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Pág. 208841 NORMAS LEGALES Lima, jueves 16 de agosto de 2001 Junín, a las 12.50 horas, llegándose incautar los 300 nuevos soles (que comprenden las denominaciones si- guientes: cuatro billetes de diez soles y trece de veinte soles), los mismos que previamente habían sido fotocopia- dos; que al ser cotejados, dichas copias correspondían a los billetes originales que fueron encontrados a la Juez de- nunciada, los que fueron entregados por los denunciantes, con el fin de que emita Sentencia absolutoria a favor de Marco Antonio Rosales, procesado por el delito de Lesiones en agravio de Emilio Alania Flores; Que, luego de ello en acción conjunta con el Magistrado del Poder Judicial y de la Fiscalía Superior de Control Interno, siendo la una y cinco de la tarde se constituyeron al Despacho de la doctora Luz Mery Villanueva Camacho, Fiscal Provincial Mixta de Junín, donde procedieron a incautar en la gaveta del escritorio de la antes citada Magistrada, la suma de cien nuevos soles consistentes en ocho billetes de diez soles y uno de veinte soles, cuyas series correspondían a los billetes previamente fotocopia- dos, billetes que anteriormente fueron entregados a la antes citada Fiscal con el fin de que no apele en la sentencia a dictarse el día viernes en el proceso penal que se le sigue al denunciante Marco Antonio Rosales Mateo, por el delito de Lesiones Graves y Tenencia Ilegal de Armas; que estando a lo antes señalado y las copias de las actas de denuncia y de intervención incautación de dinero que se tiene a la vista, la conducta de las Magistradas intervenidas se encuadra dentro de los elementos consti- tutivos del delito de Corrupción de Funcionarios previsto por el Art. 395º del Código Penal, modificado por la Ley Nº 26643; En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052 - Ley Orgánica del Ministerio Público, concordante con el Art. 159º de la Constitución Política del Estado, y Artículo 49º inciso 5) del Reglamento de Organización y Funciones de la Fisca- lía Suprema de Control Interno Nº 337-98-MP-CEMP y su modificación Resolución Nº 726-98-MP-CEMP; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar FUNDADA la investiga- ción de oficio contra las doctoras Lina Lupe López Cerrón, Juez Provisional del Juzgado Mixto de Junín y Luz Mery Villanueva Camacho, Fiscal Provincial Provisional de la Fiscalía Provincial Mixta de Junín, por el delito Contra la Administración Pública (Corrupción de Funcionarios), previsto por el Art. 395º del Código Penal, modificado por la Ley Nº 26643, en consecuencia, decídase el ejercicio de la acción penal en su contra, remitiéndose los actuados al Fiscal Superior de Turno del Distrito Judicial de Junín, para los fines pertinentes. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presen- te resolución a los señores, Presidente de la Corte Supre- ma de Justicia de la República, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Vocal Supremo - Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Fiscal Supremo de la Fiscalía Suprema de Control Inter- no, Presidente de al Corte Superior de Justicia de Junín, Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de Junín, al Fiscal Superior Competente del Distrito Judicial de Junín, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 29319 Disponen el ejercicio de la acción pe- nal contra magistrado de la Fiscalía Superior Mixta de Loreto por presunto delito contra la administración pública RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 769-2001-MP-FN Lima, 15 de agosto de 2001 VISTO: El Oficio Nº 0910-2001-MP-F.SUPR.C.I. cursado por el doctor José Humberto Pereira Rivarola, Fiscal AdjuntoSupremo encargado de la Fiscalía Suprema de Control Interno, de fecha 15 de agosto del 2001, que contiene la investigación realizada contra el doctor Wilson Gerardo Angulo Flores, Fiscal Superior Provisional de la Primera Fiscalía Superior Mixta de Loreto, por el delito de Corrup- ción de Funcionarios; en el que ha recaído el Informe Nº 87-2001-MP-FN-SUPR.C.I. de fecha 15 de agosto del 2001; CONSIDERANDO: Que, de la investigación de oficio realizada, con motivo de la denuncia presentada por don Silio Segundo Torres Sánchez e Isabel Luisa Zumaeta Vergara contra el doctor Wilson Gerardo Angulo Flores, Fiscal Superior Provisional de la Primera Fiscalía Superior Mixta de Loreto, en la Presidencia de la Corte Superior de Loreto, en presencia del doctor Jorge Maldonado Vergara, Fis- cal Superior Titular de la Fiscalía Suprema de Control Interno, el doctor Armando Aristóteles Alvarez López, Presidente de la Corte Superior de Loreto y del doctor Roger Alberto Cabrera Paredes, Vocal Superior Titular, Presidente de la Comisión Distrital de Control de la Magistratura de Loreto, se llevó a cabo el día 14 de agosto del 2001 a las 16 horas el Operativo conjunta- mente entre el doctor Jorge Eduardo Maldonado Verga- ra, Fiscal Superior Titular y Presidente de la Comisión "B" de Procesos de la Fiscalía Suprema de Control Interno, el doctor Mario Alberto Gallo Zamudio, Fiscal Superior Titular Decano y Presidente de la Comisión Distrital Descentralizada de Loreto y personal policial, en el Despacho del Fiscal Superior antes citado, llegán- dose a incautar la suma de un mil nuevos soles, en billetes de cien nuevos soles, los mismos que previamente habían sido fotocopiados, que al ser cotejados corres- pondían a los billetes originales que fueron encontrados en el cajón superior izquierdo del escritorio del Fiscal Superior intervenido, los que anteriormente fueron en- tregados por los denunciantes, con el fin de que no formule acusación fiscal o en todo caso plantear acusa- ción formal en el Proceso Penal que se les viene siguien- do en la Sala Penal de Loreto por el delito de Peculado y Malversación de Fondos, en agravio del Comité de Reforestación de Iquitos, causa sometida al conocimien- to de dicho Magistrado, que estando a lo antes señalado y las Actas de fs. 02, 14, la propia aceptación del Fiscal Superior intervenido y demás actuados que se tiene a la vista, la conducta del doctor Wilson Angulo Flores, Fiscal Superior intervenido, se encuadra dentro de los elementos constitutivos del delito de Corrupción de Funcionarios previsto por el Art. 395º del Código Penal, modificado por la Ley Nº 26643; En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052 - Ley Orgánica del Ministerio Público, concordante con el Art. 159º de la Constitución Política del Estado y Artículo 49º inciso 5) del Reglamento de la Organización y Funciones de la Fiscalía Suprema de Control Interno Nº 337-98-MP-CEMP y su modificatoria Resolución Nº 726-98-MP-CEMP; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar FUNDADA la investiga- ción de oficio contra el doctor WILSON GERARDO ANGU- LO FLORES, Fiscal Superior Provisional de la Fiscalía Superior Mixta de Loreto, por el delito Contra la Adminis- tración Pública (Corrupción de Funcionarios); previsto por el Art. 395º del Código Penal, modificado por la Ley Nº 26643, en consecuencia, decídase el ejercicio de la acción penal en su contra, remitiéndose los actuados al Fiscal Supremo Competente, para los fines pertinentes. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente resolución a los señores, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Vocal Supremo - Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Fiscal Supremo de la Fiscalía Suprema de Control Interno, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Loreto, Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de Loreto y al Fiscal Supremo Competente, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 29324