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Pág. 203366 NORMAS LEGALES Lima, viernes 25 de mayo de 2001 Aprueban modificación del Estatuto Social de Wiese Aetna Compañía de Seguros RESOLUCIÓN SBS Nº 384-2001 San Isidro, 17 de mayo de 2001 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por WIESE AETNA COMPA- ÑÍA DE SEGUROS, para que se autorice la modificación parcial de su Estatuto Social; CONSIDERANDO: Que la Junta Obligatoria Anual de Accionistas de la empresa, celebrada el día 15 de febrero de 2001, acordó por unanimidad la modificación del Artículo Trigésimo Prime- ro, Trigésimo Segundo y Cuadragésimo Noveno de su Estatuto Social; Que el proyecto de minuta de modificación estatutaria de los artículos precitados ha sido formulado de confor- midad con las disposiciones legales vigentes sobre la mate- ria; Estando a lo opinado por la Intendencia de Institucio- nes de Seguros "A" mediante Informe Nº 015-2001-ISA y por la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 466-2001-LEG; y, De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 14º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus modificatorias; RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar, en los términos propuestos, la modificación de los Artículos Trigésimo Primero, Trigé- simo Segundo y Cuadragésimo Noveno del Estatuto Social de WIESE AETNA COMPAÑÍA DE SEGUROS, y devuél- vase la minuta que lo formaliza con el sello oficial de esta Superintendencia, para su elevación a Escritura Pública en la que se insertará el texto de la presente Resolución, para su inscripción en el Registro Público correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CORTAVARRÍA CHECKLEY Superintendente de Banca y Seguros 24021 Autorizan efectuar contrataciones para la prórroga de contratos de arrenda- miento de inmuebles mediante proce- so de adjudicación directa de menor cuantía RESOLUCIÓN SBS Nº 396-2001 Lima, 22 de mayo del 2001 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el literal g) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - Decreto Supremo Nº 012- 2001-PCM, se encuentran exoneradas del proceso de Con- curso Público las contrataciones que se realicen para pro- rrogar el plazo de los contratos de arrendamiento de inmuebles ocupados por la Entidad, siempre que la renta no se incremente en una tasa mayor al crecimiento del índice general de precios al por mayor; Que, la Superintendencia de Banca y Seguros viene arrendando los inmuebles ubicados en la Av. GuillermoPrescott Nº 185 y en la Av. Dos de Mayo Nº 1511 en el distrito de San Isidro, donde funcionan parte de las Ofici- nas de las Superintendencias Adjuntas de Asesoría Jurídi- ca y Administración General, cuyos contratos se vencieron el 12 de noviembre de 2000; Que, mediante Informe Técnico del mes en curso elabo- rado por el Departamento de Logística, se ha determinado la necesidad de continuar ocupando dichos locales a cuyo efecto es necesario renovar los contratos de arrendamiento correspondientes. Asimismo, en dicho informe se señala que el monto de la renta se mantiene sin variación de manera que se ha cumplido con el requisito exigido en la precitada norma para que proceda autorizar la exonera- ción del Concurso Público que corresponde a la renovación de los mencionados arrendamientos; Por tanto, en uso de las facultades conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, de conformidad con lo establecido en los Artículos 19º y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y contando con la opinión favorable de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica y la Superintendencia Adjunta de Admi- nistración General; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la exoneración de la pró- rroga de los contratos de arrendamiento de los locales referidos en la parte considerativa de la presente Resolu- ción del proceso de Concurso Público y, consecuentemente, autorizar a la Superintendencia Adjunta de Administra- ción General a contratar la prórroga de los mismos median- te un proceso de Adjudicación Directa de Menor Cuantía. Artículo Segundo.- Disponer que la Superintenden- cia Adjunta de Administración General remita copia de la presente Resolución y del Informe que sustenta esta exone- ración a la Contraloría General de la República dentro de los diez días calendario siguientes a la fecha de su aproba- ción, conforme a lo dispuesto en el Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicio- nes del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CORTAVARRÍA CHECKLEY Superintendente de Banca y Seguros 24013 CONSUCODE Sancionan a Enviroequip S.A., Com- pañía Industrial Peruana Monfer S.A. y Marka's S.R.Ltda. con suspensión en el ejercicio de su derecho a participar en procesos de selección y contratar con el Estado TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCIÓN Nº 119/2001.TC-S1 Lima, 15 de marzo de 2001 Visto en sesión de la Primera Sala Mixta del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, de 9.4.2001, el Expediente Nº 032.2001.TC, referente a la solicitud de aplicación de sanción al contratista ENVIROEQUIP S.A., por haber presentado documentos falsos en la Adquisición de Medidores de Agua de 100 mm., contratada con SEDA- PAL. Licitación Pública Nº 003-2000-LOG-SEDAPAL; CONSIDERANDO: Que, el 24.1.01, el Tribunal de Contrataciones y Adqui- siciones del Estado expide la Resolución Nº 003/2001.TC- S1, que declara improcedente el recurso de revisión y apertura de oficio el proceso de aplicación de sanción al contratista ENVIROEQUIP S.A. por haber presentado documentos falsos;