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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JULIO DEL AÑO 2001 (27/07/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 75

Pág. 207725 NORMAS LEGALES Lima, viernes 27de julio de 2001 N° DENOMINACION REQUISITOS Derecho CALIFICACION Dependencia Autoridad Recursos de DE PROCEDIMIENTO de Pago Auto- Evaluación No donde se inicia Competente Impugnativos or- mático Previa regu- el trámite para Aprobación den Posi- Nega- lado tivo tivo impositivas tributarias vigentes a la fecha de presentación de la solicitud; 2. Currículum vitae de los accionistas, socios, directores, gerentes y del representante legal, el cual deberá estar inscrito en el registro como ajustador de siniestros y/o perito de seguros persona natural; y, 3. Declaración jurada de las personas antes mencionadas de no encontrarse sujetas a los impedimentos señalados en la norma correspondiente. III. Adicionalmente, para ambos tipos de personas: 1. No ser objeto de tachas u objeciones válidas en la publicación efectuada de la solicitud de inscripción. 2. Aprobar satisfactoriamente los sistemas de evaluación vigentes. Culminada satisfactoriamente la etapa de evaluación, los solicitantes procederán a pagar la contribución anual proporcional correspondiente y contratar la garantía por el cabal cumplimiento de sus responsabilidades según la norma pertinente. B. Suspensión y cancelación de inscripción en el Registro Se le aplica lo establecido en el literal B del procedimiento 47. 49 Autorización, suspensión A. Autorización para inscripción en el Registro Inafecto X Trámite Superintendente Recursos de y cancelación de Presentar solicitud con los siguientes documentos: Documentario de Banca y impugnación inscripción de Empresas 1. Certificado que acredite la autorización para reasegurar riesgos Seguros conforme al de Reaseguros cedidos desde el extranjero, con indicación de su fecha de inicio, procedimiento Extranjeras en el ramos de seguros que puede reasegurar y la inexistencia de N° 72 Registro impedimento legal para pagar indemnizaciones, en moneda de libre convertibilidad, derivadas de los reaseguros cedidos desde el extranjero, emitido por la autoridad competente del país de origen dentro de los sesenta (60) días calendario anteriores a su presentación. 2. Memoria del último año que contenga los estados financieros auditados por auditores independientes. 3. Copia del Estatuto Social de la empresa o su equivalente con certificación de vigencia expedida por autoridad competente del país de origen. 4. Último informe emitido por una empresa clasificadora de riesgos de reconocido prestigio internacional. 5. Copia legalizada del poder otorgado a un residente en el país, debidamente inscrito en los Registros Públicos, para que en calidad de representante legal, ejerza su representación con las facultades generales y especiales del mandato. En caso de ser persona jurídica, se deberá presentar copia de la escritura pública de constitución social y copia legalizada del acuerdo del órgano social correspondiente en el que se acepta la representación. 6. Currículum vitae del representante legal. 7. Declaración jurada del representante legal de no encontrarse sujeto a los impedimentos señalados en la norma correspondiente. 8. Relación de personas con las que la empresa solicitante se encuentra vinculada y personas jurídicas con las que conforma grupo económico, de acuerdo a la reglamentación de esta Superintendencia vigente sobre la materia. 9. Constancia de contar con un patrimonio permanente no menor de diez millones ($10,000,000.00) de dólares americanos o su equivalente en otras divisas, emitida por la autoridad competente del país de origen. Adicionalmente: 1. No ser objeto de tachas u objeciones válidas en la publicación efectuada de la solicitud de inscripción. 2. Aprobar satisfactoriamente los sistemas de evaluación vigentes. Una vez inscrito el interesado deberá de abonar la contribución anual proporcional correspondiente. B. Suspensión y cancelación de inscripción en el Registro Se le aplica lo establecido en el literal B del procedimiento 47. 50 Autorización, suspensión A. Autorización para inscripción en el Registro Inafecto X Trámite Superintendente Recursos de y cancelación de I. Corredores de Reaseguros Nacionales : Documentario de Banca y impugnación de Corredores de Presentar solicitud con los siguientes documentos: Seguros conforme al Reaseguros en el 1. Proyecto de Minuta de Constitución Social, consignando como objeto procedimiento Registro social exclusivo la prestación de servicios de intermediación de N° 72 reaseguros y como capital social un monto no menor de veinticinco mil ($ 25,000) dólares americanos; 2. Currículum vitae de los accionistas, socios, directores, gerentes y del representante legal; y. 3. Declaración jurada de las personas antes mencionadas de no encontrarse sujetas a los impedimentos señalados en la norma correspondiente. II. Corredores de Reaseguros Extranjeros 1. Certificado de la autoridad competente del país de origen que acredite la autorización para intermediar la colocación de riesgos cedidos desde el extranjero por un plazo no menor de tres (3) años, con indicación de la fecha de inicio de la autorización y de los ramos de seguros en los que puede operar. Dicho certificado debe haber sido emitido dentro de los sesenta (60) días calendario anteriores a su presentación; 2. Memoria del último año que contenga los estados financieros auditados por auditores independientes; 3. Copia del estatuto social o su equivalente, con certificación de la vigencia expedida por la autoridad competente del país de origen; 4. Copia legalizada del poder otorgado a un residente en el país, debidamente inscrito en Registros Públicos, para que en su calidad de representante legal ejerza la representación con las facultades generales y especiales del mandato. En caso de ser persona jurídica se deberá presentar copia de la escritura pública de constitución social y copia legalizada del acuerdo del órgano social correspondiente aceptando la representación; 5. Currículum vitae del representante legal; 6. Relación de los mercados en los que opera, indicando el monto de los reaseguros que hayan intermediado y de cualquier otro tipo de operaciones que realicen; y,