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Pág. 204757 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 20 de junio de 2001 Que, mediante el Oficio Nº 004-01-UNI-OBR/EO la Universidad Nacional de Ingeniería remite el Presupues- to por Metas, documento técnico que contiene la cuantifi- cación de las deficiencias técnicas, así como la identifica- ción de la firma a la que le corresponde responsabilidad; encontrándose que en la Etapa I, ejecutada por la firma Espinoza Ingenieros Contratistas Generales S.R.L., exis- ten deficiencias en las obras de redes exteriores de des- agües por costos actualizados al 30 de octubre de 2000 ascendentes a S/. 71 312,84; en la Etapa II, ejecutada por la firma Corporación de Ingeniería Civil S.A. - CICSA se encontraron deficiencias en las obras de redes exteriores de agua, palco presidencial, seis (6) módulos de servicios higiénicos por costos actualizados al 30 de octubre de 2000 de S/. 322 854,69; asimismo en la Etapa III ejecutada por la empresa Andina de la Construcción S.A. se encon- tró deficiencias en las obras de construcción de un módulo de servicios higiénicos con costos actualizados al 30 de octubre de 2000 de S/. 40 067,56 y finalmente en la Etapa IV ejecutada por el Servicio de Ingeniería del Ejército - SINGE se encontraron deficiencias en las obras de cons- trucción de pistas y veredas por costos actualizados al 30 de octubre de 2000 por S/. 68 698,23 y S/. 225 715,55 respectivamente; De conformidad con lo establecido en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, el Decreto Ley Nº 17537 modificado por el Decreto Ley Nº 17667 y el Artículo 16º de la Ley Nº 26162; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Presiden- cia, para que en nombre y representación del Estado inicie las acciones judiciales pertinentes contra Espinoza Ingenieros Contratistas Generales S.R.L., Corporación de Ingeniería Civil S.A. - CICSA, Andina de la Construc- ción S.A., Servicio de Ingeniería del Ejército - SINGE y otras personas que correspondan, por las razones y los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir los antecedentes del caso, al Procurador Público para los fines a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EMILIO NAVARRO CASTAÑEDA Ministro de la Presidencia 25514 PROMUDEH Autorizan a procuradora iniciar accio- nes correspondientes por presuntas irregularidades ocurridas en la Unidad Operativa COOPOP-Tumbes RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 248-2001-PROMUDEH Lima, 19 de junio de 2001 Vistos el Informe Nº 014-2001-02-0197 e Informe Especial Nº 015-2001-02-0197-Examen Especial a la Unidad Operativa COOPOP - TUMBES, formulados por la Gerencia de Auditoría Interna de la Oficina Nacional de Cooperación Popular - COOPOP, Organismo Público Descentralizado del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH; CONSIDERANDO: Que habiéndose investigado las denuncias presenta- das ante la Comisión Sectorial de Transparencia sobre la presunta existencia de irregularidades cometidas por ex funcionarios, servidores y terceros en la Unidad Operati- va COOPOP - TUMBES durante el ejercicio 2000, se llevó a cabo un Examen Especial, evidenciándose la existencia de indicios razonables de presunta responsabilidad penal de parte de los señores Florentino Peña Garcés, ex Espe-cialista en Proyectos Sociales, Patricia Yanet Cruz Del- gado y Noelia Aracelly Delgado Sosa, ex Promotoras de Alfabetización quienes habrían actuado indebidamente en la gestión, control y custodia de los recursos del Estado, sin perjuicio de la responsabilidad civil que deri- ve de tales hechos; responsabilidad esta última que al- canzaría a doña María Eugenia Delgado Carbonel, ex Coordinadora General del Programa de Alfabetización, a las ex Promotoras doña Marjorie Montenegro Ruiz, Sonia Sarango Olaya, Deysi Zapata Benítez y Carina Olivos Barrientos, y por competencia funcional al Eco. José Félix Muchaypiña Chávez, ex Jefe de la Unidad Operati- va COOPOP - TUMBES, elaborándose el Informe Espe- cial de vistos; Que de conformidad con lo dispuesto en el inciso f) del Artículo 16º del Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control, los informes y/o dictámenes resul- tado de una acción de control emitidos por cualquier órgano del sistema constituyen prueba preconstituida para la iniciación de las acciones administrativas y/o legales a que hubiera lugar; Que en consecuencia es necesario autorizar a la seño- ra Procuradora Pública encargada de la representación y defensa de los intereses del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, a efectos de que inicie e impulse las acciones legales correspon- dientes con el objeto de salvaguardar los intereses de la institución; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representación y Defensa del Estado en juicio modificado por Decreto Ley Nº 17667 y el Decreto Legis- lativo Nº 866 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promo- ción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, para que en representación y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones legales judiciales que correspondan contra las personas señaladas en el Informe Especial Nº 015-2001-02-0197 - Examen Espe- cial a la Unidad Operativa COOPOP - TUMBES y demás que resulten responsables, por los fundamentos expues- tos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución así como los antecedentes del caso a la mencionada Procuradora Pública para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 25604 Autorizan a procuradora iniciar las acciones correspondientes contra ex funcionarios del PRONAA por presun- ta responsabilidad civil y penal RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 250-2001-PROMUDEH Lima, 19 de junio de 2001 Visto el Informe Nº 03-97-EE-PRONAA/OAI, "Exa- men Especial practicado a la Unidad Operativa Huanca- velica del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA" de la Oficina de Auditoría Interna del Progra- ma Nacional de Asistencia Alimentaria, Organismo Pú- blico Descentralizado del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH; CONSIDERANDO: Que en el marco del Examen Especial practicado a la Unidad Operativa Huancavelica que mereciera el infor-