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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MAYO DEL AÑO 2001 (25/05/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 164

TEXTO PAGINA: 27

Pág. 203357 NORMAS LEGALES Lima, viernes 25 de mayo de 2001 Que, en tal sentido, se hace necesario autorizar al señor Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República para que dé inicio a las acciones legales contra las personas comprendidas en los Informes Especiales de Vistos, y quienes resulten respon- sables; De conformidad con lo establecido en el Artículo 19º, inciso f), del Decreto Ley Nº 26162, Ley del Sistema Nacional de Control, y los Decretos Leyes Nº 17537 y Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Públi- co encargado de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y represen- tación del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos contra los presuntos responsables comprendi- dos en los Informes Especiales Nº 036 y Nº 037-2000-CG/ SCH, remitiéndole para este efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARMEN HIGAONNA DE GUERRA Contralora General de la República 24067 J N E Autorizan viaje del Presidente del Ju- rado Nacional de Elecciones a los EE.UU. para participar en la XVII Con- vención de la AIPEUC RESOLUCIÓN Nº 475-2001-JNE Lima, 24 de mayo de 2001 VISTA: la comunicación de la Asociación de Institucio- nes Peruanas en los Estados Unidos de América y Canadá; (AIPEUC) de fecha 25 de febrero del 2001, recibida el 19 de marzo último; y, CONSIDERANDO: Que, la Asociación de Instituciones Peruanas (AI- PEUC), ha programado la XVII Convención de la Aso- ciación, que se llevará a cabo los días 25 a 28 de mayo del 2001, en la ciudad de Miami de los Estados Unidos de Norteamérica; Que, mediante carta mencionada en el Visto de la presente Resolución, la AIPEUC invita al doctor Manuel Sánchez Palacios Paiva, Presidente del Jurado Nacional de Elecciones a participar como expositor sobre el desarrollo de las últimas Elecciones Generales Peruanas; Que, la participación del señor Presidente en el men- cionado evento no ocasiona ningún tipo de gasto al Tesoro Público; Que, tanto el certamen promovido por la AIPEUC como el tema asignado al Presidente del Jurado Nacional de Elecciones revisten máxima importancia para la comuni- dad nacional peruana establecida en los Estados Unidos de Norteamérica y en Canadá y son medios de proyectar con alto nivel cualitativo la imagen del país en esos Estados; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 048- 2001-PCM y 053-2001-PCM y con el Art. 9º de la Ley Nº 26486; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del Presidente del Jurado Nacional de Elecciones, señor doctor Manuel Sánchez Palacios Paiva, a la ciudad de Miami de los Estados Unidos de Norteamérica, del 25 al 29 de mayo del 2001, para que participe como expositor en la Convención señalada en el primer considerando de la presente Resolu- ción. Artículo Segundo.- La presente Resolución no irroga- rá ningún gasto a la Institución, ni concede exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación, ni privilegio alguno.Artículo Tercero.- Encargar la Presidencia del Jura- do Nacional de Elecciones a la doctora Flora Adelaida Bolívar Arteaga, mientras dure la ausencia del titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ DE VALDIVIA CANO BALLÓN-LANDA CÓRDOVA Secretario General 24076 Declaran improcedente recurso de nuli- dad interpuesto contra resolución que declaró la vacancia de regidor del Con- cejo Provincial de Alto Amazonas RESOLUCIÓN Nº 476-2001-JNE Lima, 24 de mayo de 2001 VISTO, el recurso de nulidad presentado por don José Montalván Santillán contra la Resolución Nº 283-2001- JNE de fecha 28 de marzo del 2001, que declaró la vacancia de su cargo de Regidor del Concejo Provincial de Alto Amazonas por haber recaído en su contra sentencia conde- natoria por delito doloso, alegando que la misma no se encuentra firme, al existir un recurso de revisión presen- tado ante la Corte Suprema de Justicia; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 181º de la Constitución Política del Perú concordado con el Artículo 23º de la Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones Nº 26486, las resoluciones de este organismo electoral son dictadas en instancia final, definitiva y no son revisables, no procediendo contra ellas recurso alguno; Que, es función del Jurado Nacional de Elecciones velar por el cumplimiento de las disposiciones referidas a materia elec- toral, conforme lo establece el Artículo 5º inciso g) de su Ley Orgánica Nº 26486; y estando a que la Resolución Nº 283-2001- JNE, que se impugna, ha sido expedida cumpliendo las forma- lidades de Ley, y que se fundamentó en la existencia de condena por delito doloso contra el Regidor vacado, acreditado con la sentencia condenatoria de primera instancia y la resolución de vista confirmando dicha sentencia; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE: Artículo Unico.- Declarar improcedente el recurso de nulidad presentado por don José Montalván Santillán, contra la Resolución Nº 283-2001-JNE de fecha 28 de marzo del 2001, debiendo estarse a lo resuelto. Regístrese, comuníquese y publíquese SS. SÁNCHEZ PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ DE VALDIVIA CANO BALLÓN LANDA CÓRDOVA, Secretario General 24077 Declaran nulo e insubsistente acuerdo que declaró la vacancia de regidor del Concejo Distrital de San Juan, provin- cia de Cajamarca RESOLUCIÓN Nº 477-2001-JNE Lima, 24 de mayo de 2001