Norma Legal Oficial del día 29 de julio del año 2001 (29/07/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 29 de MORDAZA de 2001

contra los actos administrativos que generen las sanciones. TITULO VII DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Deroguese el Decreto Supremo Nº 0017 del 4 de MORDAZA de 1949, Decreto Supremo 016-76-AL del 28 de octubre de 1976, Resolucion Ministerial Nº 061793-AG del 21 de diciembre de 1993, Resolucion Ministerial Nº 399-99-AG y demas que se opongan al presente Decreto Supremo. Segunda.- Toda disposicion legal emitida por el SENASA, cualquiera sea su denominacion, constituye una MORDAZA exigible a los agentes y operadores en sanidad agropecuaria que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, para que dicha exigibilidad sea efectiva. En caso contrario, carecera de efectos legales. TITULO VIII DISPOSICION TRANSITORIA Primera.- Concedase el plazo de noventa (90) dias a efectos que el SENASA adecue sus reglamentos especificos a lo dispuesto en el presente Reglamento incluyendo las sanciones accesorias adicionales que serian aplicables en cada caso. 28286

Articulo 3º.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion de tributos ni demas derechos aduaneros. Articulo 4º.- El profesional cuyo viaje se autoriza, debera presentar a la Jefa del SENASA un informe sobre la mision encomendada, dentro de los quince (15) dias posteriores a su retorno al pais. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA AMAT Y MORDAZA Ministro de Agricultura 28147

Amplian plazo de designacion de promotores del Programa de Reprogramacion de Creditos Agropecuarios creado mediante el D.U. Nº 031-2000
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0872-2001-AG MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0466-2001AG de fecha 28 de MORDAZA de 2001, se designo hasta el 31 de MORDAZA de 2001 a diversos promotores del Programa de Reprogramacion de Creditos Agropecuarios creado a traves del Decreto de Urgencia Nº 031-2000; Que el plazo de acogimiento al citado programa vencio el 30 de junio de 2001, conforme al plazo establecido en la Ley Nº 27422, encontrandose a la fecha pendientes de atencion un considerable numero de solicitudes presentadas; Que, resulta necesario ampliar el plazo de designacion de los promotores designados mediante la Resolucion Ministerial Nº 0466-2001-AG; De conformidad con el Decreto de Urgencia Nº 0312000, la Ley Nº 27422 y el Decreto Supremo Nº 017-2001AG; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Ampliar hasta el 31 de octubre de 2001 la designacion de los promotores del Programa de Reprogramacion de Creditos Agropecuarios creado a traves del Decreto de Urgencia Nº 031-2000, a que se refiere la Resolucion Ministerial Nº 0466-2001-AG. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA AMAT Y MORDAZA Ministro de Agricultura 28145 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0879-2001-AG MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 435-2001AG de fecha 17 de MORDAZA de 2001, se designo hasta el 31 de MORDAZA de 2001 a los promotores del Programa de Reprogramacion de Creditos Agropecuarios creado a traves del Decreto de Urgencia Nº 031-2000; Que, a la fecha de vencimiento del plazo de acogimiento, esto es al 30 de junio de 2001, se ha incrementado el numero de solicitudes de agricultores para acogerse al citado programa; Que, resulta necesario ampliar el plazo de designacion hasta el 31 de octubre de 2001; De conformidad con el Decreto de Urgencia Nº 0312000, la Ley Nº 27422 y el Decreto Supremo Nº 017-2001AG;

Autorizan viaje de representante del SENASA a El MORDAZA, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0789-2001-AG MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2001 VISTO: El Oficio Nº 1738-2001-AG-SENASA, de la Jefa del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, y la Carta s/n de la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de fecha 14 de MORDAZA del 2001; en la cual se solicita la designacion de un funcionario de SENASA Peru, para la supervision sanitaria de las pruebas necesarias de un equino para la importacion desde El Salvador; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el documento del visto, se solicita la designacion de un profesional del SENASA para la visita de inspeccion sanitaria y verificar el cumplimiento de los requerimientos zoosanitarios establecidos por el SENASA para la importacion de un equino procedente de El Salvador; Que, es necesario garantizar el optimo estado sanitario de los animales a importarse al MORDAZA a fin de no introducir enfermedades infecto-contagiosas que puedan crear problemas sanitarios a la poblacion equina nacional; Que, la visita de inspeccion del funcionario sera financiado integramente por la empresa interesada en la importacion del equino procedente de El Salvador; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 0482001-PCM y 053-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del M.V. MORDAZA HALZE MORDAZA, Coordinador de Sanidad Animal del SENASA MORDAZA - Callao, a la MORDAZA de El MORDAZA, por el periodo comprendido entre el 26 al 30 de MORDAZA de 2001, para realizar la inspeccion sanitaria y verificar el cumplimiento de los requisitos zoosanitarios, para la importacion de un equino procedente de El Salvador. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion seran asumidos en su totalidad por el importador del equino y no originaran egreso al Estado.

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