Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2001 (20/06/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 20 de junio de 2001

4.4. Calendario de compromisos La correspondiente Unidad Ejecutora prevera en la partida especifica 30 "Bienes de Consumo" (material farmacologico) de sus respectivos calendarios mensuales de compromisos los importes totales estimados para cada uno de los meses del requerimiento remitido a la OGA, que cubrira cada monto de sus correspondientes Ordenes de Compra. 4.5. Consolidacion de Requerimientos La Unidad de Licitaciones de la OGA recepcionara los Requerimientos de todas las Unidades Ejecutoras del Pliego Ministerial Salud y los consolidara, integrandolos en el proyecto de Bases Administrativas que elevara a consideracion del Comite Especial designado por el Titular del Pliego para conducir la Licitacion Publica referenciada. 4.6. Comunicacion de Resultados Una vez otorgada la Buena Pro a los postores de los items correspondientes, la OGA comunicara a las Unidades Ejecutoras los resultados obtenidos a cada una de ellas, a efecto de que suscriban los respectivos contratos con los postores seleccionados, con las formalidades establecidas en los Decretos Supremos Nº 012 y 013-2001PCM. 4.7. Giro de Ordenes de Compra Una vez suscrito los contratos, las Unidades Ejecutoras procederan a girar sus respectivas Ordenes de Compra para el suministro de los medicamentos a los diversos proveedores seleccionados, comprometiendo el gasto con cargo al Calendario de Compromiso de ese mes. 4.8. Suministro de los Productos Los proveedores suministraran mensualmente los medicamentos contratados por las Unidades Ejecutoras y les remitira las respectivas facturas para devengar el gasto y proceder al pago correspondiente. 4.9. Control de Calidad El Comite Especial definira la instancia y el equipo a cargo del control de calidad de los medicamentos, los cuales seran definidos para su incorporacion en las bases, con el apoyo del Area de Control de Calidad de la Unidad de Licitaciones, disponiendo los analisis organolepticos y las pesquisas a los lotes de medicamentos seleccionados. 4.10. Recepcion Cada Direccion de Salud, Hospitales e Institutos Especializados recepcionara los medicamentos requeridos conforme el contrato suscrito por cada Unidad Ejecutora y en la oportunidad respectiva de entrega, de acuerdo a la normatividad vigente. 4.11. Pago Cada Unidad Ejecutora se encargara del pago de los medicamentos recepcionados de acuerdo al contrato suscrito, en la oportunidad y conforme a las facturas presentadas por el proveedor adjuntando los documentos sustentatorios pertinentes. V. CONSIDERACIONES TRANSITORIAS. Previa autorizacion de la Direccion de Salud LimaSur, la Unidad Ejecutora Servicios Basicos de Salud Canete - Yauyos podra adquirir sus medicamentos a traves de la Adquisicion Centralizada materia de la presente Directiva. Las Direcciones Regionales y Subregionales de Salud pertenecientes a la CTARs podran, de estimarlo conveniente, incluir sus requerimientos en las adquisiciones de medicamentos conforme lo establecido en la presente Directiva. VI. RESPONSABILIDADES Seran responsables del cumplimiento de las normas establecidas en la presente Directiva, los siguientes funcionarios: El Director de cada Direccion de Salud, Hospital e Instituciones Especializadas: De remitir al Director General de Administracion del MINSA el Requerimiento de medicamentos correspondientes a la unidades operativas a su cargo.

El Director de Administracion o quien haga sus veces en cada Unidad Ejecutora sera responsable que se: Suscriba el contrato respectivo, emita las correspondientes Ordenes de Compra, autorice el compromiso derivado de su emision, devengue el gasto comprometido y apruebe el pago correspondiente. El encargado del Almacen de la Direccion de Salud, Hospitales e Institutos Especializados y del Director de Medicamentos o Jefe de Servicios de Farmacia o su Equivalente: De dar conformidad a la recepcion de los medicamentos adquiridos y de su oportuna distribucion. El Director Ejecutivo de Logistica del MINSA: De disponer las acciones pertinentes para la oportuna consolidacion de los requerimientos de medicamentos solicitados por las Direcciones de Salud, Hospitales e Institutos Especializados y de la formulacion del proyecto de bases administrativas de la Licitacion. El Director General de Administracion del MINSA: De supervisar las actividades del MORDAZA Licitario, velando por su cumplimiento en las fechas establecidas, asi como presidir el Comite Especial encargado de su conduccion.
RELACION DE MEDICAMENTOS PARA LA LICITACION CENTRALIZADA
N° CODIGO DESCRIPCION UNIDAD CANTIDAD PRECIO REQUERIDA REFERENCIAL

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52

590300001 ACICLOVIR 200 MG 590300003 ACICLOVIR 3 % UNGUENTO 590050001 ACIDO ACETILSALICILICO 500 MG 591300003 ACIDO ASCORBICO 500 MG 590600001 ACIDO CROMOGLICICO (CROMOGLICATO SODICO) AEROSOL 590850002 ACIDO FOLICO 0.5 - 1 MG 591420011 ACIDO NALIDIXICO 250 MG X 5 ML. SUSPENSION 591420022 AGUA DESTILADA 02 ML. 591250002 AGUA DESTILADA 05 ML. 591250004 AGUA DESTILADA 10 ML. 591250005 AGUA DESTILADA 20 ML. 590350001 ALBENDAZOL 100 MG / 5 ML 590350002 ALBENDAZOL 200 MG 590300004 AMIKACINA 100 MG / 2 ML 590250023 AMIKACINA 250 MG/2ML 591300061 AMINOACIDOS 8.5% 590600003 AMINOFILINA 25 MG / ML 591420032 AMITRIPTILINA CLORHIDRATO 10 MG. 591200002 AMITRIPTILINA CLORHIDRATO 25 MG 591420035 AMOXICILINA 125 MG X 5 ML. SUSP. 590300008 AMOXICILINA 250 MG 590300007 AMOXICILINA 250 MG / 5 ML SUSPENSION 590300009 AMOXICILINA 500 MG 590300012 AMPICILINA CON DILUYENTE 01 G 590300013 AMPICILINA SODICA 500 MG 590250023 ATROPINA 0.5 MG / ML 590550005 ATROPINA 250 MCG / ML 590250002 ATROPINA SULFATO 1 MG / ML 590400003 AZATIOPRINA 50 MG 590300047 BARIO SULFATO 590300137 BARIO SULFATO RECTAL 590300018 BENZATINA BENCILPENICILINA 1,200,000 U.I. 590650046 BENZOATO DE BENCILO 25% X 120 ML 591250009 BICARBONATO DE SODIO AL 8.4 % X 20 ML 590950006 BIPERIDENO CLORHIDRATO 2 MG 590950007 BIPERIDENO LACTATO 5 MG / ML 590800002 BROMOCRIPTINA 2.5 MG (COMO MELISATO) 590100004 BUPIVACAINA 0.5 % X 20 ML. 590880002 CALCITONINA 100 U.I. 590950009 CARBAMAZEPINA 200 MG (TABLETA RANURADA) 591420075 CEFAZOLINA X 01 G (COMO SAL SODICA) 590300027 CEFTAZIDIMA 1 G 590300121 CEFTRIAXONA 1 G 590400010 CICLOSPORINA 100 MG / ML SOLUCION ORAL 590300032 CIPROFLOXACINO 250 MG (COMO CLORHIDRATO) 590300033 CIPROFLOXACINO 500 MG (COMO CLORHIDRATO) 590300112 CLINDAMICINA 591420097 CLINDAMICINA 300 MG (COMO CLORHIDRATO) 590300034 CLINDAMICINA 600 MG / 4 ML 591420099 CLOMIPRAMINA CLORHIDRATO 10 MG. 591200004 CLOMIPRAMINA CLORHIDRATO 25 MG. 590950038 CLONAZEPAM 0.5 MG

TAB POT TAB TAB INH TAB FCO AMP AMP AMP AMP FCO TAB AMP AMP FCO AMP TAB TAB FCO TAB FCO TAB AMP AMP AMP AMP AMP TAB FCO ENV AMP FCO AMP TAB AMP TAB AMP AMP TAB AMP AMP AMP FCO TAB TAB AMP TAB AMP TAB TAB TAB

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