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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ABRIL DEL AÑO 2001 (19/04/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 25

Pág. 201547 NORMAS LEGALES Lima, jueves 19 de abril de 2001 TÍTULO VIII DEL RECESO, CIERRE Y REAPERTURA TÍTULO IX DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, FINALES Y TRANSITORIAS REGLAMENTO GENERAL DE LOS INSTITUTOS SUPERIORES PEDAGÓGICOS Y ESCUELAS SUPERIORES DE FORMACIÓN DOCENTE PÚBLICOS Y PRIVADOS TÍTULO PRELIMINAR ORIENTACIONES POLÍTICAS DE LA FORMACIÓN DOCENTE Lineamientos de Política Educativa. Porque somos un país diverso y plural en el que existen aún graves inequidades, una educación de calidad en el Perú debe atender el desafío de las diferencias y la democratización. La política educati- va nacional busca avanzar hacia estos objetivos de calidad, equidad y eficiencia a través de los siguien- tes lineamientos: a) Enfatizar la formación ciudadana de los niños, niñas, jóvenes, adolescentes y adultos que partici- pan del sistema educativo, garantizando una educa- ción basada en la difusión, la defensa y la práctica de valores democráticos y respeto a los derechos huma- nos. b) Promover la democratización del sistema educa- tivo nacional, revalorando la gestión pública, aseguran- do su transparencia, combatiendo la corrupción, posibi- litando la participación de los diversos actores de la comunidad educativa; y estableciendo mecanismos de rendición de cuentas que impliquen mayor eficiencia en la asignación y uso de los recursos disponibles. c) Orientar a todas las autoridades educativas, en particular al director del centro educativo, para que la toma de decisiones se realice en función de quienes son los directamente beneficiados. d) Acentuar el proceso de mejoramiento de la calidad de la educación priorizando acciones de innovación y modernización de los currículos, estrategias metodoló- gicas de enseñanza aprendizaje, medios educativos, evaluación de los aprendizajes e infraestructura. e) Promover la organización de redes educativas, a fin de potenciar las capacidades humanas, didácticas y de gestión de los centros educativos que agrupen y de su entorno. f) Privilegiar la equidad en el acceso tanto al servicio educativo como a la calidad de los logros, en zonas urbano-marginales, rurales y de frontera del país, ga- rantizando su pertinencia cultural, la permanencia de los alumnos; así como la especial atención a la pluricul- turalidad y al bilingüismo. g) Asignar a los órganos intermedios del sector educación formas de organización y funciones específi- cas que los constituyan en instancias de apoyo eficaz y eficiente a los centros educativos y a la comunidad. h) Promover el liderazgo de los directores fortale- ciendo su capacidad de gestión, a fin de posibilitar una conducción de sus centros educativos que asegure un servicio de calidad. i) Revalorar la carrera docente, estimulando y faci- litando la formación continua de los maestros y desa- rrollando las políticas y condiciones que mejoren su calidad de vida. j) Convocar a las madres y padres de familia, así como a las organizaciones de base, medios de comunica- ción, instituciones de la sociedad civil y del Estado aparticipar de manera activa, permanente y concertada en el proceso de diseño y desarrollo de la educación peruana. Artículo I.- Es misión del Ministerio de Educación revalorar la carrera docente, estimulando y facilitando la formación continua de los maestros y desarrollando las políticas y condiciones que garanticen la calidad de su desempeño y mejoren su calidad de vida. Para ello deberá: a) Orientar, promover y garantizar la calidad y pertinencia de la formación docente inicial y en servicio con carácter integral y permanente. b) Propiciar la constante innovación de la formación docente mediante la formulación de políticas educati- vas y normas técnico pedagógicas que orienten el desa- rrollo de estructuras curriculares, metodologías de aprendizaje y formación en valores, coherentes con la dinámica social, económica y cultural de la población peruana. c) Fomentar la investigación e innovación en los estudiantes y formadores para ofrecer a la sociedad maestras y maestros capaces de producir conocimien- tos educativos, que contribuyan al mejoramiento conti- nuo de la calidad de la educación. d) Promover la mayor participación de la comunidad educativa en la gestión de los Institutos y fortalecer las redes de formación docente. e) Velar particularmente por la actualización y elevación de la calidad profesional de los formadores requeridos para responder a las necesidades del país. f) Racionalizar la oferta de formación docente de acuerdo a los requerimientos del sistema educativo. Artículo II.- Son objetivos de los Institutos Supe- riores Pedagógicos y Escuelas Superiores de Formación Docente: a) Promover la formación integral de la persona del alumno y del futuro maestro. b) Asegurar que los futuros maestros logren las competencias necesarias que garanticen: • Un eficaz desempeño al servicio del desarrollo de los talentos y potencialidades de los estudiantes. • Sean investigadores, promotores eficaces del apren- dizaje, agentes y líderes de cambio para la transforma- ción de la realidad local, regional y nacional. • Mantengan una actitud permanente de perfeccio- namiento ético, moral, profesional y cívico, que le per- mita integrarse en su medio de trabajo y contribuir al desarrollo humano y sostenible de la población desde la comunidad local. • La construcción de vínculos afectivos y confiables con sus alumnos, en el curso de sus interacciones y al interior de los procesos pedagógicos. Artículo III.- Los Institutos Superiores Pedagógi- cos Públicos y Privados, rigiéndose por la planificación sectorial y las demandas de la sociedad, en función a su disponibilidad de infraestructura, equipamiento, pre- supuesto, personal docente y misión institucional, pue- den brindar la siguiente oferta: a) Formación Inicial, acorde con la necesidad de la formación de docentes, otorgando al término de la carrera, el Título de Profesor. b) Formación de docentes en servicio, a través de Estudios de Segunda Especialización, previa autoriza- ción por Resolución Directoral de la DINFOCAD; Estu- dios de Actualización y/o Capacitación, según el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA. c) Servicios de extensión cultural y tecnológica a estudiantes, padres de familia y comunidad en general; Servicios de prestación de asesoría y difusión pedagógi- ca. d) Servicios de Tutoría y orientación vocacional / profesional.