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Pág. 200539 NORMAS LEGALES Lima, jueves 29 de marzo de 2001 De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aproba- do por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a PERU HYDRO S.A., Conce- sión Definitiva para desarrollar las actividades de ge- neración de energía eléctrica, en los términos y condi- ciones de la presente Resolución y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el Artículo 2º de la presente Resolución. La concesión de generación otorgada operará en las instalaciones de la Central Hidroeléctrica Cheves, de propiedad de la solicitante, con Código Nº 11091098, con una capacidad instalada de 525,0 MW. Artículo 2º.- Aprobar el Contrato de Concesión Nº 184-2001 a suscribirse con PERU HYDRO S.A., el que consta de 18 Cláusulas y 3 Anexos. Artículo 3º.- Autorizar al Director General de Electri- cidad para suscribir, a nombre del Estado, el contrato de concesión definitiva de generación de energía eléctrica a celebrarse con PERU HYDRO S.A. Artículo 4º.- El texto de la presente Resolución Supre- ma deberá incorporarse en la Escritura Pública a que dé origen el contrato de Concesión Definitiva Nº 184-2001, referido en el Artículo 2º de esta Resolución. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será notificada al concesionario y deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República CARLOS HERRERA DESCALZI Ministro de Energía y Minas 20974 Designan representante del Ministro ante la Comisión Especial Multisecto- rial para las Comunidades Nativas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 138-2001-EM/SG Lima, 23 de marzo de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2001-PCM, de fecha 13 de febrero de 2001, se constituyó una Comisión Especial Multisectorial encargada de estudiar la situa- ción actual y los problemas de las Comunidades Nativas de la Amazonía, así como de formular, dentro de los 120 días naturales posteriores a su instalación, propuestas integrales para garantizar la plena vigencia de sus dere- chos constitucionales y promover su bienestar y desarrollo económico; la cual establecerá una Mesa de Diálogo y Cooperación con los representantes de las Comunidades Nativas; Que, el Artículo 2º del Decreto Supremo precitado, establece que la Comisión Especial Multisectorial para las Comunidades Nativas estará integrada, entre otros, por el Ministro de Agricultura, de Educación, de Salud y de Energía y Minas; asimismo señala que quienes represen- ten a los Titulares de los Sectores serán designados por Resolución del respectivo Titular del Pliego; Que, en consecuencia es necesario designar a la Dra. Clara García Hidalgo, Asesora de la Alta Dirección del Ministerio de Energía y Minas, como representante del Ministro ante la Comisión Especial Multisectorial para las Comunidades Nativas; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, el inciso f) del Artículo 8º del Regla- mento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas aprobado por Decreto Supremo Nº 027- 93-EM y el Artículo Segundo del Decreto Supremo Nº 015- 2001-PCM;SE RESUELVE: Artículo Unico.- Designar a la Dra. Clara García Hidalgo, Asesora de la Alta Dirección del Ministerio de Energía y Minas, como representante del Ministro ante la Comisión Especial Multisectorial para las Comunidades Nativas. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS HERRERA DESCALZI Ministro de Energía y Minas 20913 PESQUERÍA Constituyen comisión encargada de analizar transferencias de recursos di- rectamente recaudados del Ministerio a organismos públicos descentraliza- dos del sector pesquero RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 097-2001-PE Lima, 23 de marzo del 2001 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 342-2000-PE se aprueba el Presupuesto de Apertura Institucional del Ministerio de Pesquería para el Año Fiscal 2001, en armonía con las disposiciones establecidas con la Ley de Presupuesto del Sector Público; Que al amparo de la primera Disposición Final de la Ley Nº 27427 Ley de Racionalidad y Límites en el Gasto Público, se aprobó la reestructuración organizativa insti- tucional y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Pesquería, mediante Decreto Supremo Nº 010-2001-PE del 7 de marzo de 2001; Que el Artículo 72º del Decreto Supremo precitado, en su literal e) establece que la transferencia de los recursos directamente recaudados a los organismos públicos des- centralizados del sector se efectuará en función de proyec- tos específicos los cuales serán analizados por una Comi- sión Especial, cuya conformación, funciones y facultades de actuación serán establecidas mediante Resolución Mi- nisterial; Que mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PE del 13 de marzo de 2001, se aprobó el Reglamento de la Ley General de Pesca en cuyo Artículo 27º se precisa que la transferencia de recursos bajo la modalidad señalada en el considerando antes señalado, será analizada previa- mente por una Comisión Especial que contará con la participación del sector pesquero privado; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 909 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2001, y el Artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560 Ley del Poder Ejecutivo; Con las visaciones de las Oficinas Generales de Aseso- ría Jurídica, de Planificación y Presupuesto, y de Admi- nistración; Con la opinión favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Constitúyase la Comisión Especial encar- gada de analizar las transferencias de recursos directa- mente recaudados del Ministerio de Pesquería a los orga- nismos públicos descentralizados del sector pesquero, la cual estará integrada de la siguiente manera: - Viceministro de Pesquería, quien la presidirá, - El Presidente del Consejo Directivo del IMARPE, - El Presidente del Comité Directivo del FONDEPES, - El Presidente del Consejo Directivo del ITP, - El Presidente del Consejo Directivo del CEP-PAITA, - El Director General de Administración del Ministerio de Pesquería, - Dos representantes de los gremios empresariales pesqueros privados.