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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE AGOSTO DEL AÑO 2001 (16/08/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 33

Pág. 208847 NORMAS LEGALES Lima, jueves 16 de agosto de 2001 Artículo 2º.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución a través de la Oficina de Recursos Humanos del INPE, para los efectos legales pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. S. MOISES HIRSH CARRILLO Presidente (e) Instituto Nacional Penitenciario 29313 Inician procedimiento disciplinario a Subdirector del Establecimiento Penitenciario de Azángaro RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 977-2001-INPE-P Lima, 14 de agosto de 2001 VISTO, el Informe Nº 045-2001-INPE-CPPAD de fe- cha 7 de agosto de 2001 de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario; CONSIDERANDO: Que, mediante Memorándum Nº 161-2001-INPE/01 de fecha 26.ABR.2001, se remite el Informe Nº 007-2001- INPE/05, elaborado por la Auditoría General del INPE, relacionado al "examen especial sobre la evasión de inter- no del Establecimiento Penitenciario de Azángaro", comu- nicando irregularidades en las que se encontraría com- prendido el servidor RAUL CHAYÑA RUELAS, Subdirec- tor del mencionado E.P.; Que, del análisis efectuado a los autos, se advierte que el día 22 de febrero de 2001 el interno Roger Ramos Turpo, se evadió del Establecimiento Penitenciario de Azángaro, en circunstancias que hacía uso indebido de permiso especial de salida, sin contar con el acta de Consejo Técnico Penitenciario, aparentemente para constituirse al distrito de San José y estar presente en la repartición de ganado y tierras de su señor padre, quien según la solici- tud del mencionado interno había fallecido, hecho que no fue verificado por las autoridades de dicho E.P.; Que, al respecto, el servidor del INPE RAUL CHAYÑA RUELAS, Subdirector del mencionado E.P. y conformante del Consejo Técnico Penitenciario, suscribió un acta otor- gando permiso especial de salida al interno Roger Ramos Turpo. Sin embargo, se ha determinado en autos que dicha acta fue elaborada con posterioridad a la evasión del mencionado interno, con la finalidad de justificar la inde- bida concesión de dicho permiso y eludir su responsabili- dad frente a los hechos; Que, ha quedado evidenciado que el servidor RAUL CHAYÑA RUELAS, tendría responsabilidad en los he- chos investigados al haber suscrito el acta del Consejo Técnico Penitenciario con posterioridad a la evasión del interno, incumpliendo con las obligaciones establecidas en los incisos a) y d) del Artículo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, falta prevista en los incisos a) y d) del Artículo 28º del mismo cuerpo de Leyes; Estando a lo recomendado por la Comisión Permanen- te de Procesos Administrativos Disciplinarios y las visa- ciones de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Oficina de Recursos Humanos; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legis- lativo Nº 276 y su Reglamento - Decreto Supremo Nº 005- 90-PCM, Resolución Ministerial Nº 040-2001-JUS, y en uso de las facultades conferidas por la Resolución Supre- ma Nº 327-2001-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- INSTAURAR proceso administrativo disciplinario al servidor RAUL CHAYÑA RUELAS, Sub- director del Establecimiento Penitenciario de Azángaro, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- NOTIFIQUESE la presente Resolución a través de la Oficina de Recursos Humanos del INPE, a efecto de que el servidor procesado presente su descargoante la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios en el término de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. S. MOISES HIRSH CARRILLO Presidente (e) 29312 ESSALUD Aprueban Directiva "Normas Comple- mentarias al Reglamento de Pago de Prestaciones Económicas" RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 248-GG-ESSALUD-2001 Lima, 27 de julio del 2001 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud - EsSalud, establece que la finalidad del mismo es dar cobertura a los asegurados y sus derechoha- bientes a través del otorgamiento de prestaciones de prevención, promoción, recuperación, rehabilitación, pres- taciones económicas y prestaciones sociales que corres- ponden al Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud, así como de otros seguros de riesgos humanos; Que, de acuerdo con la normatividad vigente, las pres- taciones económicas comprenden los subsidios por incapa- cidad temporal, maternidad y lactancia y las prestaciones por sepelio; Que mediante Acuerdo de Consejo Directivo Nº 59-22- ESSALUD-99, se aprobó el Reglamento de Pago de Pres- taciones Económicas, modificado por el Acuerdo de Conse- jo Directivo Nº 14-16-ESSALUD-2000; Que es necesario actualizar las normas complementa- rias, así como aprobar los formularios necesarios para el otorgamiento y pago de las prestaciones económicas; Que el segundo párrafo del Artículo 13º del Acuerdo de Consejo Directivo Nº 59-22-ESSALUD-99, dispone que en caso la entidad empleadora tuviera deudas exigibles con EsSalud, éste podrá retener la totalidad o parte del monto de los subsidios a reembolsar, a efecto de cancelar las referidas deudas, siendo necesario precisar las deudas exigibles a que se refiere y los criterios que se deben aplicar para la imputación de los pagos; De conformidad con las facultades conferidas por el inciso b) del Artículo 9º de la Ley Nº 27056 y el numeral 2º del Acuerdo de Consejo Directivo Nº 59-22-ESSALUD-99; SE RESUELVE: 1. Aprobar la Directiva Nº 009-GG-ESSALUD-2001, "Normas Complementarias al Reglamento de Pago de Prestaciones Económicas" que forma parte de la presente resolución. 2. Aprobar los siguientes formularios y sus instruccio- nes, que se adjuntan a la presente resolución: §Formulario 8006: Solicitud de Pago de Prestaciones Económicas de Seguros Privados. §Formulario 8007: Solicitud de Registro de Beneficia- rio para el Otorgamiento de la Pres- tación por Sepelio. §Formulario 8008: Solicitud de Registro de Cuenta Bancaria para el Reembolso por Prestaciones Económicas. Los formularios 8006 y 8008 entrarán en vigencia dos meses después de la publicación de la presente norma y el formulario 8007, dos meses después de la vigencia del nuevo Tupa Institucional. 3. Modificar los siguientes formularios y sus instruc- ciones, que se adjuntan a la presente resolución: §Formulario 8001: Solicitud de Reembolso de Presta- ciones Económicas. §Formulario 8002: Solicitud de Pago Directo de Presta- ciones Económicas.