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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JULIO DEL AÑO 2001 (27/07/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 30

Pág. 207680 NORMAS LEGALES Lima, viernes 27 de julio de 2001 procesado VICENTE WILSON RIVERA GONZALEZ, por el delito de Tráfico Ilícito de Drogas en agravio del Estado Peruano; Que mediante el Informe Nº 006-2001-CEA de fecha 19 de julio de 2001, la Comisión encargada del estudio de las solicitudes de extradiciones activas propone acceder al pedido de extradición del referido procesado; Estando a lo dispuesto por el Artículo 13º del Decreto Supremo Nº 044-93-JUS, Artículos 37º y 38º de la Ley Nº 24710, inciso 5) del Artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, el Acuerdo sobre Extradición, celebrado en Caracas el 18 de julio de 1911; vigente entre el Perú y Colombia y la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas, firmada en Viena el 20 de diciembre de 1988; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el pedido de extradición, al Gobierno de Colombia del procesado VICENTE WILSON RIVERA GONZALEZ, por el delito de Tráfico Ilícito de Drogas en agravio del Estado Peruano. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores, y por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores DIEGO GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia 28086 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 320-2001-JUS Lima, 26 de julio de 2001 Visto el Informe Nº 008-2001-CEA de fecha 20 de julio de 2001, de la Comisión encargada del estudio de las solicitu- des de extradiciones activas, sobre el pedido de extradición del procesado MANUEL JESUS AIVAR MARCA o MA- NUEL JESUS AYBAR MARCA o MANUEL JESUS AIBAR MARCA, formulado por el Primer Juzgado Penal Especial de Lima; CONSIDERANDO: Que por Resolución de fecha 19 de julio de 2001, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declaró procedente la solicitud de extradición del procesado MANUEL JESUS AIVAR MARCA o MANUEL JESUS AYBAR MARCA o MANUEL JESUS AIBAR MAR- CA, por los delitos contra la administración pública - peculado y contra la tranquilidad pública -asociación para delinquir-, en agravio del Estado Peruano; Que mediante el Informe Nº 008-2001-CEA de fecha 20 de julio de 2001, la Comisión encargada del estudio de las solicitudes de extradiciones activas propone acceder al pedido de extradición del referido procesado; Estando a lo dispuesto por el Artículo 13º del Decreto Supremo Nº 044-93-JUS, Artículos 37º y 38º de la Ley Nº 24710, inciso 5) del Artículo 34º del Texto Único Ordena- do de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, el Tratado de Extradi- ción entre el Perú y los Estados Unidos de América de 1899 y de la Convención Interamericana contra la Co- rrupción de 1996; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el pedido de extradición, al Gobierno de los Estados Unidos de América del procesa- do MANUEL JESUS AIVAR MARCA o MANUEL JESUS AYBAR MARCA o MANUEL JESUS AIBAR MARCA, por los delitos contra la administración pública - peculado y contra la tranquilidad pública -asociación para delin- quir-, en agravio del Estado Peruano. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros yMinistro de Relaciones Exteriores, y por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores DIEGO GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia 28088 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 321-2001-JUS Lima, 26 de julio de 2001 Visto el Informe Nº 011-2001-CEA de fecha 20 de julio de 2001, de la Comisión encargada del estudio de las solicitu- des de extradiciones activas, sobre el pedido de extradición del procesado MANUEL AYBAR MARCA o MANUEL JESUS AIVAR MARCA, formulado por el Tercer Juzgado Penal Especial de Lima; CONSIDERANDO: Que por Resolución de fecha 18 de julio de 2001, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declaró procedente la solicitud de extradición del procesado MANUEL AYBAR MARCA o MANUEL JESUS AIVAR MARCA, por los delitos contra la vida, el cuerpo y la salud -homicidio calificado- y otros, en agravio de Pedro Valverde Baltazar y otros; Que mediante el Informe Nº 011-2001-CEA de fecha 20 de julio de 2001, la Comisión encargada del estudio de las solicitudes de extradiciones activas propone acceder al pedido de extradición del referido procesado; Estando a lo dispuesto por el Artículo 13º del Decre- to Supremo Nº 044-93-JUS, Artículos 37º y 38º de la Ley Nº 24710, inciso 5) del Artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial apro- bado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, el Tratado de Extradición entre el Perú y los Estados Unidos de América de 1899; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el pedido de extradición, al Gobierno de los Estados Unidos de América del procesado MANUEL AYBAR MARCA o MANUEL JESUS AIVAR MARCA, por los delitos contra la vida, el cuerpo y la salud -homicidio calificado- y otros, en agravio de Pedro Valverde Baltazar y otros. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores, y por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores DIEGO GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia 28089 Aceptan renuncia de Asesora de la Alta Dirección del Ministerio RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 319-2001-JUS Lima, 26 de julio de 2001