Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2001 (28/04/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 28 de MORDAZA de 2001

aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MAYOR Viceministro de Justicia 22509 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 086-2001-JUS MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2001 Vista la solicitud de Registro Nº 06215 de fecha 16 de marzo de 2001, de la asociacion Centro de Conciliacion Equidad; CONSIDERANDO: Que la asociacion Centro de Conciliacion Equidad, es una persona juridica sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora; Que la mencionada institucion ha solicitado se le autorice el funcionamiento como Centro de Conciliacion denominado "Centro de Conciliacion D'Aquerdo", con sede en la MORDAZA de Lima; Que conforme obra del acta de inspeccion ocular de fecha 5 de MORDAZA de 2001, se ha realizado la constatacion respectiva en las instalaciones e infraestructura fisica de su Centro de Conciliacion; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla a funcionar como Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 248-2001-DMSTC-SDSCCC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud de la asociacion Centro de Conciliacion Equidad; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, y Resolucion Ministerial Nº 350-2000-JUS; SE RESUELVE:

Que la mencionada institucion ha solicitado se le autorice el funcionamiento como Centro de Conciliacion denominado "Centro de Conciliacion Pro Armonia" PROA, con sede en la Provincia Constitucional del Callao; Que conforme obra del acta de inspeccion ocular de fecha 6 de MORDAZA de 2001, se ha realizado la constatacion respectiva en las instalaciones e infraestructura fisica de su Centro de Conciliacion; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla a funcionar como Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 249-2001-DMSTC-SDSCCC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud de la asociacion Pro MORDAZA - PROA; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS y Resolucion Ministerial Nº 350-2000-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR a la asociacion Pro MORDAZA - PROA, a funcionar como Centro de Conciliacion, denominado "Centro de Conciliacion Pro Armonia" PROA, con sede en la Provincia Constitucional del Callao. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MAYOR Viceministro de Justicia 22511 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 088-2001-JUS MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2001

Articulo 1º.- AUTORIZAR a la asociacion Centro de Conciliacion Equidad, a funcionar como Centro de Conciliacion, denominado "Centro de Conciliacion D'Aquerdo", con sede en la MORDAZA de Lima. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MAYOR Viceministro de Justicia 22510 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 087-2001-JUS MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2001 Vista la solicitud de Registro Nº 05407 de fecha 6 de marzo de 2001, de la asociacion Pro MORDAZA - PROA; CONSIDERANDO: Que la asociacion Pro MORDAZA - PROA, es una persona juridica sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora;

Vista la solicitud de Registro Nº 04532-2001, de fecha 22 de febrero de 2001, de la asociacion Sociedad Peruana de Negociacion & Arbitraje; CONSIDERANDO: Que la asociacion Sociedad Peruana de Negociacion & Arbitraje, es una asociacion civil sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora; Que la mencionada institucion ha solicitado se le autorice para el funcionamiento como Centro de Conciliacion denominado "Sociedad Peruana de Negociacion & Arbitraje", con sede en la MORDAZA de Lima; Que conforme obra del acta de inspeccion ocular de fecha 30 de marzo de 2001, se realizo la constatacion respectiva en las instalaciones e infraestructura fisica de su Centro de Conciliacion; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion, y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla para funcionar como Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 246-2001JUS/DM-STC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud de la asociacion Sociedad Peruana de Negociacion & Arbitraje; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley

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