Norma Legal Oficial del día 29 de marzo del año 2001 (29/03/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, jueves 29 de marzo de 2001

NORMAS LEGALES

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d. Emitir opinion a las Resoluciones de la Alta Direccion, dentro del MORDAZA de las disposiciones de la Ley y opinar sobre convenios y contratos, y otros compromisos contractuales que la Alta Direccion someta a su consideracion; e. Sistematizar la legislacion vigente; f. Interpretar el sentido y alcance de las normas mineras; g. Administrar la Biblioteca de la Institucion; h. Elaborar los proyectos de normas legales que debe emitir el Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero, asi como otros proyectos de normas legales que le MORDAZA solicitados; y, i. Otras que le encargue la Alta Direccion. CAPITULO VIII DE LOS ORGANOS DE APOYO Articulo 17º.- La Oficina General de Administracion es el organo encargado de administrar los recursos humanos, materiales y financieros; y regular la provision de bienes y servicios necesarios para el normal desenvolvimiento de los organos del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero. Ademas, conduce el Sistema de Administracion Documentaria y Archivo institucional. Esta a cargo de un Director General que depende de la Alta Direccion. Articulo 18º.- Son funciones de la Oficina General de Administracion: a. Proponer a la Alta Direccion alternativas de politica relacionadas con la administracion del recurso humano, recursos financieros y materiales del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero; b. Promover y fomentar el desarrollo del potencial humano del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero y su optimo aprovechamiento; c. Dirigir, coordinar, registrar y controlar las transacciones financieras del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero, de conformidad con las disposiciones vigentes; d. Proporcionar los recursos materiales y servicios auxiliares que requieran las dependencias del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero en las mejores condiciones, para su adecuado funcionamiento; e. Coordinar la formulacion, aprobacion, control, ejecucion y evaluacion del Presupuesto del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero; f. Administrar los servicios en Internet; y, g. Otras que le asigne la Alta Direccion. Articulo 19º.- La Oficina General de Administracion cuenta con cuatro (4) Unidades Organicas cada una a cargo de un Director, siendo las siguientes: Unidad Unidad Unidad Unidad de Personal de Contabilidad, Tesoreria y Presupuesto de Logistica y Servicios Generales de Administracion Documentaria y Archivo

manejo de software y los sistemas de informacion de la Institucion; f. Efectuar el mantenimiento preventivo de los equipos informaticos y de los equipos de comunicaciones de la Institucion; g. Desarrollar acciones para la optimizacion continua de los procesos y procedimientos, en coordinacion con los demas organos de la Institucion; h. Dictar medidas que normalicen los procedimientos operativos y de seguridad de la informacion de las dependencias y asegurar el material informatico de la Institucion; i. Evaluar periodicamente la eficiencia del software y hardware para determinar la factibilidad de aplicacion de nuevas tecnologias. Recomendar los estandares para el manejo de la informacion, asi como en los equipos y en software; j. Promover y coordinar la optimizacion de los recursos humanos de la Institucion brindando capacitacion en materia informatica; k. Elaborar los planes de contingencia y respaldo que permitan asegurar el optimo funcionamiento de los Sistemas de Informacion, cuando se presenten emergencias; l. Supervisar el desarrollo e implementacion de proyectos informaticos que MORDAZA encargados a terceros; m. Administrar las redes locales y/o remotas, asi como las diferentes bases de datos de la Institucion; y, n. Otras que le asigne la Alta Direccion. CAPITULO IX DE LOS ORGANOS DE LINEA Articulo 22º.- La Direccion General de Concesiones Mineras es el organo encargado de tramitar y resolver las solicitudes de concesiones mineras y otros asuntos inherentes a las funciones de la Institucion, de conformidad con los dispositivos legales vigentes y emite los informes tecnico-legal en el tramite de expedientes mineros y verifica el pago del derecho de vigencia que MORDAZA los titulares de acuerdo a los dispositivos legales vigentes. Esta a cargo de un Director General que depende de la Alta Direccion. Articulo 23º.- Son funciones de la Direccion General de Concesiones Mineras: a. Cumplir los Procedimientos Mineros a su cargo, los dispositivos legales vigentes, los reglamentos y demas normas aplicables en el ambito de su competencia; b. Tramitar, revisar, proyectar y visar las Resoluciones relativas a los Procedimientos de Oposicion, Denuncias por Internamiento, Sustitucion, solicitudes de Acumulacion de Petitorios y Concesiones, Sociedades Legales, Renuncia Parcial o Total, Fraccionamiento y Unidades Economicas Administrativas, para su despacho con el Jefe Institucional; c. Resolver sobre el abandono de areas simultaneas; d. Tramitar, revisar, proyectar y visar las Resoluciones Jefaturales de titulo de concesion minera, declaracion de abandono o rechazo, renuncia parcial o total y cambio de sustancia; e. Elaborar el listado de derechos mineros para su declaracion de libre denunciabilidad, y realizar la visacion correspondiente de la Resolucion Jefatural; f. Expedir Constancias de Vigencia de concesiones y derechos en tramite; g. Informar sobre las solicitudes de Certificado de Devolucion de Derecho de Vigencia y remitir el expediente al Jefe Institucional para la expedicion de la resolucion correspondiente; h. Informar a la Direccion General de Mineria sobre las infracciones que cometan los Peritos Mineros nominados en el ejercicio de su funcion; i. Orientar, coordinar, supervisar y evaluar la formulacion y aplicacion de las Directivas Tecnico-Legal de la Jefatura Institucional del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero; j. Opinar respecto a la aplicacion de la legislacion en el Procedimiento Ordinario Minero y el Catastro Minero Nacional; k. Administrar y velar por el mantenimiento de los programas y software que permitan controlar la informacion y estadistica de los derechos mineros vigentes y extinguidos; l. Coordinar las funciones encargadas a las Oficinas Descentralizadas de Concesiones y Catastro Minero; y, m. Otras que le asigne la Alta Direccion y aquellas que le corresponden de acuerdo a la ley.

Articulo 20º.- La Oficina General de Sistemas de Informacion es un organo de apoyo del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero encargado del procesamiento automatico de datos y de aplicar la ciencia de la tecnologia de la informacion al desarrollo de la Institucion, en coordinacion con los demas organos de la Entidad. Esta a cargo de un Director General que depende de la Alta Direccion. Articulo 21º.- Son Funciones de la Oficina General de Sistemas de Informacion: a. Ejecutar la politica informatica del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero; b. Formular y desarrollar el Plan de Sistemas de Informacion y demas instrumentos que garanticen el desarrollo informatico de la Entidad, en funcion de la orientacion estrategica institucional; c. Definir, desarrollar y brindar un optimo funcionamiento de los Sistemas de Informacion y establecer parametros tecnicos para la transmision de datos; d. Participar en la evaluacion y conformidad tecnica a las propuestas de equipos, programas y servicios de computacion e informatica que presenten las Direcciones Generales; e. Mantener actualizados y en adecuados niveles de tecnologia los equipos informaticos, los equipos de comunicaciones, las redes, el software, las herramientas de

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