Norma Legal Oficial del día 09 de octubre del año 2001 (09/10/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 9 de octubre de 2001

tado su instrumento de ratificacion, aceptacion, aprobacion o adhesion. Articulo 127 Denuncia 1. Todo Estado Parte podra denunciar el presente Estatuto mediante notificacion por escrito dirigida al Secretario General de las Naciones Unidas. La denuncia surtira efecto un ano despues de la fecha en que se reciba la notificacion, a menos que en MORDAZA se indique una fecha ulterior. 2. La denuncia no exonerara al Estado de las obligaciones que le incumbieran de conformidad con el presente Estatuto mientras era parte en el, en particular las obligaciones financieras que hubiere contraido. La denuncia no obstara a la cooperacion con la Corte en el contexto de las investigaciones y los enjuiciamientos penales en relacion con los cuales el Estado denunciante este obligado a cooperar y que se hayan iniciado MORDAZA de la fecha en que la denuncia surta efecto; la denuncia tampoco obstara en modo alguno a que se sigan examinando las cuestiones que la Corte tuviera ante si MORDAZA de la fecha en que la denuncia surta efecto. Articulo 128 Textos autenticos El original del presente Estatuto, cuyos textos en arabe, MORDAZA, espanol, MORDAZA, ingles y ruso son igualmente autenticos, sera depositado en poder del Secretario General de las Naciones Unidas, que enviara MORDAZA certificada a todos los Estados. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, los infrascritos, debidamente autorizados por sus respectivos Gobiernos, han firmado el presente Estatuto. HECHO EN MORDAZA, el dia diecisiete de MORDAZA de mil novecientos noventa y ocho. 32384

y a merito del informe tecnico respectivo el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion podra expedir la correspondiente licencia; Que, el inciso b) del Articulo 56º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, establece que las autorizaciones otorgadas tendran un plazo MORDAZA de diez (10) anos para los servicios de radiodifusion, renovables a solicitud del interesado; Que, el Articulo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las caracteristicas de instalacion y operacion autorizadas para el uso o explotacion de frecuencias y otros parametros tecnicos, si MORDAZA no se obtiene la correspondiente aprobacion del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, la Direccion de Administracion de Frecuencias de la Direccion General de Telecomunicaciones, segun los terminos de los Informes Nºs. 0426-2001-MTC/15.19.03.3 y 494-2001-MTC/15.19.03.2 senala que habiendose efectuado la inspeccion tecnica a las instalaciones de la referida estacion de radiodifusion sonora, se constato que cuenta con el equipamiento necesario y han sido satisfactorias las pruebas de funcionamiento, por lo que emite su conformidad tecnica para que se le otorgue la autorizacion por diez (10) anos, incluyendose el cambio de frecuencia de la estacion; Que, la Direccion de Asesoria Tecnica de la Direccion General de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 6262001-MTC/15.19.01, opina que es procedente autorizar la operacion de la citada estacion de radiodifusion por el plazo de diez (10) anos, que incluye el periodo de instalacion y prueba otorgado por la Resolucion Ministerial Nº 626-97MTC/15.19, asi como tambien es procedente autorizar el cambio de caracteristica tecnica acotado; De conformidad con el TUO de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 0694-TCC con sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 02498-MTC, el MORDAZA del Ministerio; y, Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar por el plazo de diez (10) anos, a la empresa RADIODIFUSORA EL CHASQUI FM STEREO E.I.R.L., la operacion de una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito de Chincha Alta, provincia de Chincha y departamento de Ica, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas: Estacion Frecuencia Indicativo Potencia Emision Horario Ubicacion de Estudios y Planta Transmisora : : : : : : BC-FM 101.1 MHz. OBT-5D 500 w. 256F8E H24

MTC
Autorizan a Radiodifusora El Chasqui FM Stereo E.I.R.L. y Corporacion Gestion S.A. la operacion de estaciones del servicio de radiodifusion sonora comercial
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 789-2001-MTC/15.03 MORDAZA, 19 de setiembre de 2001 VISTAS, las solicitudes presentadas por la empresa RADIODIFUSORA EL CHASQUI FM STERO E.I.R.L. sobre inspeccion tecnica y autorizacion por el plazo de diez (10) anos, para operar una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito de Chincha Alta, provincia de Chincha y departamento de Ica; asi como que se le autorice el cambio de frecuencia de dicha estacion; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 626-97-MTC/15.19, publicada el 8 de diciembre de 1997, se concedio a la empresa RADIODIFUSORA EL CHASQUI FM STEREO E.I.R.L., autorizacion para instalar y operar en periodo de prueba de doce (12) meses, una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de Chincha Alta, provincia de Chincha, departamento de Ica; Que, segun el Articulo 50º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, la licencia es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para operar un servicio de radiocomunicacion autorizado; Que, el Articulo 163º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, senala que realizada la inspeccion

: Jr. MORDAZA Nº 591, distrito de Chincha Alta, provincia de Chincha, departamento de Ica. Coordenadas: L.O. 76° 07' 48" L.S. 13° 24' 54"

Articulo 2º.- El plazo de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente incluye el periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses otorgado por la Resolucion Ministerial Nº 626-97-MTC/15.19, por tanto vencera el 8 de diciembre del ano 2007. La Direccion General de Telecomunicaciones procedera a extender la correspondiente licencia de operacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ESPARZA Viceministro de Comunicaciones 32219 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 791-2001-MTC/15.03 MORDAZA, 19 de setiembre de 2001 VISTAS, las solicitudes sobre realizacion de inspeccion tecnica y otorgamiento de autorizacion por el plazo de diez

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