion forestal a. Para MORDAZA - MORDAZA 65 Numero

Numero 47 1 3 1 117

Subtotal b. Para productos forestales diferentes a la MORDAZA - MORDAZA - MORDAZA - Ica - MORDAZA - MORDAZA de MORDAZA Subtotal TOTAL Renovaciones de contratos - MORDAZA - Pasco TOTAL 22093

81 9 23 75 111 299 416 9 29 38

Aprueban el Reglamento de Organizacion y Funciones de PROABONOS
DECRETO SUPREMO Nº 019-2001-AG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Proyecto Especial de Promocion del Aprovechamiento de Abonos Provenientes de Aves Marinas PROABONOS, es un organo tecnico desconcentrado dependiente del Ministerio de Agricultura, que constituye una Unidad Ejecutora dentro del citado Pliego, teniendo a su cargo las actividades de extraccion, procesamiento y comercializacion del guano de las islas, como actividad empresarial subsidiaria del Estado, con autonomia tecnica, administrativa, financiera y de gestion, ejerciendo competencia exclusiva sobre las islas y puntas ubicadas en el litoral peruano, para los fines que establece la Ley Nº 26857, estando su personal sujeto al regimen laboral de la actividad privada; Que, la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 27427, Ley de Racionalidad y Limites en el Gasto Publico para el Ano Fiscal 2001, establece que las entidades del Sector Publico pueden llevar a cabo, en un plazo que no exceda de sesenta dias calendario contados a partir de la publicacion de la citada Ley, un MORDAZA de Reestructuracion Organizativa Institucional en funcion a la evaluacion de sus competencias y responsabilidades, con el objeto de mejorar su eficiencia en el cumplimiento de las funciones a su cargo, estableciendose ademas que la Reestructuracion Organizativa Institucional es aprobada por Decreto Supremo; Que, mediante Decreto Supremo Nº 023-97-AG se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Proyecto Especial de Promocion del Aprovechamiento de Abonos Provenientes de Aves Marinas - PROABONOS; Que, resulta necesario aprobar el MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones del Proyecto Especial de Promocion del Aprovechamiento de Abonos Provenientes de Aves Marinas - PROABONOS, de acuerdo a sus funciones y competencias asignadas en el MORDAZA del MORDAZA de Reestructuracion Organizativa Institucional; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Legislativo Nº 560 y la Ley Nº 27427 - Ley de Racionalidad y Limites en el Gasto Publico para el ano 2001;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.