Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2001 (26/02/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, lunes 26 de febrero de 2001

NORMAS LEGALES

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· Las Unidades de Servicios Educativos son responsables del desarrollo y administracion de la educacion que se ofrece en los Centros y Programas Educativos de su ambito jurisdiccional y dependen de la Direccion de Educacion de Lima. · La Direccion de Educacion del Callao es responsable del desarrollo y de la administracion de la educacion que se ofrece en los Centros y Programas Educativos y de las Instituciones de Educacion Superior no Universitaria de su ambito jurisdiccional, depende de la Sede Central del Ministerio de Educacion y las coordinaciones con las diferentes Oficinas y Direcciones Nacionales del Ministerio de Educacion las realiza a traves de la Oficina de Coordinacion y Supervision Regional. Articulo 3º.- Son fines de la Direccion de Educacion de MORDAZA y Direccion de Educacion del Callao: · El desarrollo integral del educando en concordancia con las exigencias del desarrollo socioeconomico de su region y del pais. · La prestacion de los servicios educativos, brindados con equidad, satisfaciendo plenamente las necesidades educativas del ambito jurisdiccional, buscando la excelencia del servicio. · La administracion del sistema educativo en el MORDAZA de la descentralizacion y la busqueda permanente de una educacion de excelencia. · Incentivar la participacion de la familia, la comunidad y los sectores de la actividad publica y privada en la gestion educativa. · Asegurar que las instituciones a su cargo cumplan con las funciones asignadas y con el logro de los objetivos. TITULO II DE LAS FUNCIONES Y ESTRUCTURA ORGANICA CAPITULO 1 DE LAS FUNCIONES Articulo 4º.- Son funciones de la Direccion de Educacion de Lima: a) Dirigir, coordinar, orientar y supervisar la aplicacion de la politica y normatividad en materia de educacion, cultura y recreacion. b) Monitorear la adecuacion, diversificacion curricular y la equidad de los servicios prestados en el departamento MORDAZA c) Asesorar y brindar asistencia tecnico pedagogica a las Unidades de Servicios Educativos a su cargo.

d) Promover y asesorar la ejecucion de las innovaciones, proyectos de investigacion y/o experimentacion pedagogica que lleva a cabo la Sede Central del Ministerio de Educacion. e) Impulsar la modernizacion y el MORDAZA de descentralizacion, promoviendo el trabajo en equipo, el desarrollo de la iniciativa y la creatividad generando sinergias. f) Promover, ejecutar y apoyar acciones de capacitacion permanente del personal, asi como el mejoramiento de la calidad educativa y el fortalecimiento de su capacidad de gestion. g) Supervisar y asegurar que las actividades educativas se desarrollen de acuerdo a lo programado, evitando la perdida de horas de clase en los Centros y Programas Educativos. h) Apoyar la medicion de la calidad de la educacion que ejecuta la Sede Central del Ministerio de Educacion. i) Gerenciar los recursos humanos, materiales, financieros y patrimoniales del departamento de MORDAZA y consolida el presupuesto a nivel departamental. j) Promover y suscribir convenios y contratos con entidades publicas o privadas, nacionales o extranjeras en coordinacion con los organos pertinentes de la Sede Central del Ministerio de Educacion - para lograr la cooperacion y apoyo a la educacion del departamento de Lima. k) Supervisar y evaluar la gestion de las Unidades de Servicios Educativos del departamento de Lima. Articulo 5º.- Son funciones de la Direccion de Educacion del Callao y de las Unidades de Servicios Educativos de Lima: a) Dirigir, coordinar, orientar y supervisar la aplicacion de la politica y normatividad en materia de educacion, cultura y recreacion de su ambito jurisdiccional. b) Asesorar y brindar asistencia tecnico pedagogica a las entidades educativas a su cargo, impulsando el trabajo pedagogico centrado en el aprendizaje, propiciando la innovacion, investigacion, adecuacion y diversificacion de los curriculos, mejoramiento de la utilizacion de los recursos educativos, desarrollo de programas de prevencion y acciones educativas de caracter no formal. c) Promover la adecuacion y diversificacion de los Programas Curriculares Basicos de los diferentes niveles y modalidades educativas a nivel de centro educativo y de aula. Asimismo brindar el apoyo y monitoreo permanente que garantice la implantacion y funcionamiento de los respectivos programas. d) Promover y asesorar a los centros y programas educativos la ejecucion de las innovaciones, proyectos de investigacion y/o experimentacion pedagogica que lleva a cabo la Sede Central del Ministerio de Educacion.

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos, Organismos Descentralizados, CTAR y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos en la Separata de Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas por publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Si las normas que ingresaran al Diario, en suma, tuvieran una extension mayor de tres (3) paginas de texto, se requerira la MORDAZA adjunta de diskette. 3.- Cualquiera sea la cantidad de paginas, si las normas contuvieran tablas o MORDAZA, estas deberan venir en diskette y trabajados en Excel y, si contuvieran graficos, estos deberan ser presentados en formato EPS o TIF a 600 DPI y en escala de grises.

LA DIRECCION

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