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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MARZO DEL AÑO 2001 (28/03/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 55

Pág. 200517 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 28 de marzo de 2001 SOCIEDADES DE BENEFICENCIA Inician procedimiento disciplinario a ex funcionario de la Sociedad de Beneficencia de Huancayo RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 060-2001-SBH Huancayo, 21 de febrero del 2001 VISTO, el Oficio Nº 0103-2000/INABIF-P, emitido por la Presidenta del Instituto Nacional de Bienestar Fami- liar, recepcionado por la Sociedad de Beneficencia de Huancayo con fecha 28 de febrero del 2000; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 014-99/INABIF-OAI "Examen Especial a la Sociedad de Beneficencia de Huancayo - Audito- ría Integral", emitido por la Oficina de Auditoría Interna del Instituto Nacional de Bienestar Familiar, en la Conclusión Nº 10, determinan responsabilidad administrativa al señor Feli- pe Atoche Castillo - ex Gerente de Apoyo al Desarrollo Huma- no, por hacer uso indebido de su cargo al solicitar una ventaja económica a los padres de familia e Institución que solicitaron donación de audífonos, incumpliendo con ello su obligación de funcionario público estipulada en el Artículo 127º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM - Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Pú- blico, el cual señala que los funcionarios y servidores se conducirán con honestidad, lo cual es concordante con las Normas Técnicas de Control Interno aprobadas por Resolu- ción de Contraloría Nº 072-98-CG que en su Sección Normas Generales de Control Interno incluyen la Norma Nº 100-02 "Integridad y Valores Eticos", la cual señala que la integridad constituye una calidad de la persona que mantiene principios morales sólidos y viven en un marco de valores; por lo que incurre en falta de carácter disciplinario prevista en el inciso h) del Artículo 28º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público. Asimismo, se ha determinado la existencia de indi- cios razonables de comisión del Delito de Concusión, previsto y penado en el Artículo 382º del Código Penal vigente, del cual resulta presuntamente responsable el señor Felipe Atoche Castillo - ex Gerente de Apoyo al Desarrollo Humano de la Sociedad de Beneficencia de Huancayo; por hacer uso indebi- do de su cargo al solicitar una ventaja económica a los padres de familia e Institución que solicitaron donación de audífonos; Que, en el mismo documento en su Conclusión Nº 16, se determina responsabilidad administrativa al Sr. Felipe Atoche Castillo - ex Gerente de Apoyo al Desarrollo Huma- no de la Sociedad de Beneficencia de Huancayo, por el riesgo que significa la existencia de alimentos contamina- dos en un Albergue que atiende niños, jóvenes y ancianos, incurriendo en negligencia funcional prevista en los inci- sos a) y b) del Artículo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, que tiene carácter de falta disciplinaria prevista en los incisos a) y d) del Artículo 28º de la citada Norma Legal; Que, mediante Informe Nº 005-2001-CEPA-SBH del 14 de febrero del 2001, la Comisión Especial de Procesos Administra- tivos para Funcionarios de los Niveles F-2, F-3 y F-4 de la Sociedad de Beneficencia de Huancayo, a fin de dar cumplimien- to a las medidas correctivas dadas por la Oficina de Auditoría Interna del INABIF, mediante su Informe Nº 014-99/INABIF- OAI, se pronuncian por la apertura de proceso administrativo al señor Felipe Atoche Castillo - ex Gerente de Apoyo al Desarrollo Humano, por haber incurrido en falta de carácter disciplinario prevista en los incisos a) y b) del Artículo 21º y los incisos a), d) y h) del Artículo 28º del Decreto Legislativo Nº 276; Estando al acuerdo del Directorio del 14 de febrero del 2001, y de conformidad con lo señalado por el Artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones de la Insti- tución, aprobado por R.D. Nº 443-99-SBH del 29 de diciem- bre de 1999, inciso j) del Estatuto de la Institución apro- bado con Resolución Directoral Nº 450-99-SBH del 30 de diciembre de 1999, Artículo 167º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y demás normas conexas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- INSTAURAR, Proceso Administrativo Disciplinario al señor Felipe Jesús Atoche Castillo - exGerente de Apoyo al Desarrollo Humano de la Sociedad de Beneficencia de Huancayo, por las faltas de carácter disciplinario, tipificadas en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral. Artículo 2º.- ENCARGAR, a la Comisión Especial de Procesos Administrativos que actúe en forma sumaria en el presente caso, bajo responsabilidad. Artículo 3º.- NOTIFICAR, la presente Resolución Directoral al señor Felipe Jesús Atoche Castillo - ex Gerente de Apoyo al Desarrollo Humano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ELSA HERRERA ORTIZ Presidenta del Directorio Sociedad de Beneficencia de Huancayo 19639 MUNICIPALIDAD DE BARRANCO Disponen la conformación de comisio- nes de privatización de los mercados municipales del distrito ACUERDO DE CONCEJO Nº 014-01-CDB Barranco, 21 de marzo del 2001 EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCO VISTA la propuesta presentada por la Comisión Muni- cipal Permanente de Servicios Comunales, respecto a la conformación de las Comisiones de Privatización de los Mercados Municipales; CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 004-96-PRES, Reglamen- to de la Ley Nº 26569, señala que debe crearse la Comisión de Privatización de cada Mercado, debiendo el titular del Concejo Municipal designar a sus 3 representantes; y, Con el voto unánime de sus miembros; ACUERDA: Artículo Primero.- Conformar las Comisiones de Privatización de los Mercados Municipales del distrito de Barranco, las mismas que estarán conformadas según el siguiente detalle: COMISION DE PRIVATIZACION DEL MERCA- DO Nº 01: - Reg. RAFAELLA BONAZZI CATTARINI, quien la presidirá. - Lic. LUIS ALBERTO ARIAS MERCADO, Director Municipal. - Dr. JORGE REY DE CASTRO MESA, Director de Administración Tributaria. COMISION DE PRIVATIZACION DEL MERCA- DO Nº 02: - Reg. MAXIMO ZAVALETA MARTINEZ, quien la presidirá. - Arq. LUIS RODRIGUEZ RIVERO, Director de Desa- rrollo Urbano. - Sr. DIEGO SORIA DALL'ORSO, Director de Servi- cios Comunales. Artículo Segundo.- Disponer que todas las áreas de la Municipalidad de Barranco, brinden a los integrantes de cada Comisión, las facilidades necesarias para el cum- plimiento de sus labores. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. JOSEFINA ESTRADA DE CAPRIATA Alcaldesa 20610