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Pág. 209282 NORMAS LEGALES Lima, martes 28 de agosto de 2001 los cargos; asimismo, no se ha remitido documentación respecto de las citaciones a las sesiones del 31 de mayo, 19 y 28 de junio, 17 y 31 de julio del mismo año; Que, es imprescindible que el Regidor afectado sea debidamente notificado con el acuerdo de vacancia, a fin de no limitar el derecho de defensa que le asiste, y por ello, debe estar plenamente acreditada tal notificación; sin embargo en autos sólo se tiene, a fojas 63, el cargo del Oficio Nº 018-99-MDS/A con el que, según se indica, se notificó a don Elipio Valentín Evangelista Corsino con el acuerdo de vacancia adoptado el 24 de noviembre de 1999, registrándose en dicho documento que esta notifi- cación habría sido recibida el 1º de noviembre de 1999, lo que resulta contraproducente, pues como se ha visto, el acuerdo de vacancia tiene fecha posterior; Que, al no haberse subsanado las omisiones acotadas, pese al tiempo transcurrido, y encontrándose incomple- tos los documentos que determinen la eficacia de la declaración de vacancia de autos, debe declararse infun- dada la solicitud planteada por el Alcalde del Concejo Distrital de Succha; Por tales fundamentos, el Jurado Nacional de Eleccio- nes, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar infundada la solicitud planteada por don Jorge Benigno San Martín Ramírez, Alcalde del Concejo Distrital de Succha, de la provincia de Aija, departamento de Ancash; y, en consecuencia, nulo el acuerdo de Concejo de fecha 31 de julio de 2000 contenido en la Resolución de Alcaldía Nº 07-00-MDS/A del 30 de octubre de 2000 que declara la vacancia del cargo de Regidor que desempeña don Elipio Valentín Evangelista Corsino, quien continúa en ejercicio del cargo municipal para el que fue elegido. Artículo Segundo.- Las autoridades políticas y policiales prestarán las garantías que requiera el cum- plimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ - PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ DE VALDIVIA CANO BALLÓN - LANDA CÓRDOVA, Secretario General 29919 Convocan a candidata no proclamada para que ejerza cargo de regidora del Concejo Provincial de Paita RESOLUCIÓN Nº 628-2001-JNE Lima, 27 de agosto de 2001 Visto el Expediente Nº 796-2001 sobre vacancia del cargo de Regidor del Concejo Provincial de Paita que ejerce don Luis Antonio Bodero Coelho, iniciado el 5 de julio de 2001 a solicitud de don Germán Tay Ayón, Alcalde del referido Concejo, quien solicita se convoque al candidato suplente al haberse declarado la vacancia del citado cargo municipal por la causal de cambio de domicilio fuera de la jurisdicción; CONSIDERANDO: Que se ha configurado la causal de vacancia prevista en el numeral 4) del Artículo 26º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, referida al cambio de domici- lio fuera de la jurisdicción de la Municipalidad, respecto del cargo de Regidor del Concejo Provincial de Paita que ejercía don Luis Antonio Bodero Coelho; Que, tal como se aprecia con el documento de fojas 9 y 10, dicha causal de vacancia fue comunicada al Concejo por el propio Regidor mediante carta de fecha 28 de mayo de 2001, en la que señala que ha sido cambiado de colocación fuera de la jurisdicción de la provincia dePaita en la Caja de Beneficios y Seguridad Social del Pescador, entidad en la que labora, lo que determina el cambio de domicilio antes indicado, el que queda confir- mado con la certificación policial de fojas 37 sobre cons- tatación domiciliaria efectuada en el inmueble ubicado en el jirón 13 de Julio Nº 391 del Pueblo Joven "13 de Julio" de la ciudad de Paita, que fue el último domicilio en dicha ciudad de don Luis Antonio Bodero Coelho, habiéndose recogido el dicho de la ciudadana María Pauly Urbina, cuñada del mismo, quien manifestó que el Regidor vacado reside actualmente en el distrito de Miraflores de la provincia de Lima; Que con la copia certificada del acta de sesión ordina- ria del 28 de mayo de 2001, que corre de fojas 12 a 32, se acredita que el Concejo Provincial de Paita declaró la vacancia del cargo de Regidor de don Luis Antonio Bodero Coelho, mediante acuerdo aprobado con el voto unánime de sus integrantes, quedando cumplida la dis- posición en cuanto a la mayoría calificada que exige el primer párrafo del Artículo 27º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; Que el acuerdo de vacancia fue debidamente notifica- do al interesado, quien firmó el cargo correspondiente que obra en autos a fojas 33; sin que se haya interpuesto impugnación alguna al respecto; Que, en consecuencia, al hacerse efectiva la vacancia de autos, es aplicable el numeral 2) del Artículo 28º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, que dispone que, en los casos de vacancia, reemplazan a los Regido- res, los suplentes de sus respectivas listas, debiéndose convocar a la candidata no proclamada de la lista del Movimiento Independiente Vamos Vecino, doña Celesti- na Tocto Ojeda; Por tales fundamentos, el Jurado Nacional de Eleccio- nes, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Convocar a doña Celestina Toc- to Ojeda, candidata no proclamada de la lista del Movi- miento Independiente Vamos Vecino, para que ejerza el cargo de Regidor del Concejo Provincial de Paita, del departamento de Piura, en el período de gobierno muni- cipal 1999- 2002. Debiéndosele otorgar la credencial respectiva. Artículo Segundo.- Las autoridades políticas y po- liciales prestarán las garantías que requiera el cumpli- miento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLO DE VALDIVIA CANO BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 29920 MINISTERIO PÚBLICO Autorizan participación de fiscales y asistentes de función fiscal en el "Semi- nario sobre aplicación del Principio de Oportunidad" que se realizará en la ciudad de Lima RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 808-2001-MP-FN Lima, 27 de agosto de 2001 VISTO Y CONSIDERANDO: El Oficio Nº 086-2001-OPSD-MP, remitido al Institu- to de Investigaciones del Ministerio Público "Dr. Gonza- lo Ortiz de Zevallos Roedel", se ha considerado necesaria la programación del "SEMINARIO SOBRE APLICA-