Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2001 (27/07/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, viernes 27 de MORDAZA de 2001
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que mediante Resolucion Suprema Nº 324-2000-JUS se designo a la doctora MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA VILLARAN como Asesora, nivel (F-5), de la Asesoria Tecnica de la Alta Direccion del Ministerio de Justicia; Que la mencionada funcionaria ha formulado renuncia al referido cargo, por lo que debe emitirse el acto administrativo correspondiente; De conformidad con lo establecido en los Decretos Legislativos Nºs. 560 y 595; y Decretos Leyes Nºs. 25515, 25957 y 25993; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia formulada por la doctora MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA VILLARAN, al cargo de Asesora, Nivel (F-5) de la Asesoria Tecnica de la Alta Direccion del Ministerio de Justicia, dandosele las MORDAZA por los importantes servicios prestados. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia 28087

Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MAYOR Viceministro de Justicia 27951

PRES
Sancionan con destitucion a ex funcionarios del ex CTAR Region MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 272-2001-PRES MORDAZA, 26 de MORDAZA del 2001 Visto, el Informe Nº 005-99/PRES/CEPAF de la Comision Especial de Procesos Administrativos para Funcionarios del Sector - Ministerio de la Presidencia -CEPAF-, designada mediante Resolucion Ministerial Nº 017-99-PRES y los Informes Nºs. 034-2000-PRES-PP, 075-2000-PRES-PP y 083-2001-PRES-PP del Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 061-99-PRES publicada con fecha 4 de marzo de 1999, se instauro MORDAZA administrativo disciplinario a los senores ingenieros MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Presidente Ejecutivo, y MORDAZA Fachin MORDAZA, ex Gerente de Operaciones del entonces Consejo Transitorio de Administracion Regional Region MORDAZA (CTAR Region Loreto), al estar comprendido el primero de los nombrados en presuntas faltas disciplinarias descritas en los literales a), b), c) y d) y el MORDAZA en presunta falta disciplinaria descrita en literal b) del numeral 5.7 del informe Final del Grupo Especial de Trabajo de la Comision de Fiscalizacion del Congreso de la Republica, de fecha 28 de enero de 1999; Que, la CEPAF designada mediante Resolucion Ministerial Nº 017-99-PRES, emitio el Informe Nº 005-99-PRES/ CEPAF de fecha 15 de MORDAZA de 1999, en el cual se formulan recomendaciones al Despacho Ministerial, respecto a las investigaciones efectuadas por el Grupo Especial de Trabajo de la Comision de Fiscalizacion del Congreso de la Republica, con relacion a las tres (3) denuncias formuladas por la Camara Peruana de la Construccion -CAPECO-, en las cuales se advierte irregularidades en la contratacion de obras que segun el monto del presupuesto base de las mismas, debieron ser efectuadas por el entonces CTAR Region MORDAZA, mediante Concurso Publico de Precios, y a las dos (2) denuncias aparecidas en el Diario "El Comercio", referentes a los contratos de obra adjudicados a la empresa contratista MORDAZA pese a que no contaba con certificado de contratacion y ademas la existencia de presunto vinculo familiar de los representantes de esta y otras empresas contratistas con el Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Reategui; Que, por los mismos hechos materia del MORDAZA administrativo disciplinario a que hace referencia la Resolucion Ministerial Nº 061-99-PRES, el Fiscal Penal de Maynas con fecha 16 de MORDAZA de 1999 formalizo denuncia penal contra los ingenieros MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Fachin MORDAZA, por los delitos de abuso de autoridad en la modalidad de incumplimiento de deberes funcionales y de concusion en la modalidad de colusion desleal en agravio del Estado, por lo que, al MORDAZA de lo dispuesto en el Articulo 139º, inciso MORDAZA de la Constitucion Politica del Peru y en el Articulo 4º de la Ley Organica del Poder Judicial, mediante Resolucion Ministerial Nº 111-99-PRES de fecha 27 de MORDAZA de 1999, se resolvio suspender el MORDAZA administrativo disciplinario instaurado por Resolucion Ministerial Nº 061-99-PRES, en tanto el Poder Judicial emitiera pronunciamiento firme respecto a tales hechos; Que, mediante los Informes Nºs. 034-2000-PRES-PP del 21 de marzo de 2000, 075-2000-PRES-PP del 29 de MORDAZA de 2000 y 083-2001-PRES-PP del 10 de MORDAZA de 2001, el Procurador Publico del PRES, informo sobre el estado del MORDAZA penal MORDAZA citado, haciendo de conocimiento que la

Autorizan a institucion funcionar como centro de conciliacion con sede en la MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 170-2001-JUS MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2001 Vista la solicitud de Registro Nº 09881, de fecha 4 de MORDAZA de 2001, de la asociacion Resources & Development Institute; CONSIDERANDO: Que la asociacion Resources & Development Institute, es una asociacion civil sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora; Que la mencionada institucion ha solicitado se le autorice para el funcionamiento como Centro de Conciliacion denominado Centro de Conciliacion "C'Concilia", con sede en la MORDAZA de Lima; Que conforme obra del acta de inspeccion ocular de fecha 20 de junio del 2001, se realizo la constatacion respectiva en las instalaciones e infraestructura fisica de su Centro de Conciliacion; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion, y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla para funcionar como Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 706-2001-JUS/ DM-STC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud de la asociacion Resources & Development Institute; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, modificada por Ley Nº 27398 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS y Resolucion Ministerial Nº 3502000-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR a la asociacion Resources & Development Institute, a funcionar como Centro de Conciliacion denominado Centro de Conciliacion "C'Concilia", con sede en la MORDAZA de Lima.

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