Norma Legal Oficial del día 21 de octubre del año 2001 (21/10/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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14.3

NORMAS LEGALES
15.3

MORDAZA, MORDAZA 21 de octubre de 2001 RENOVACION DE LICENCIA

TEMAS DEL EXAMEN TEORICO

14.3.1 Regulaciones aplicables a las RAPs 21, 43, 65, 91, 121 y 135. 14.3.2 Montaje, funcionamiento, inspeccion, asi como los principios de construccion de las actividades que se indican: (i) (ii) (iii) (iv) (v) Inspeccion de aeronaves Aeronaves en su totalidad. Estructuras y afines Sistemas motopropulsores y accesorios. Avionica.

La Licencia de Reparador Aeronautico se realizara cada dos anos, presentando: 15.3.1 Solicitud dirigida al Director de Seguridad Aerea (Form. DGAC-L-001). 15.3.2 Dos fotografias tamano carne a color y de frente. 15.3.3 MORDAZA laboral que indique haberse dedicado a las actividades propias de su licencia, 12 meses precedentes a la solicitud de renovacion. 15.3.4 Abonar el derecho de renovacion de Licencia. 15.3.5 Aprobar las evaluaciones de refresco que determine la DGAC. 15.3.6 En caso de no reunir la experiencia del punto 15.3.3, debera aprobar el examen oral y practico correspondiente. 16. REGULACIONES SOBRE LA LICENCIA DE ASISTENTE DE MANTENIMIENTO 16.1 REFERENCIA : RAP 65 APENDICE B 16.2 VIGENCIA Las Licencias que fueron otorgadas MORDAZA del 1 de MORDAZA de 1998, mantendran su vigencia hasta la proxima fecha de su renovacion, en la que el titular podra reemplazarla por la Licencia de Mecanico de Mantenimiento, siempre y cuando cumpla con los requisitos estipulados en la RAP 65, Subparte "D"; caso contrario quedara sin efecto. 16.3 REEMPLAZO DE LA LICENCIA

14.3.3 La nota minima aprobatoria es de 80%. 14.3.4 La duracion del examen es dos horas. 14.3.4 Bibliografia. a) Licencia Manual "Inspector Authorization" By MORDAZA Crane FAA Editorial ASA Codigo A-IA Habilitaciones Manual " Airframe (Avionic) o Powerplant" FAA Editorialk ASA - Codigo ASA-8080-AMT. RENOVACION

b)

14.4

Para la renovacion de Licencia de Inspector de Mantenimiento sera necesario presentar cada 24 meses ante la DGAC lo siguiente: 14.4.1 Solicitud dirigida al Director de Seguridad Aerea (Form. DGAC-L-.001). 14.4.2 MORDAZA laboral que indique haberse dedicado a las actividades propias de su licencia, en por lo menos 12 meses precedentes a la solicitud de renovacion y curso de refresco dado por el Operador Aereo o Taller de Mantenimiento donde labora. 14.4.3 Dos fotografias tamano carne de frente y a color. 14.4.4 Aprobar las evaluaciones tecnicas, orales y practicas establecidas por la DGAC. 15. LICENCIA DE MECANICO REPARADOR AERONAUTICO 15.1 REFERENCIA: RAP 65 SUBPARTE F 15.2 REQUISITOS 15.2.1 Solicitud dirigida al Director de Seguridad Aerea. (Form. DGAC-L-001) 15.2.2 Documento de identidad. (DNI, Libreta Electoral o Carne de Extranjeria), para verificar datos de la solicitud. 15.2.3 Tener no menos de 21 anos de edad. 15.2.4 Tres fotos tamano carne a color y de frente. 15.2.5 Tener conocimientos de: (a) (b) Los metodos y procedimientos de mantenimiento, reparacion y alteraciones de acuerdo a la RAP 43. Tener cursos de calificacion para los equipos y tecnicas en los cuales se le habilitara.

El titular de una Licencia de Asistente de Mantenimiento podra reemplazarla cuando lo desee por la Licencia de Mecanico de Mantenimiento, siempre y cuando cumpla con lo establecido en la RAP 65, Subparte "D". 17. REGULACIONES SOBRE LA LICENCIA DE TECNICO DE MANTENIMIENTO 17.1 REFERENCIA : (RAP 65 APENDICE C) 17.2 VIGENCIA Las Licencias que fueron otorgadas MORDAZA del 1 de MORDAZA de 1998, mantendran su vigencia hasta la proxima fecha de su renovacion, en la que el titular podra reemplazarla por la Licencia de Inspector de Mantenimiento, siempre y cuando cumpla con los requisitos estipulados en la RAP 65, Subparte "G"; caso contrario sera reemplazada por la Licencia de Mecanico de Mantenimiento. 17.3 REEMPLAZO DE LA LICENCIA El titular de una Licencia de Tecnico de Mantenimiento podra reemplazarla cuando lo desee por la Licencia de Inspector de Mantenimiento, siempre y cuando cumpla con lo establecido en la RAP 65, Subparte "G". 17.a LICENCIA ESPECIALISTA DE INFORMACION AERONAUTICA 17.a.1 REFERENCIA : RAP 65 SUBPARTE J 17.a.2 REQUISITOS 17.a.2.1 Solicitud dirigida al Director de Seguridad Aerea (Form.DGAC-L-001). 17.a.2.2 Tener como minimo 21 anos de edad. 17.a.2.3 Ser titular de un Certificado Medico Clase III expedida por el Hospital Central de Aeronautica. 17.a.2.4 Hablar correctamente el idioma castellano y poseer conocimientos practicos del idioma ingles, como ayuda en el desempeno de sus funciones; 17.a.2.5 Acreditar los requisitos senalados en 17.a.3, 17.a.4 y 17.a.5.

15.2.6 MORDAZA de estar empleado para el trabajo especifico por el cual requiere la Licencia, en un Taller Aeronautico de Reparacion o por un Operador Comercial Certificado o Transportador Aereo certificado. 15.2.7 Carta de recomendacion del empleador, para MORDAZA de ejercicio de especialidad ante la DGAC. 15.2.8 Acreditar 3 (tres) anos de experiencia practica en la habilitacion solicitada. 15.2.9 Leer e interpretar publicaciones en ingles. 15.2.10 Abonar los derechos de chequeo practico. 15.2.11 Aprobar un examen oral y practico sobre la habilitacion solicitada ante un Inspector DGAC. 15.2.12 Abonar los derechos de expedicion de Licencia.

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