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Pág. 99 SEPARATA ESPECIAL Lima, viernes 25 de mayo de 2001 presente la realidad cotidiana en los procedimientos concursales. Artículo 3º.- Derechos con garantías registrables. Se implementa asimismo un mecanismo para facilitar la transferencia de derechos que cuenten con garantías que requieran de inscripción en los Registros Públicos, como el derecho de garantía hipotecaria. Este mecanis- mo permite incorporar el derecho con la garantía co- rrespondiente en el valor, con el objeto que su transfe- rencia opere con la transmisión del mismo. Artículo 4º.- Transferencia. Se precisa el régimen de transferencia de los valores, sean representados mediante títulos o mediante anota- ciones en cuenta, con el objeto de otorgar certeza respecto a como dicha transferencia opera y a los efectos de la misma respecto a los derechos que otorga. Artículo 5º.- Contenido del título. Se precisa la información que debe ir contenida en el título cuando sea este el medio de representación utili- zado. Esto permitirá informar al adquirente de los valores respecto a los derechos que confiere y al tipo de instrumento que constituye. Artículo 6º.- Posibilidad de ser negociados en mecanis- mos centralizados de negociación. Se establece la posibilidad que los valores puedan ser objeto de negociación en mecanismos centralizados de negociación, o fuera de ellos, lo que facilitará la obten- ción de liquidez en el mercado secundario e incremen- tará el atractivo de tales valores para los inversionis- tas. Asimismo, la disposición permitirá a los inversio- nistas en el mercado de valores contar con mayores alternativas de inversión. Artículo 7º.- Reglamentación. Se contempla el régimen de reglamentación de la Ley, la que corresponderá en primer lugar a CONASEV y, en lo que tenga mayor vinculación con la operativa de los procedimientos concursales, al INDECOPI. Se precisa de este modo el régimen reglamentario con el objeto de implementar de mejor manera el nuevo mecanismo de representación y transferencia de los derechos recono- cidos de empresas en procedimientos concursales.Anexo E1 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS DE LA LEY QUE CREA LOS VALORES DE EMPRESAS EN CONCURSO (VEC) Artículo 1º.- Incorporación de derechos en títulos valores. La Ley busca generar un mecanismo que facilite la transferencia de las acreencias que se reconocen en el marco de un procedimiento concursal. Esto se logra a través de la incorporación de dichos derechos en valores que pueden ser representados mediante títulos o a través de su anotación en cuenta con el objeto de facilitar su posterior transferencia. Esta última moda- lidad de representación permitirá reducir aún más los costos transaccionales que se presentan al momento en que los derechos son transferidos. Este mecanismo pretende facilitar a las personas que se ven inmersas en un procedimiento concursal la recupe- ración de sus créditos u otros derechos, a la vez de viabilizar la recomposición de los acreedores de la empresa en concurso, facilitando así la toma de decisio- nes al interior de las juntas de acreedores cuando se produzca la reducción del número de acreedores como consecuencia de la transferencia de estos valores. Artículo 2º.- Procedimiento de creación de títulos. La emisión de los valores se efectuará a través de INDECOPI o los órganos u organismos autorizados. Se permitirá asimismo la emisión de varios valores por crédito reconocido, con el objeto de incrementar las posibilidades que éstos tengan liquidez en el mercado secundario. Dependiendo de las características de su emisión, dichos instrumentos podrán ser considerados valores mobiliarios y negociados en mecanismos cen- tralizados de negociación en el mercado de valores. Esto último permitirá ofrecer tales valores, y por ende, transferir tales créditos, a un mayor número de parti- cipantes. Se dispone asimismo que mediante disposiciones com- plementarias que se emitan se regulará los tipos de valores que podrán emitirse así como las características que podrán tener. Es aconsejable que tales aspectos sean precisados a nivel reglamentario a fin de tener la flexibilidad suficiente para dar respuesta a los retos que