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Pág. 202022 NORMAS LEGALES Lima, sábado 28 de abril de 2001 Que conforme obra del acta de inspección ocular de fecha 4 de abril de 2001, se realizó la constatación respectiva en las instalaciones e infraestructura física de su Centro de Conciliación; Que la recurrente cumple con los requisitos esta- blecidos en los Artículos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliación, y los Artículos 42º, 44º y 45º del Reglamen- to de la Ley de Conciliación, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla para funcionar como Centro de Conciliación; Estando a lo opinado en el Informe Nº 247-2001- JUS/DM-STC de la Secretaría Técnica de Conciliación, es pertinente atender la solicitud de la Asociación Centro Latinoamericano de Negociación, Mediación y Arbitraje Corporativo; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliación y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS y Resolución Ministerial Nº 350-2000-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR a la Asociación Centro Latino- americano de Negociación, Mediación y Arbitraje Corpo- rativo, a funcionar como Centro de Conciliación denominado Centro de Negociación, Mediación, Conciliación y Arbitraje Corporativo, con sede en la ciudad de Lima. Artículo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicación de la Ley de Conciliación y su Reglamento, supervisará el correcto funcionamiento del Centro de Conciliación y aplicará, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN FEDERICO JIMENEZ MAYOR Viceministro de Justicia 22515 PROMUDEH Establecen Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada de elaborar el Plan Nacional Contra la Violencia ha- cia la Mujer RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 077-2001-PROMUDEH Lima, 27 de abril de 2001 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 1º de la Cons- titución Política del Perú, la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y el Estado; Que, el Estado Peruano ha suscrito y ratificado la Conven- ción Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer, la misma que en su Artículo 1º define la violencia contra la mujer como cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado; Que una de las funciones primordiales del Ministe- rio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano -PROMUDEH- es la de promover el desarrollo de la mujer a través de la generación de planes, programas y proyectos con enfoque de género que permitan habilitar y mejorar la calidad de vida de las mujeres, en especial de aquellas que se encuentran en situación de extrema pobreza o vulnerabilidad; Que, estando a que la violencia hacia la mujer no sólo se expresa dentro del ámbito familiar, sino que por el contrario se extiende de manera significativa a otros ámbitos como el laboral, educativo y de difusión, es necesario posicionar el tema como un asunto de natura- leza sectorial;Que, estando a lo dispuesto en los Artículos 7º y 8º de la Convención anteriormente mencionada, respecto a que los Estados Partes convienen en adoptar por todos los medios apropiados y sin dilaciones, políticas orienta- das a prevenir, sancionar y erradicar toda forma de violencia hacia la mujer, resulta imprescindible consoli- dar el tema como política pública a través de la elabora- ción de un Plan Nacional Contra la Violencia hacia la Mujer; Que, para la elaboración de este Plan Nacional Contra la Violencia hacia la Mujer es necesario partir de un proceso de diálogo y debate interministerial, de modo tal que se asegure que los objetivos, políticas y estrategias del Plan, reflejen un consenso amplio que comprometa de manera efectiva a los diferentes secto- res vinculados en su cumplimiento; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Establézcase una Comisión Multisec- torial de Alto Nivel que elabore el Plan Nacional Contra la Violencia hacia la Mujer. Dicha Comisión, estará conformada de la siguiente manera: - La Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarro- llo Humano o su representante, quien la presidirá; - El Ministro del Interior o su representante; - El Ministro de Salud o su representante; - El Ministro de Educación o su representante; - El Ministro de Justicia o su representante. Artículo 2º.- La Comisión Multisectorial tendrá el siguiente mandato: a) Elaborar el Plan Nacional Contra la Violencia hacia la Mujer, el mismo que tendrá alcance y pers- pectiva multisectorial así como un horizonte temporal de mediano plazo; b) Proponer los alcances, objetivos, mecanismos de seguimiento para el cumplimiento de los compromisos y responsabilidades que cada sector asuma en el marco del Plan; c) Proponer cualquier otra medida que se considere apropiada para cumplir con los objetivos enunciados en la parte considerativa de esta Resolución. Artículo 3º.- Esta Comisión Multisectorial tendrá un plazo de 90 días calendario, contados a partir de la fecha de su instalación, para elevar con miras a su aprobación, el proyecto del Plan Nacional Contra la Violencia hacia la Mujer, así como para presentar un informe de recomendaciones que incluya entre otros, los temas mencionados en el artículo anterior. Artículo 4º.- El Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano prestará los servicios de Secretaría Técnica a la Comisión Multisectorial. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia, de Salud, del Interior y de Educación, y por la Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República DIEGO GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia EDUARDO PRETELL ZARATE Ministro de Salud ANTONIO KETIN VIDAL HERRERA Ministro del Interior MARCIAL RUBIO CORREA Ministro de Educación SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 22650