Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2001 (08/03/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, jueves 8 de marzo de 2001

NORMAS LEGALES

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siempre dentro de una colaboracion racional y no superpuesta con otros organos del Sistema Nacional de Control; f) Verificar y evaluar en las inspecciones, los aspectos de personal, logistica, contabilidad, asi como los relacionados con el aspecto financiero, presupuestal, de patrimonio y de tecnica pesquera, entre otros, concordantes con lo establecido por las oficinas y entes rectores de los sistemas administrativos y normas vigentes; g) Emitir los informes resultantes de las acciones de control, y proponer a la Alta Direccion, las medidas correctivas pertinentes, conducentes al mejor funcionamiento del sector; h) Ejercer el control posterior interno de la documentacion, transacciones, registros de las actividades administrativas, financieras, contables y operativas de la institucion, recomendando las acciones correctivas y efectuando el seguimiento de las mismas, asi como evaluar su cumplimiento, informando a la Alta Direccion y a la Contraloria General de la Republica; i) Evaluar anualmente la gestion de los organismos publicos descentralizados del sector, de acuerdo al cronograma establecido en el Plan Anual de Control, mediante analisis y evaluacion de los resultados economicos administrativos, a fin de determinar su eficiencia institucional; j) Supervisar la labor realizada por los Organos de Control Interno en los organismos publicos descentralizados; y, k) Cumplir otras funciones encomendadas por el Ministro y la Contraloria General de la Republica Articulo 21º.- Para el cumplimiento de sus funciones, la Oficina General de Auditoria Interna cuenta con los siguientes organos: · Oficina de Auditoria · Oficina de Inspecciones e Investigaciones Articulo 22º.- La Oficina de Auditoria es el organo encargado de efectuar las acciones de control posterior sobre aspectos economicos, financieros, asi como las concernientes a las gestiones administrativas en los organos del Ministerio, organismos publicos descentralizados del sector y en las direcciones regionales de pesqueria en lo que corresponda, desarrollando las auditorias y examenes especiales que permitan determinar el cumplimiento de sus metas y los objetivos establecidos en sus planes y programas. Articulo 23º.- La Oficina de Inspecciones e Investigaciones es el organo encargado de efectuar las acciones de control sobre presuntas irregularidades en la prestacion de los servicios y administracion de los recursos asignados al Ministerio y a las entidades comprendidas dentro del ambito de su competencia, asi como atender las denuncias y quejas presentadas. CAPITULO V DEL ORGANO DE DEFENSA JUDICIAL DE LA PROCURADURIA PUBLICA Articulo 24º.- La Procuraduria Publica encargada de los asuntos judiciales del Ministerio de Pesqueria, es un ente MORDAZA en el ejercicio de sus funciones. Esta a cargo de un funcionario con denominacion de Procurador Publico que depende funcionalmente del Ministerio de Justicia. Articulo 25º.- Son funciones de la Procuraduria Publica: a) La representacion y defensa judicial de los intereses y derechos del Ministerio de Pesqueria y organismos del sector cuya representacion se le encargue en los procesos y procedimientos en los que actue como demandante, demandado, denunciante o parte civil, ante cualquier tribunal o juzgado de los diferentes distritos y zonas judiciales de la Republica; y, b) Las demas senaladas en el Decreto Ley Nº 17537, "Normas complementarias, ampliatorias y conexas relativas a la representacion y defensa del Estado en juicio". CAPITULO VI DE LOS ORGANOS DE ASESORAMIENTO Articulo 26º.- El Ministerio de Pesqueria cuenta con tres (3) organos que dependen directamente del Despacho Viceministerial: · Oficina General de Planificacion y Presupuesto

· Oficina General de Asesoria Juridica · Oficina de Defensa Nacional DE LA OFICINA GENERAL DE PLANIFICACION Y PRESUPUESTO Articulo 27º.- La Oficina General de Planificacion y Presupuesto es el organo encargado de asesorar a la Alta Direccion en la formulacion y evaluacion de la politica sectorial. Esta a cargo de un funcionario con categoria de Director General que depende directamente del Viceministro. Articulo 28º.- Son funciones de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto: a) Proponer a la Alta Direccion la politica, planes, programas y proyectos sectoriales, presupuestos y acciones de racionalizacion administrativa del Ministerio; b) Elaborar y mantener actualizado el diagnostico pesquero del sector, asi como los estudios e informes tecnicoeconomico-financieros de base estrategica para el desarrollo sectorial; c) Formular y evaluar el Plan Estrategico Sectorial e Institucional; d) Formular y evaluar el Presupuesto del Ministerio, los proyectos nacionales pesqueros, asi como promover y gestionar lineas de financiamiento externo y/o interno; e) Conducir las acciones de cooperacion tecnica y asuntos internacionales; f) Elaborar y actualizar los documentos de gestion institucional y formular estudios e instrumentos normativos de racionalizacion en el Ministerio; g) Elaborar y evaluar el Plan de Trabajo Institucional; h) Elaborar la Memoria Anual del Ministerio, asi como evaluar las correspondientes a los organismos publicos descentralizados; i) Coordinar con los organos del Ministerio de Pesqueria, organismos publicos descentralizados y direcciones regionales de pesqueria, las acciones en materia de asuntos internacionales, y proponer proyectos, convenios y acuerdos a suscribirse, asi como, establecer la participacion del sector en certamenes, encuentros y eventos internacionales; j) Asesorar a los organismos publicos descentralizados del sector en la formulacion de sus Presupuestos y en otros aspectos de su competencia; e, k) Cumplir otras funciones que le asigne la Alta Direccion. Articulo 29º.- Para el cumplimiento de sus funciones, la Oficina General de Planificacion y Presupuesto cuenta con los siguientes organos: · Oficina de Desarrollo y Asuntos Internacionales · Oficina de Presupuesto y Racionalizacion Articulo 30º.- La Oficina de Desarrollo y Asuntos Internacionales es el organo encargado de dirigir el MORDAZA de formulacion y elaboracion de planes y programas sectoriales de corto, mediano y largo plazo; participar en la formulacion de politicas pesqueras; formular y evaluar las actividades de planificacion, cooperacion tecnica y asuntos internacionales. Articulo 31º.- La Oficina de Presupuesto y Racionalizacion es el organo encargado de formular y evaluar el presupuesto del Ministerio de Pesqueria; analizar, evaluar y asesorar en lo referente a la ejecucion presupuestal de los programas, proyectos y actividades del Ministerio de Pesqueria; proponer los lineamientos de politica en materia de racionalizacion; y dirigir, revisar y proponer directivas administrativas para mejorar la gestion del sector. DE LA OFICINA GENERAL DE ASESORIA JURIDICA Articulo 32º.- La Oficina General de Asesoria Juridica es el organo encargado de dictaminar y asesorar a la Alta Direccion en asuntos de caracter juridico, de absolver las consultas respecto al sentido y alcance de las normas legales, asi como las consultas formuladas por los organos internos del Ministerio de Pesqueria. Esta a cargo de un funcionario con categoria de Director General que depende del Viceministro. Articulo 33º.- Son funciones de la Oficina General de Asesoria Juridica: a) Asesorar a la Alta Direccion y a los organos del Ministerio, en los aspectos juridicos y administrativos que le MORDAZA consultados;

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