Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2001 (20/06/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 20 de junio de 2001

la MORDAZA de Canberra, Commonwealth de Australia, el dia 19 de junio del ano 2001. 2.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al Embajador MORDAZA MORDAZA Garaycochea Bustamante. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores 25655

Articulo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el articulo precedente, seran financiados con cargo al presupuesto del Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA) -Ministerio de Agricultura-. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores 25656

SALUD Autorizan al INRENA efectuar el pago de cuotas a diversos organismos Aprueban Directiva para la adquisiinternacionales cion centralizada de medicamentos RESOLUCION SUPREMA para las Direcciones de Salud, HospiNº 266-2001-RE tales e Institutos especializados del MORDAZA, 19 de junio de 2001 Pliego Ministerio de Salud
VISTO: El Oficio Nº 682-2001-INRENA-J-OP, de 30 de MORDAZA de 2001, del Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA) -Ministerio de Agricultura-, en el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la elaboracion de la Resolucion Suprema que autorice el pago de las cuotas de los anos 1998, 1999, 2000 y 2001 a organismos internacionales de los cuales el Peru es miembro; CONSIDERANDO: Que, el numeral 17.3 del Articulo 17º del Decreto Legislativo Nº 909, que aprueba la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2001, autoriza a las entidades del sector publico a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Peru es MORDAZA miembro; Que, es obligacion del Peru cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales priorizados de manera que permita potenciar la capacidad de negociacion en las gestiones diplomaticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperacion de asistencia tecnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de las cuotas de los anos 1998, 1999, 2000 y 2001 a organismos internacionales, con cargo al presupuesto del Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA) Ministerio de Agricultura-; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA) -Ministerio de Agricultura-, efectuar el pago de CUARENTICUATRO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 44 230,00), a los siguientes organismos internacionales:
ORGANISMOS CONVENCION RELATIVA A HUMEDALES DE IMPORTANCIA INTERNACIONAL ESPECIALMENTE COMO HABITAT DE AVES ACUATICAS (RAMSAR) Pago del saldo de la cuota ano 2000 y cuota del ano 2001 CONVENIO SOBRE EL COMERCIO INTERNACIONAL DE ESPECIES AMENAZADAS DE MORDAZA Y FAUNA MORDAZA (CITES) Pago de las cuotas anos 1998, 1999, 2000 y pago parcial de la cuota del ano 2001 CONVENCION PARA LA CONSERVACION DE ESPECIES MIGRATORIAS Y DE ANIMALES SILVESTRES (CMS) Pago del saldo de la cuota ano 1998 y cuota del ano 1999 NUEVOS SOLES 10 022,00

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 336-2001-SA/DM MORDAZA, 18 de junio del 2001 Visto el Oficio OGA Nº 1713-2001, del Director General de Administracion; CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 062-2001-PCM se establece un Regimen Especial para las adquisiciones de medicamentos a realizarse por el Ministerio de Salud, Seguro Social de Salud (Essalud), las Dependencias de la Sanidad de las Fuerzas Armadas y de la Sanidad de las Fuerzas Policiales; Que con Resolucion Ministerial Nº 296-2001-SA/DM, se dispone centralizar las adquisiciones de medicamentos e insumos medicos correspondientes a las Unidades Ejecutoras del Pliego Presupuestal del Ministerio de Salud, a traves de su Oficina General de Administracion; Que es necesario dictar lineamientos normativos de caracter interno orientados a la mejor implementacion de las medidas senaladas en los considerandos precedentes; De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, Decreto Legislativo Nº 584 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-92-SA; y, Con la opinion favorable del Viceministro de Salud; SE RESUELVE: 1.- Aprobar la Directiva Nº 009-2001-OGA-SA "DIRECTIVA PARA LA ADQUISICION CENTRALIZADA DE MEDICAMENTOS PARA LAS DIRECCIONES DE SALUD, HOSPITALES E INSTITUTOS ESPECIALIZADOS DEL PLIEGO MINISTERIO DE SALUD". 2.- Mientras se encuentre en MORDAZA de seleccion la adquisicion de medicamentos, detallados en Anexo que forma parte de la Directiva aprobada, las Direcciones de Salud, Hospitales e Institutos Especializados, segun corresponda, podran adquirir hasta por la Modalidad de Adjudicacion Directa de conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 012 y 013-2001-PCM aquellos medicamentos que en su proyeccion se muestren deficitarios al 30 de setiembre del 2001, y solo para garantizar su abastecimiento durante el periodo del Tercer Trimestre correspondiente al presente ejercicio presupuestal. 3.- En tanto se expida la Directiva referida a la adquisicion de insumos medicos, las Direcciones de Salud, Hospitales e Institutos Especializados, segun corresponda, podran efectuar la compra de estos bienes conforme la modalidad y periodo senalado en el articulo precedente. 4.- Precisase que los medicamentos no contemplados en la relacion incluida en la Directiva que se aprueba mediante la presente Resolucion, podran ser adquiridos

26 671,00

7 537,00

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