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Pág. 200533 NORMAS LEGALES Lima, jueves 29 de marzo de 2001 CAPÍTULO VII :DEL ÓRGANO DE ASESORAMIENTO CAPÍTULO VIII :DE LOS ÓRGANOS DE APOYO CAPÍTULO IX :DE LOS ÓRGANOS DE LÍNEA CAPÍTULO X :DE LOS ÓRGANOS DESCONCEN- TRADOS TÍTULO TERCERO DE LAS RELACIONES INTERINSTITUCIONALES TÍTULO CUARTO DEL RÉGIMEN LABORAL TÍTULO QUINTO DEL RÉGIMEN ECONÓMICO TÍTULO SEXTO DE LAS DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, TRANSITORIAS Y FINALES TITULO PRIMERO DE LA NATURALEZA, FINALIDAD, OBJETIVOS Y FUNCIONES CAPITULO I DE LA NATURALEZA Y FINALIDAD Artículo 1º.- El Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero, es un Organismo Público Descentraliza- do del Sector Energía y Minas, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía técnica, económica y administrativa. Artículo 2º.- El Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero tiene por finalidad tramitar las solicitu- des de concesiones mineras, en aplicación del Procedi- miento Ordinario Minero establecido en la Ley General de Minería; asimismo, tiene a su cargo el Catastro Minero Nacional y la Administración del Derecho de Vigencia; estas funciones se ejecutarán respondiendo a los princi- pios de certeza, simplicidad, publicidad, uniformidad y eficiencia establecidos en la Ley General de Minería. CAPITULO II DE LOS OBJETIVOS Y FUNCIONES Artículo 3º.- El objetivo del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero es otorgar títulos de con- cesiones mineras en armonía con el desarrollo sostenible, incorporarlos al catastro con la más alta calidad, en el menor tiempo y costo posible, garantizando la plena segu- ridad jurídica a sus usuarios. Artículo 4º.- Son funciones del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero: 1. Otorgar títulos de concesiones mineras, ordenando se respeten áreas e infraestructuras de cualquier natura- leza, protegidas por el Estado mediante normas legales vigentes; 2. Tramitar y resolver las solicitudes de concesiones mineras; 3. Tramitar y resolver las solicitudes de sustitución de titular en derechos mineros; 4. Pronunciarse sobre los escritos presentados en los expedientes mineros; 5. Tramitar y resolver sobre los recursos de oposición y reposición presentados conforme a Ley; 6. Tramitar y resolver las observaciones a coordenadas UTM de concesiones mineras publicadas, según la Ley del Catastro Minero Nacional; 7. Conceder los recursos de revisión en los procedi- mientos que le corresponda ejercer jurisdicción adminis- trativa; 8. Tramitar y resolver sobre las denuncias de interna- miento en concesiones mineras ajenas; 9. Tramitar y resolver las solicitudes de Unidades Económicas Administrativas; 10. Tramitar y resolver solicitudes de acumulaciones de concesiones, petitorios y denuncios en trámite; 11. Tramitar y resolver sobre las solicitudes de fraccio- namiento de derechos mineros; 12. Tramitar los cuadernos separados de nulidades, recusaciones y recursos de revisión de acuerdo a Ley; 13. Tramitar y resolver las solicitudes de cambio de sustancia;14. Tramitar y resolver las solicitudes de Rehacimien- to de expedientes; 15. Tramitar y resolver las solicitudes de replanteo, reposición de hitos, relacionamiento y remensura; posicio- namiento de hitos para concesiones mineras con coorde- nadas UTM definitivas; 16. Expedir Constancias de Pago por Devolución de Derecho de Vigencia en los casos señalados por Ley; 17. Emitir Constancias de Trámite de expedientes mineros; 18. Tramitar y resolver las solicitudes sobre uso de terreno franco; 19. Formar el expediente, tramitar y constituir las sociedades legales; 20. Declarar la extinción de derechos mineros de acuer- do a sus atribuciones y publicar, en su caso, la libre denunciabilidad; 21. Resolver sobre la renuncia parcial o total de áreas de derechos mineros y publicar la libre denunciabilidad, cuando corresponda; 22. Tramitar y resolver sobre la renuncia de derechos y acciones del copeticionario de un petitorio minero; 23. Tramitar y resolver las solicitudes de reducción y fraccionamiento de denuncios y petitorios mineros en Áreas de Expansión Urbana; 24. Tramitar y resolver las solicitudes de renuncia y fraccionamiento de concesiones mineras en Áreas Urba- nas y de Expansión Urbana; 25. Informar periódicamente a la Dirección General de Minería sobre las infracciones que cometan los peritos nominados en el ejercicio de la función; 26. Preparar y mantener el Catastro Minero Nacional, incorporando las coordenadas UTM de las concesiones mineras vigentes; 27. Incorporar al Catastro Minero Nacional las coorde- nadas UTM definitivas de las concesiones de beneficio, de labor general y transporte minero; 28. Expedir certificados de áreas libres; 29. Preparar y mantener el Pre-catastro Minero Nacio- nal el que contiene los derechos mineros que no cuenten con coordenadas UTM definitivas. Además, se ingresa las coordenadas UTM de las áreas de cualquier naturaleza protegidas por el Estado mediante normas legales vigen- tes; 30. Ingresar en el Pre-Catastro las coordenadas UTM de canteras de materiales de construcción utilizadas en las obras de infraestructura del Estado; 31. Incorporar al Catastro Minero Nacional las coorde- nadas UTM de las áreas urbanas y de expansión urbana de acuerdo a los planos de zonificación aprobados por Ordenanza Municipal; 32. Amparar el derecho de los interesados frente al estado y de terceros de acuerdo a sus atribuciones de conformidad a las normas legales vigentes; 33. Elaborar y mantener actualizada la estadística sobre el avance del procesamiento de expedientes mineros y preparación del Catastro Minero Nacional; 34. Elaborar y publicar el Padrón Minero; 35. Desarrollar y aplicar programas y sistemas infor- máticos para el óptimo desempeño de la Institución; 36. Mantener y custodiar el archivo de expedientes mineros y acervo documentario de la Institución debida- mente ordenado; 37. Ejercer las demás atribuciones inherentes a sus funciones y aquellas que le corresponda por Ley. TITULO SEGUNDO DE LA ESTRUCTURA, FUNCIONES, FACULTADES Y ATRIBUCIONES CAPITULO III DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Artículo 5º.- Para el cumplimiento de sus funciones el Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero cuenta con la estructura orgánica siguiente: a)ÓRGANO DE ALTA DIRECCIÓN Jefatura Institucional b)ÓRGANO CONSULTIVO Consejo Consultivo c)ÓRGANO DE CONTROL Oficina General de Control Interno