Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2001 (26/02/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 26 de febrero de 2001

Articulo 22º.- ADUANAS comunicara al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, las infracciones cometidas por los concesionarios, a fin de que dicho sector adopte las medidas que correspondan, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Servicios y Concesiones Postales. Articulo 23º.- Es responsabilidad de ADUANAS que el despacho de los pequenos paquetes o encomiendas transportados por concesionarios postales se efectue con la celeridad y eficacia que la dinamica del trafico postal exige, para lo cual dictara las normas operativas necesarias. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Los concesionarios que operen terminales de almacenamiento postal se sujetan a las disposiciones establecidas en el Reglamento de Almacenes Aduaneros y adicionalmente a las contenidas en la Ley General de Aduanas y su Reglamento, en cuanto MORDAZA compatibles con la naturaleza de los pequenos paquetes o encomiendas postales y la rapidez inherente al trafico postal. Segunda.- Las disposiciones del presente reglamento son aplicables a los obsequios a que se refiere el inciso ll) del Articulo 83° de la Ley General de Aduanas. Tercera.- Derogase el Decreto Supremo Nº 071-98EF, con excepcion de sus Articulos 5º y 6º, asi como las demas disposiciones que se opongan a lo establecido en el presente Reglamento. Cuarta.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de febrero del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 18881

Aprueban Reglamento de Organizacion y Funciones de las Direcciones de Educacion de MORDAZA y Callao y de las Unidades de Servicios Educativos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 114-2001-ED MORDAZA, 22 de febrero de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 166-96-ED, publicado el 2 de agosto de 1996, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones de las Direcciones de Educacion de MORDAZA y del Callao y de las Unidades de Servicios Educativos; Que, el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 005-2001ED modifico la jurisdiccion de las Unidades de Servicios Educativos que integran al ambito de la Direccion de Educacion de MORDAZA y de la Direccion de Educacion del Callao; Que, de acuerdo a lo senalado en los considerandos precedentes, resulta necesario aprobar un MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones de las Direcciones de Educacion de MORDAZA y Callao y de las Unidades de Servicios Educativos que lo conforman; Con las visaciones de la Oficina de Apoyo a la Administracion y la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en los Decretos Leyes Nº 25762 y Nº 26510, Decretos Supremos Nº 51-95-ED, Nº 002-96-ED y Nº 74-95-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de las Direcciones de Educacion de MORDAZA y Callao y de las Unidades de Servicios Educativos que lo conforman, el cual consta de Cuatro (4) Titulos y Veintiun (21) Articulos, cuyo texto forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 166-96-ED. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA RUBIO MORDAZA Ministro de Educacion REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DE LAS DIRECCIONES DE EDUCACION DE MORDAZA Y DEL CALLAO Y DE LAS UNIDADES DE SERVICIOS EDUCATIVOS TITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO 1 DEL CONTENIDO Y ALCANCES Articulo 1º.- El presente Reglamento establece la organizacion y funciones de las Direcciones de Educacion de MORDAZA y del Callao y de las Unidades de Servicios Educativos -USE- que los conforman. CAPITULO 2 DE LA NATURALEZA Y FINES Articulo 2º.- Las Direcciones de Educacion de MORDAZA y del Callao, y las Unidades de Servicios Educativos que los conforman son organos desconcentrados del Ministerio de Educacion. · La Direccion de Educacion de MORDAZA es responsable del desarrollo y de la administracion de la educacion que se ofrece en las Instituciones de Educacion Superior no Universitaria de MORDAZA, depende de la Sede Central del Ministerio de Educacion y las coordinaciones con las diferentes Oficinas y Direcciones Nacionales del Ministerio de Educacion las realiza a traves de la Oficina de Coordinacion y Supervision Regional.

EDUCACION
Designan Director Regional de Educacion de Ucayali
RESOLUCION SUPREMA Nº 109-2001-ED MORDAZA, 23 de febrero de 2001 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director Regional de Educacion de Ucayali, cargo considerado de confianza, por lo que es necesario proceder a la designacion correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, en el Decreto Ley Nº 25515, en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- DESIGNAR a partir de la fecha de la presente Resolucion, a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Director Regional de Educacion de Ucayali, cargo considerado de confianza. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA RUBIO MORDAZA Ministro de Educacion 18882

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