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Pág. 201549 NORMAS LEGALES Lima, jueves 19 de abril de 2001 por carreras y/o especialidades de los ISP, teniendo en cuenta los logros institucionales y sus condiciones de personal, infraestructura y equipamiento. La DRE/ DEL/DEC es responsable de tener actualizado el diag- nóstico de la demanda local y de elevarlo a la DINFO- CAD en el mes de noviembre del año anterior corres- pondiente. Así mismo, supervisa que la selección de los postulantes sea de acuerdo al Reglamento de Admisión y una sola vez al año. Artículo 18º.- El Director General en coordinación con la Comisión de Admisión del ISP, elabora el Regla- mento de Admisión y establece los criterios y mecanis- mos que aseguren la selección de los postulantes más idóneos, en relación a su futuro desempeño docente. El proceso de admisión debe considerar: a) Prueba escrita con carácter eliminatorio. b) Prueba psicotécnica. c) Prueba de especialidad. d) Entrevista personal. Se velará por considerar prioritaria la admisión de los estudiantes que hablen lenguas indígenas en las zonas bilingües que particularmente carezcan de do- centes titulados . De las vacantes asignadas por especialidad, se re- servarán 3 vacantes para los cinco primeros puestos de educación secundaria y 2 para los primeros puestos con bachillerato básico concluido o estudios equivalentes decididos por la autoridad educativa, las que serán dirimidas según el caso. La diferencia de vacantes puede ser cubierta por ingreso directo de los estudiantes que ocupen los prime- ros puestos en el Servicio de Nivelación Académica que oferte el ISP y/o por concurso público, en este caso se comunicará a la instancia correspondiente la fecha del concurso. En caso de empate en el último lugar, éste será cubierto de acuerdo al criterio que se estipule en el Reglamento de Admisión. Las vacantes reservadas al Concurso Público no serán inferiores a veinte (20) en cada especialidad. Artículo 19º.- Son requisitos para postular a una vacante en un ISP: a) Copia fotostática del DNI, en caso de menores presentar Partida de Nacimiento. b) Presentar certificados originales que acrediten haber concluido la educación secundaria o el bachillera- to. c) Recibo del pago por derecho de inscripción (gastos administrativos). d) Declaración jurada de gozar buena salud. e) Declaración jurada de no tener antecedentes judiciales. f) Los propios de la especialidad establecidos por la DINFOCAD. Artículo 20º.- Se consideran aptos para ser matri- culados: a) En el I ciclo, los estudiantes que aprueben el ingreso al ISP , de acuerdo a lo estipulado en su Reglamento de Admisión. b) Del II al X ciclo, los estudiantes que aprueben el 55% de créditos del ciclo anterior, presentando la Bole- ta de Notas y el comprobante de pago por derecho de matrícula. c) Los profesionales titulados, previa convalidación de estudios, siempre que no supere la meta de ingresan- tes aprobada. Artículo 21º.- Para acceder al IX ciclo son requisi- tos: haber aprobado la Práctica del I al VIII ciclo y tener aprobado el Plan de Trabajo de Investigación. Para acceder al X ciclo es requisito haber aprobado la Prác- tica del IX ciclo. Para favorecer el diálogo intercultural de los perua- nos en un mundo globalizado, a partir del año 2005, será un requisito adicional para la Titulación, tener el nivel básico de un idioma extranjero y estudios de computa-ción e informática, certificados por el ISP u otra insti- tución educativa, teniendo en cuenta la diversidad lingüística de nuestra población. Artículo 22º.- De acuerdo a la carga académica, los estudiantes pueden ser regulares y no regulares. Son estudiantes regulares quienes se matriculan en 12 o hasta un máximo de 24 créditos por ciclo. Son estudian- tes no regulares quienes se matriculan en menos de 12 créditos por ciclo. CAPÍTULO II CURRÍCULO BÁSICO Artículo 23º. - El Ministerio de Educación, formula y actualiza el Currículo Básico de Formación Docente y promueve y autoriza alternativas experimentales para los ISP, contando con la participación de sus comunida- des educativas, en armonía con lo dispuesto en la legislación vigente, teniendo en cuenta los avances de la ciencia y la tecnología y los contextos local, nacional y mundial. Artículo 24º.- El Currículo Básico de Formación Docente tendrá las siguientes características: a) Incidir en el aprendizaje de los saberes que constituyan una formación integral por competencias: saberes conceptuales, procedimentales y actitudinales que se expresan y articulan en un saber actuar para resolver problemas o lograr propósitos. b) Dotar a los estudiantes de aquellos instrumentos teórico-tecnológicos que les permitan investigar a par- tir de la práctica y analizar y aprovechar la investiga- ción de otros para mejorar la propia práctica. c) Desarrollar el pensamiento científico, aprove- chando tanto el avance científico tecnológico, como la tendencia a la integración y cooperación entre las ciencias, para organizar contenidos y aprendizajes en áreas interdisciplinarias, superando así la fragmenta- ción tradicional de los currículos. d) Asegurar una formación básica coherente, por- tadora de sentido, en proceso permanente de actuali- zación, de igual calidad para todos, diversificada según las características socioeconómicas, lingüísti- cas y culturales de la zona de influencia, fundada en la recuperación, aprovechamiento y potenciación con- tinua de la diversidad de saberes e inteligencias de los estudiantes, y articulada a oportunidades de libre investigación y práctica que permitan construir una especialización en función de intereses personales y profesionales. e) Promover un intercambio de saberes y servicios con la comunidad de la cual forman parte, a través de acciones educativas que ayuden tanto a diagnosticar como a producir soluciones a situaciones problemáticas y/o a sistematizar experiencias. f) Estimular la formación de una nueva ética ciuda- dana, que incluya el desarrollo de un juicio crítico autónomo, una actitud intercultural y un compromiso nacional y planetario, por la defensa de los derechos humanos y del medio ambiente, así como por la no discriminación por razones religiosas, étnicas, de géne- ro o de cualquier otro tipo. g) Manejar conceptos de tiempo y espacio globa- les, cuya distribución se realice en función de las necesidades de aprendizaje y de la tecnología dispo- nible. h) Desarrollar capacidades para un manejo operati- vo flexible, creativo y pertinente del currículo de meno- res para el cual se está formando el futuro maestro, así como para su análisis crítico y su reconceptualización, en función a su mejoramiento continuo. i) Desarrollar sistemáticamente en los estudiantes su inteligencia social, fortaleciendo habilidades de lide- razgo, interacción, comunicación, concertación y reso- lución de conflictos, con niños, adolescentes y adultos. Artículo 25º.- La estructura, organización, eta- pas componentes, plan de estudios, créditos de los currículos autorizados por el MED para las diversas