Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2001 (08/03/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 8 de marzo de 2001

b) Informar, opinar y absolver consultas sobre los proyectos de caracter legal que formulen las diferentes dependencias del Ministerio y los organismos publicos descentralizados del sector; c) Formular y proponer, en coordinacion con los organos del Ministerio, los proyectos relacionados con la normatividad sectorial; d) Recopilar, controlar y compendiar sistematicamente la legislacion relacionada con el sector pesqueria; y, e) Cumplir otras funciones que le asigne la Alta Direccion. DE LA OFICINA DE DEFENSA NACIONAL Articulo 34º.- La Oficina de Defensa Nacional es el organo encargado de asesorar a la Alta Direccion en el planeamiento, coordinacion, formulacion y evaluacion de la Politica de Defensa Nacional del sector pesqueria, en concordancia con los intereses estrategicos y planes previstos en el Sistema de Defensa Nacional. Esta a cargo de un funcionario con categoria de Director Ejecutivo que depende del Viceministro. Articulo 35º.- Son funciones de la Oficina de Defensa Nacional: a) Asesorar a la Alta Direccion en asuntos relacionados con la Defensa Nacional; b) Formular y proponer a la Alta Direccion los objetivos y politicas del sector, en materia de Defensa Nacional, en concordancia con las normas tecnicas de la Secretaria de Defensa Nacional; c) Coordinar con la Oficina General de Planificacion y Presupuesto, asi como con los organismos publicos descentralizados del sector para compatibilizar los planes de defensa con los de desarrollo; d) Promover, programar y conducir actividades de capacitacion y difusion de la Seguridad y Defensa Nacional en el ambito del sector pesqueria; e) Elaborar y difundir normas de seguridad para el personal e instalaciones del Ministerio; f) Coordinar, elaborar y conducir los Planes de Movilizacion y Desmovilizacion en el sector pesqueria; g) Planear, ejecutar, y evaluar acciones de Defensa Civil, en el ambito del sector pesqueria, de acuerdo con las orientaciones tecnico-normativas emitidas por el Instituto Nacional de Defensa Civil; y h) Cumplir otras funciones que le encomiende la Alta Direccion. CAPITULO VII DE LOS ORGANOS DE APOYO Articulo 36º.- El Ministerio de Pesqueria cuenta con dos organos de apoyo que dependen directamente del Viceministro: · Oficina General de Administracion · Oficina General de Estadistica e Informatica DE LA OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACION Articulo 37º.- La Oficina General de Administracion es el organo encargado de administrar los recursos humanos, economicos y financieros, velar por la satisfaccion de las necesidades de bienes, asi como por la prestacion de servicios para el normal funcionamiento de las dependencias del Ministerio. Esta a cargo de un funcionario con cargo de Director General que depende directamente del Viceministro. Articulo 38º.- Son funciones de la Oficina General de Administracion: a) Dirigir y supervisar el adecuado funcionamiento de los sistemas administrativos a su cargo; b) Administrar los recursos economicos y financieros en concordancia con el plan estrategico y los planes operativos; c) Programar, organizar, dirigir y controlar los procesos tecnicos de personal, contabilidad, tesoreria y abastecimiento, de conformidad con las normas tecnicas y legales vigentes; d) Participar en la formulacion del presupuesto del Ministerio, en coordinacion con la Oficina General de Planificacion y Presupuesto; e) Controlar la ejecucion y evaluacion del presupuesto;

f) Proveer de los recursos financieros y logisticos en apoyo a las diferentes dependencias del Ministerio para el mejor cumplimiento de sus funciones; g) Dar cumplimiento a la legislacion, normas y procedimientos de los sistemas administrativos de su competencia; h) Evaluar y velar el cumplimiento de los convenios y contratos bajo su competencia; i) Asegurar la disponibilidad de recursos para el pago de las obligaciones y presentar propuestas de racionalizacion de gastos; j) Elaborar programas de capacitacion para el personal en coordinacion con las dependencias del Ministerio; y, k) Cumplir otras funciones asignadas por la Alta Direccion. Articulo 39º.- Para el cumplimiento de sus funciones, la Oficina General de Administracion cuenta con los siguientes organos: · · · · Oficina Oficina Oficina Oficina de de de de Recursos Humanos Contabilidad Tesoreria Logistica

Articulo 40º.- La Oficina de Recursos Humanos es el organo encargado de planificar y dirigir la programacion, ejecucion y evaluacion de procesos tecnicos del sistema de personal. Elabora programas de capacitacion para el personal en coordinacion con las dependencias de la institucion, y MORDAZA por el bienestar del personal. Formula el Presupuesto Analitico de Personal (PAP). Cumple, hace cumplir y difunde las normas que rigen el sistema de personal; asimismo, emite resoluciones para la aplicacion de sanciones por el incumplimiento de dichas normas. Articulo 41º.- La Oficina de Contabilidad es el organo encargado de planificar y dirigir la programacion, ejecucion y evaluacion de procesos tecnicos del sistema de contabilidad, controlar que el movimiento contable se lleve de acuerdo a las normas vigentes y participa en la formulacion del presupuesto del Ministerio, en coordinacion con la Oficina General de Planificacion y Presupuesto, asi como controla la ejecucion y evaluacion del mismo. Articulo 42º.- La Oficina de Tesoreria es el organo encargado de planificar y dirigir la programacion, ejecucion y evaluacion de procesos tecnicos del sistema de tesoreria; cumple y hace cumplir el programa de operaciones administrativas y contables, de conformidad con la politica del sector y en el MORDAZA de los Presupuestos respectivos; participa y coordina la conciliacion de estados de cuentas corrientes bancarias, la formulacion del calendario de pagos, la liquidacion de tributos y el giro de cheques. Articulo 43º.- La Oficina de Logistica es el organo encargado de planificar y dirigir la programacion, ejecucion y evaluacion de procesos tecnicos del sistema de abastecimiento; realiza las adquisiciones, el almacenamiento, la distribucion y el control de los materiales requeridos por las dependencias del Ministerio, asi como efectua, supervisa y coordina los trabajos de reparacion y mantenimiento efectuados por terceros. Mantiene actualizado el margesi de bienes, muebles, enseres e inmuebles del Ministerio velando por su custodia y conservacion. Supervisa los procesos de licitaciones y concursos publicos para la adquisicion de bienes y servicios e informa ante los organos pertinentes sobre los procesos efectuados. DE LA OFICINA GENERAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA Articulo 44º.- La Oficina General de Estadistica e Informatica es el organo encargado de planear y conducir el sistema de estadistica e informatica sectorial. Facilita la disponibilidad inmediata de informacion para una eficiente toma de decisiones. Esta a cargo de un funcionario con categoria de Director General que depende directamente del Viceministro. Articulo 45º.- Son funciones de la Oficina General de Estadistica e Informatica: a) Planear, conducir y evaluar el sistema de estadistica e informatica del sector pesqueria que permita mantener una permanente interrelacion sectorial y facilite la toma de decisiones en forma oportuna; b) Participar en la formulacion del Plan Nacional de Estadistica e Informatica en el ambito del sector pesqueria, de acuerdo a las normas, disposiciones tecnicas del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica;

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