TEXTO PAGINA: 160
Pág. 112 SEPARATA ESPECIAL Lima, viernes 25 de mayo de 2001 Las firmas NMVC ofrecerían 2 características claves que las diferenciarían de las SBIC y permitirían dichas inversiones: (1) una misión centrada en el desarrollo económico y (2) fondos proporcionados para conducir una intensiva asistencia técnica. Los programas actua- les de asistencia técnica que son llevados a cabo por la SBA se centran en el desarrollo del negocio –en cómo empezar un negocio, incluyendo la obtención de finan- ciamiento–, no en el desarrollo económico. Esta capaci- tación es básica para el éxito de pequeños negocios en su etapa inicial. Sin embargo, las NMVCs contribuirían a proporcionar una relación continua y asistir a las pe- queñas empresas en sus operaciones diarias, como complementar equipos de administración deficientes. Son el inversionista y el empresario quienes tienen el mayor interés en asegurar el éxito de una pequeña empresa. En tanto el dinero de una compañía NMVC es arriesgado antes que la porción garantizada por la SBA, es en el mejor interés del gobierno, los inversio- nistas y las pequeñas empresas preocuparse porque la NMVC proporcione o facilite la asistencia operacional necesaria –tales como, en áreas de marketing, ventas y legal–. Las NMVCs cuyo dinero es arriesgado nece- sitarán tener mayor control sobre el grado, intensidad y contenido de la asistencia brindada a sus inversiones en pequeñas empresas. A diferencia de las SSBICs que se concentran en inver- siones en pequeñas empresas manejadas por determi- nados grupos de individuos, las NMVCs centran su atención en comunidades enteras para inversiones en negocios. Las NMVCs se centrarán en la localización de los negocios en lugar de los propietarios de los mismos y proporcionarán además una importante asistencia técnica, que no es un componente del programa SSBIC. Las compañías NMVC serán compañías de inversión administradas privadamente, constituidas con el pro- pósito de proporcionar capital en acciones y asistencia operacional a pequeñas empresas localizadas en áreas rurales y urbanas específicas. Una compañía NMVC será aceptada por la SBA como una participante en el programa NMVC a través de una acuerdo contractual. Las NMVCs deberán: (a)Ser entidad con fines de lucro recién constituida. Puede ser organizada como una asociación, compa- ñías con responsabilidad limitadas o una corpora- ción. Puede ser una subsidia recién constituida de una entidad previamente existente. (b)Tener un equipo de administración con demostrada experiencia en financiamiento del desarrollo o capi- tal de riesgo. (c)Tener al menos US$ 5 millones de “capital aportado” (incluyendo compromisos contractuales con la SBA) de cualquier fuente distinta de una agencia del gobierno federal. (d)Tener compromisos contractuales (en capital o en especie) de cualquier fuente que no sea de la SBA para proporcionar fondos para la asistencia técnica a lo largo de un período pluri–anual (5 a 10 años), en un monto por lo menos igual al 30 por ciento del capital aportado. Los beneficios de formar una compañía NMVC serán: (a)Asistencia financiera de la SBA. La SBA proveerá asistencia financiera garantizando las obligaciones emitidas por la compañía NMVC. El dinero captado a partir de la emisión de esas obligaciones será aproximadamente igual al capital propio de la com- pañía. Las obligaciones tendrán un período de hasta 10 años y serán emitidas a descuento para eliminar el requerimiento de cualquier pago de principal o intereses durante los primeros 5 años. Se espera que las obligaciones sean colocadas a la tasa corriente de mercado de los valores del Tesoro del Gobierno de los Estados Unidos más una prima de aproximadamen- te 100 b.p. (b)Aportes para Asistencia Técnica de la SBA. La SBA además calzará los recursos captados por la compa- ñía NMVC para asistencia técnica con un aporte equivalente a ser pagado en 5 a 10 años. Los fondos aportados estarán a disposición de la compañíaNMVC para proporcionar asistencia técnica, en marketing y administración a las empresas en las cuales invierta. En cuanto a las limitaciones impuestas a las activida- des de las NMVCs, se encuentran: (a)Restricción de tamaño–pequeñas empresas. Una compañía NMVC está restringida a invertir sólo en pequeñas empresas definidas en el estatuto. Estas compañías son aquéllas que junto con sus afiliadas, tienen un patrimonio neto que no excede los US$ 6 millones y utilidades anuales después de impuesto que en promedio durante los últimos 2 años no hayan excedido los US$ 2 millones. Alternativamen- te, la empresa deberá cumplir con las categorías de tamaño de la clasificación industrial establecida por la SBA para su industria. (b)Restricción geográfica–áreas LMI. Por lo menos el 80 por ciento de las inversiones que una compañía NMVC efectúa deberán estar en áreas LMI defini- das en la legislación. Caso Argentina La estadística respecto a las características del em- presariado argentino señala que el 84% de las empresas son tipificadas como microemprendimientos y el 70% del empleo tiene origen en establecimiento que ocupan menos de 50 personas. Según el diagnóstico de la situación de la pyme elaborado por la Cámara Argenti- na de Comercio, el racionamiento y alto costo del crédito que sufren las pyme ha agregado un perjuicio en su nivel de competitividad respecto de otras empresas con capacidad de financiamiento propio o en mercados internacionales. Adicionalmente, señala que la banca ha priorizado una estrategia de crédito orientada más hacia el consumo y al sector público que hacia la inversión real y el sector privado, al mismo tiempo que no se ha logrado desarrollar un mercado de capitales accesible para la Pyme ni instrumentos que comple- menten la función de la banca. La nueva Ley Pyme promulgada en agosto del 2000 crea nuevos instrumentos con el fin de ayudar al desarrollo de la micro, pequeña y mediana empresa. Entre las principales innovaciones introducidas en la citada ley es importante resaltar las siguientes: (a)Crea el Fondo Nacional de Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa ("FONAPYME"), con el objeto de realizar aportes de capital y brindar financiamiento a mediano y largo plazo para inver- siones productivas a las empresas y formas asocia- tivas comprendidas en la definición de micro, peque- ña y mediana empresa. Para dichos efectos se ha constituido un fideicomiso financiero por el que el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Econo- mía (fiduciante) encomendará al Banco de la Nación Argentina (fiduciario), la emisión de certificados de participación en el dominio fiduciario del FONAPY- ME, constituido por las acciones y títulos represen- tativos de las inversiones realizadas. Cabe mencionar que en adición al FONAPYME existen Fideicomisos Regionales de Inversión que funcionan. El fondo fiduciario emite títulos princi- pales y títulos subordinados con el objeto que los primeros sean adquiridos por AFJP, compañías de seguros o grandes inversores privados mientras que los bonos subordinados serán suscritos por el Banco de Inversión y Comercio Exterior (BICE) y por el Estado o cada provincia. Por ejemplo, el SEPyME y el BICE ya han suscrito compromisos de aporte con la provincia de Mendoza y San Juan para la consti- tución de Fideicomisos Regionales de Inversión (FRI). El FRI con Mendoza fue acordado por un tramo inicial de 20 millones de pesos mientras que el de San Juan es de 12,5 millones. (b)Crea el Fondo de Garantía para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (FOGAPYME) con el objeto de otorgar garantías en respaldo de las que emitan las sociedades de garantía recíproca y ofrecer garantías