Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2001 (20/06/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 20 de junio de 2001

h) Promover y difundir la conciliacion como mecanismo alternativo de resolucion de conflictos; i) Establecer y mantener relaciones de coordinacion y apoyo con instituciones publicas o privadas, nacionales o internacionales vinculadas al area de su competencia; j) Promover la firma de convenios con instituciones publicas y privadas para la capacitacion de los conciliadores; k) Promover y realizar estudios sobre conciliacion; l) Disenar los documentos de gestion y formatos MORDAZA para los Centros de Conciliacion: m) Mantener actualizada la estadistica de los Centros de Conciliacion, Centros de Formacion y Capacitacion de Conciliadores y de Acreditacion de Conciliadores Extrajudiciales; n) Disenar. organizar, conducir, supervisar y evaluar el servicio de pasantia de los aspirantes a conciliadores extrajudiciales, en los Centros de Conciliacion Gratuitos del Ministerio de Justicia o en los Centros de Conciliacion Privados, de acuerdo a la reglamentacion pertinente y a los convenios celebrados con estos ultimos, en su caso; o) Realizar publicaciones sobre la conciliacion y otros temas relacionados a los mecanismos alternativos de resolucion de conflictos; y, p) Las demas funciones que le asigne el Viceministro. Articulo 97º.- La estructura organica de la Secretaria Tecnica de Conciliacion es la siguiente: Organo de Direccion - Secretaria Tecnica Organo de Linea - Subdireccion de Supervision y Control de Centros de Conciliacion Organo Desconcentrado Escuela Nacional de Conciliacion Extrajudicial
ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA SECRETARIA TECNICA DE CONCILIACION

DEL CONSEJO DE DEFENSA JUDICIAL DEL ESTADO Articulo 99º.- El Consejo de Defensa Judicial del Estado, constituido por los Procuradores Publicos, propone politicas, coordina, supervisa y evalua la defensa de los intereses del Estado, emite opinion sobre las cuestiones legales de interes para la defensa del Estado, absuelve las consultas que le plantee cualquier Procurador sobre asuntos a su cargo, se pronuncia sobre la creacion de nuevas Procuradurias Publicas y emite opinion tecnica para la designacion de los Procuradores Publicos, Procuradores Publicos Adjuntos y Procuradores Publicos Ad Hoc; y resuelve los problemas de competencia que se presenten. La defensa de los asuntos e intereses de los organos de gobierno regional y su representacion en juicio esta a cargo de los Procuradores Publicos segun el Sector que corresponda. DEL CONSEJO DEL NOTARIADO Articulo 100º.- El Consejo del Notariado propone las normas que se requieren para el mejor desenvolvimiento de la funcion notarial y supervigila el cumplimiento de las normas de su competencia. En las provincias de MORDAZA y del Callao, el Presidente del Consejo presidira el MORDAZA del Concurso Publico de Meritos para el ingreso a la funcion notarial. En los demas casos presidira el MORDAZA la persona que designe el Consejo. El Consejo del Notariado cuenta con una Secretaria Tecnica que le brinda apoyo tecnico y administrativo. DEL CONSEJO DE SUPERVIGILANCIA DE FUNDACIONES Articulo 101º.- El Consejo de Supervigilancia de Fundaciones es el organo de competencia nacional encargado del control, supervision y vigilancia de las fundaciones nacionales y la fiscalizacion de las filiales extranjeras en el territorio nacional, asi como de la supervision del cumplimiento de la legislacion y estatutos que las rigen, y de llevar el Registro Administrativo Nacional de Fundaciones. Propone normas para el mejor funcionamiento de las fundaciones. Cuenta con una Secretaria Tecnica que le brinda apoyo tecnico y administrativo. DEL CONSEJO NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS Articulo 102º.- El Consejo Nacional de Derechos Humanos es el encargado de promover, coordinar y difundir la tutela y vigencia de los derechos fundamentales de la persona, asesorando al Poder Ejecutivo en dicho ambito. Cuenta con una Secretaria Ejecutiva, encargada de brindarle el apoyo tecnico administrativo DEL CONSEJO DE LA ORDEN DEL SERVICIO CIVIL Articulo 103º.- El Consejo de la Orden del Servicio Civil es el encargado de evaluar y proponer a las personas, cuya labor las hace merecedoras, a la condecoracion de la Orden del Servicio Civil del Estado. DEL CONSEJO DE SUPERVISION DE FEDATARIOS JURAMENTADOS CON ESPECIALIZACION EN INFORMATICA Articulo 104º.- El Consejo de Supervision de Fedatarios Juramentados con Especializacion en Informatica, es el encargado de proponer las normas que se requieran para su mejor desenvolvimiento, supervisa la realizacion de los programas de especializacion, formacion y capacitacion para el otorgamiento del certificado de idoneidad tecnica para Fedatario Juramentado y los cursos de actualizacion y capacitacion continua para efectos de su ratificacion, asi como la acreditacion de las asociaciones de fedatarios juramentados.

SECRETARIA TECNICA

SUBDIRECCION DE SUPERVISION Y CONTROL DE CENTROS DE CONCILIACION

ESCUELA NACIONAL DE CONCILIACION EXTRAJUDICIAL

CAPITULO IX DE LOS CONSEJOS Y COMISIONES Articulo 98º.- La organizacion, conformacion y funciones de los Consejos y Comisiones se rigen por la MORDAZA de creacion y su propio Reglamento.

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