Norma Legal Oficial del día 29 de julio del año 2001 (29/07/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, MORDAZA 29 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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provincias (Camara de Comercio, ONGs, Clubes de MORDAZA, Gremios, entre otros) encargado de supervisar la realizacion de las funciones del Comite de Desarrollo y la implementacion de las propuestas por parte de las unidades ejecutoras seleccionadas (estas ultimas pueden ser entidades publicas, ONGs u otras entidades de la sociedad civil). Los informes de supervision seran remitidos a los alcaldes distritales y provinciales del departamento y al gobierno central a traves de la Presidencia de Consejo de Ministros. 27974

La Secretaria Tecnica de la Comision Multisectorial, sera ejercida por el Ministerio de Energia y Minas. De ser necesario, podran incorporarse posteriormente otros organismos, por Resolucion del Titular del Ministerio de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. Emb. MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 27973

AGRICULTURA Constituyen Comision Multisectorial que coordinara acciones para alcan- Aprueban el Reglamento General de la zar desarrollo sostenible en area del Ley MORDAZA de Sanidad Agraria Callejon de Conchucos y zonas de inDECRETO SUPREMO fluencia de operaciones de la CompaNº 048-2001-AG nia Minera Antamina S.A. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 141-2001-PCM MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2001 CONSIDERANDO: Que, el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, el Ministerio de Energia y Minas - MEM y la Compania Minera Antamina S.A. - CMA vienen trabajando conjuntamente en la ejecucion de una iniciativa de desarrollo sostenible para el area de influencia de operaciones de esta MORDAZA empresa en base a los avances logrados en los ultimos anos; Que, dicha iniciativa constituye una propuesta para el desarrollo y potencialidad de la region, el manejo de sus recursos de manera sostenible y la capacitacion de sus pobladores, con el objeto de alcanzar una mejora real y permanente en sus niveles de MORDAZA y contribuir con ello a un efectivo MORDAZA de descentralizacion; Que, en apoyo de la iniciativa de desarrollo sostenible, es necesario conformar una Comision Multisectorial que impulse, coordine e integre esfuerzos y acciones para alcanzar el desarrollo sostenible para el area del Callejon de Conchucos y zonas de influencia de las operaciones de la Compania Minera Antamina S.A., en el departamento de Ancash; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y el Decreto Ley Nº 21292: SE RESUELVE: Articulo 1º.- Constituyase una Comision Multisectorial encargada de impulsar y coordinar las acciones necesarias para alcanzar el desarrollo sostenible en el area del Callejon de Conchucos y zonas de influencia de las operaciones de la Compania Minera Antamina S.A., en el departamento de Ancash; a fin de posibilitar que los conductores de esta iniciativa integren esfuerzos y acciones para alcanzar el desarrollo sostenible. Articulo 2º.- La Comision Multisectorial estara conformada de la manera siguiente: - Un (1) representante del Ministerio de Energia y Minas, quien la presidira; - Un (1) representante del Ministerio de Educacion; - Un (1) representante del Ministerio de Salud; - Un (1) representante del Ministerio de Agricultura; - Un (1) representante del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales; - Un (1) representante del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; - Un (1) representante del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo; - Un (1) representante de la Compania Minera Antamina S.A.; - Un (1) representante del CARITAS de la Region; y, - Un (1) representante del CTAR ANCASH. CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 27322, de fecha 22 de MORDAZA de 2000, se aprobo la Ley MORDAZA de Sanidad Agraria; Que, a efectos de su mejor aplicacion, debe reglamentarse la Ley MORDAZA de Sanidad Agraria, acorde con los principios contenidos en la Convencion Internacional de Proteccion Fitosanitaria (CIPF), las directrices emanadas de la Oficina Internacional de Epizootias (OIE) y las disposiciones contenidas en el Acuerdo sobre la Aplicacion de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la Organizacion Mundial del Comercio (OMC); Que, la sanidad agraria es prioritaria para el desarrollo agrario nacional, por lo que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA en tanto Autoridad Nacional en la materia; propone, dicta y ejecuta segun el caso, las medidas fito y zoosanitarias necesarias a efectos de prevenir la introduccion, establecimiento y diseminacion de plagas y enfermedades que afectan la produccion agraria nacional, asi como controlarlas y erradicarlas; De conformidad con lo dispuesto por el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Legislativo Nº 560, Ley Nº 27322 y Decreto Supremo Nº 24-95-AG y; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebase el Reglamento General de la Ley MORDAZA de Sanidad Agraria, el cual consta de 57 articulos, 8 titulos, 11 capitulos y 2 Disposiciones Complementarias y una Transitoria, que forman parte del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- El presente Decreto sera refrendado por el Ministro de Agricultura y entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de MORDAZA del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA AMAT Y MORDAZA Ministro de Agricultura REGLAMENTO GENERAL DE LA LEY MORDAZA DE SANIDAD AGRARIA TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- Referencias. Para efectos del presente reglamento, se entendera por Ley, a la Ley Nº 27322, Ley MORDAZA de Sanidad Agraria, y cuando se haga referencia al SENASA se entendera referido al Servicio Nacional de Sanidad Agra-

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