Norma Legal Oficial del día 29 de marzo del año 2001 (29/03/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, jueves 29 de marzo de 2001

NORMAS LEGALES

Pag. 200541

PROMUDEH
Autorizan a procuradora iniciar acciones correspondientes contra ex funcionarios de la Sociedad de Beneficencia Publica de Ica por presunta responsabilidad penal y civil
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 135-2001-PROMUDEH MORDAZA, 27 de marzo de 2001 Vistos el Informe de Examen Especial de Auditoria Externa practicado a la Sociedad de Beneficencia Publica de Ica al 31 de marzo de 1999; CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe de Examen Especial de Auditoria Externa practicado a la Sociedad de Beneficencia Publica de Ica al periodo comprendido desde el mes de enero de 1998 hasta el mes de marzo de 1999, se ha evidenciado presunta responsabilidad penal y civil por parte de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Presidenta del Directorio de la mencionada institucion y otros funcionarios al haber suscrito Contrato con la Compania Casewol S.A.C. con el objeto de realizarse el servicio de asesoramiento diversos, efectuandose el pago sin la documentacion legal que sustente el servicio prestado que se venian realizando desde los meses de enero de 1998 hasta febrero de 1999, a traves de contratos sucesivos, causando perjuicio economico ala institucion; Que por Informe Legal Nº 012-2000-SBI-AL, de fecha 19 de marzo del 2000 del Asesor Legal de la Sociedad de Beneficencia Publica de Ica, se ha determinado que en los archivos de la institucion no existe documentos de gestion ni informe alguno, que justifique el sucesivo desembolso que por tantos meses se ha venido cancelando a la compania CASEWOL S.A.C., no existiendo factura alguna en el Departamento de Contabilidad, en consecuencia, es necesario autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH a efectos de que inicie e impulse las acciones judiciales correspondientes contra la Compania CASEWOL S.A.C.; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Ley Nº 17537 Ley de Representacion y Defensa Judiciales del Estado, modificado por Ley Nº 17667, y el Decreto Legislativo Nº 866 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, modificado por Decreto Legislativo Nº 893 y Leyes Nº 27050 y Nº 27273; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, para que en representacion y defensa del Estado inicie e impulse las acciones legales correspondientes, contra la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Presidenta de la Sociedad de Beneficencia Publica de Ica y otros funcionarios responsables, comprendidos en el Examen de Auditoria Externa practicado a la Sociedad de Beneficencia Publica de Ica por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 081-2001-PROMUDEH de fecha 9 de febrero del 2001. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion asi como los antecedentes del caso a la mencionada Procuradora Publica para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 20921

Autorizan a procuradora iniciar acciones correspondientes contra presuntos responsables de irregularidades en el control y custodia de recursos para el pago de promotores alfabetizadores
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 136-2001-PROMUDEH MORDAZA, 27 de marzo de 2001 Vistos el Informe Nº 004-2001-02-0197 e Informe Especial Nº 005-2001-02-0197 - Examen Especial No Programado a la Unidad Operativa COOPOP - MORDAZA Portillo, emitido por la Gerencia de Auditoria Interna de la Oficina Nacional de Cooperacion Popular, Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH; CONSIDERANDO: Que conforme a lo senalado en los informes de vistos, sobre la verificacion de los recursos transferidos para el pago de estipendios a promotores alfabetizadores correspondientes a los meses de noviembre y diciembre del 2000, su conciliacion con las planillas de estipendios, evaluacion de los mecanismos de control interno en su pago y la adecuada custodia de valores durante el periodo examinado, se evidencian indicios razonables de presunta responsabilidad civil y penal por parte de los senores: MORDAZA Chuquichaico MORDAZA, Maritza del MORDAZA MORDAZA Paiva, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al haber actuado irresponsablemente en el control y custodia de los recursos entregados; Que asimismo existen indicios de presunta responsabilidad civil en el senor MORDAZA MORDAZA, guardian encargado de la seguridad de la Unidad Operativa COOPOP - MORDAZA Portillo, por la perdida de los fondos para el pago de estipendios de promotores alfabetizadores; Que de conformidad con lo dispuesto en el inciso f) del Articulo 16º del Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control, los informes y/o dictamenes resultado de una accion de control emitidos por cualquier organo del sistema constituyen prueba preconstituida para la iniciacion de las acciones administrativas y/o legales a que hubiera lugar; Que en consecuencia es necesario autorizar a la senora Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones legales correspondientes con el objeto de salvaguardar los intereses de la institucion; De conformidad con el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Ley Nº 17537 de la Representacion y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667 y el Decreto Legislativo Nº 866, modificado por el Decreto Legislativo Nº 893 y Leyes Nºs. 27050 y 27273; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales que correspondan contra los presuntos responsables establecidos en el Informe Nº 004-2001-02-0197 e Informe Especial Nº 005-2001-02-0197 - Examen Especial No Programado a la Unidad Operativa COOPOP - MORDAZA Portillo, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion asi como los antecedentes del caso a la mencionada Procuraduria Publica para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 20910

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