Norma Legal Oficial del día 29 de marzo del año 2001 (29/03/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, jueves 29 de marzo de 2001

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

Pag. 200539

De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a PERU HYDRO S.A., Concesion Definitiva para desarrollar las actividades de generacion de energia electrica, en los terminos y condiciones de la presente Resolucion y los que se detallan en el Contrato de Concesion que se aprueba en el Articulo 2º de la presente Resolucion. La concesion de generacion otorgada operara en las instalaciones de la Central Hidroelectrica Cheves, de propiedad de la solicitante, con Codigo Nº 11091098, con una capacidad instalada de 525,0 MW. Articulo 2º.- Aprobar el Contrato de Concesion Nº 184-2001 a suscribirse con PERU HYDRO S.A., el que consta de 18 Clausulas y 3 Anexos. Articulo 3º.- Autorizar al Director General de Electricidad para suscribir, a nombre del Estado, el contrato de concesion definitiva de generacion de energia electrica a celebrarse con PERU HYDRO S.A. Articulo 4º.- El texto de la presente Resolucion Suprema debera incorporarse en la Escritura Publica a que de origen el contrato de Concesion Definitiva Nº 184-2001, referido en el Articulo 2º de esta Resolucion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera notificada al concesionario y debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, dentro de los cinco (5) dias calendario siguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DESCALZI Ministro de Energia y Minas 20974

Articulo Unico.- Designar a la Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Asesora de la Alta Direccion del Ministerio de Energia y Minas, como representante del Ministro ante la Comision Especial Multisectorial para las Comunidades Nativas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DESCALZI Ministro de Energia y Minas 20913

PESQUERIA
Constituyen comision encargada de analizar transferencias de recursos directamente recaudados del Ministerio a organismos publicos descentralizados del sector pesquero
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 097-2001-PE MORDAZA, 23 de marzo del 2001 CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial Nº 342-2000-PE se aprueba el Presupuesto de Apertura Institucional del Ministerio de Pesqueria para el Ano Fiscal 2001, en MORDAZA con las disposiciones establecidas con la Ley de Presupuesto del Sector Publico; Que al MORDAZA de la primera Disposicion Final de la Ley Nº 27427 Ley de Racionalidad y Limites en el Gasto Publico, se aprobo la reestructuracion organizativa institucional y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Pesqueria, mediante Decreto Supremo Nº 010-2001-PE del 7 de marzo de 2001; Que el Articulo 72º del Decreto Supremo precitado, en su literal e) establece que la transferencia de los recursos directamente recaudados a los organismos publicos descentralizados del sector se efectuara en funcion de proyectos especificos los cuales seran analizados por una Comision Especial, cuya conformacion, funciones y facultades de actuacion seran establecidas mediante Resolucion Ministerial; Que mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PE del 13 de marzo de 2001, se aprobo el Reglamento de la Ley General de Pesca en cuyo Articulo 27º se precisa que la transferencia de recursos bajo la modalidad senalada en el considerando MORDAZA senalado, sera analizada previamente por una Comision Especial que contara con la participacion del sector pesquero privado; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 909 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2001, y el Articulo 37º del Decreto Legislativo Nº 560 Ley del Poder Ejecutivo; Con las visaciones de las Oficinas Generales de Asesoria Juridica, de Planificacion y Presupuesto, y de Administracion; Con la opinion favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Constituyase la Comision Especial encargada de analizar las transferencias de recursos directamente recaudados del Ministerio de Pesqueria a los organismos publicos descentralizados del sector pesquero, la cual estara integrada de la siguiente manera: - Viceministro de Pesqueria, quien la presidira, - El Presidente del Consejo Directivo del IMARPE, - El Presidente del Comite Directivo del FONDEPES, - El Presidente del Consejo Directivo del ITP, - El Presidente del Consejo Directivo del CEP-PAITA, - El Director General de Administracion del Ministerio de Pesqueria, - Dos representantes de los gremios empresariales pesqueros privados.

Designan representante del Ministro ante la Comision Especial Multisectorial para las Comunidades Nativas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 138-2001-EM/SG MORDAZA, 23 de marzo de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2001-PCM, de fecha 13 de febrero de 2001, se constituyo una Comision Especial Multisectorial encargada de estudiar la situacion actual y los problemas de las Comunidades Nativas de la Amazonia, asi como de formular, dentro de los 120 dias naturales posteriores a su instalacion, propuestas integrales para garantizar la plena vigencia de sus derechos constitucionales y promover su bienestar y desarrollo economico; la cual establecera una Mesa de Dialogo y Cooperacion con los representantes de las Comunidades Nativas; Que, el Articulo 2º del Decreto Supremo precitado, establece que la Comision Especial Multisectorial para las Comunidades Nativas estara integrada, entre otros, por el Ministro de Agricultura, de Educacion, de Salud y de Energia y Minas; asimismo senala que quienes representen a los Titulares de los Sectores seran designados por Resolucion del respectivo Titular del Pliego; Que, en consecuencia es necesario designar a la Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Asesora de la Alta Direccion del Ministerio de Energia y Minas, como representante del Ministro ante la Comision Especial Multisectorial para las Comunidades Nativas; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, el inciso f) del Articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas aprobado por Decreto Supremo Nº 02793-EM y el Articulo MORDAZA del Decreto Supremo Nº 0152001-PCM;

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