Norma Legal Oficial del día 12 de abril del año 2002 (12/04/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, viernes 12 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

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Visto el Oficio Nº 991-2002-CTAR-HCO-DRS-DG cursado por el Director General de la Direccion Regional de Salud Huanuco; De conformidad con lo previsto en el Articulo 3º de la Ley Nº 27594 y el Articulo 77º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar, a partir de la fecha de la presente Resolucion, en cargos de confianza en la Direccion Regional de Salud MORDAZA, a las siguientes personas:
NOMBRE DR. MORDAZA VENTURO MORDAZA MORDAZA DR. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CARGO Director de la Cabecera de Red - MORDAZA MORDAZA Director del Hospital Regional MORDAZA Valdizan NIVEL F-4

Que, el Decreto Ley Nº 25862 - Ley Organica del Sector Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, establece que al Subsector Vivienda y Construccion le compete el desarrollo y normalizacion del desenvolvimiento de las actividades de vivienda y construccion, desarrollo MORDAZA, edificaciones y proteccion del medio ambiente; Que, es de interes para el Subsector Vivienda y Construccion intercambiar experiencias relacionadas con programas de vivienda, lo cual permitira cumplir con los objetivos propuestos; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25862, Ley Nº 27619 y Decretos Supremos Nºs. 048-2001-PCM y 0532001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del arquitecto MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Viceministro de Vivienda y Construccion, a las ciudades de Bogota y MORDAZA, Republica de Colombia, durante los dias 12 al 15 de MORDAZA de 2002, para los fines a que se contrae la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, sera con cargo al Presupuesto del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ Viaticos US$ Tarifa de Aeropuerto US$ 537.64 800.00 25.00

F-4

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CARBONE MORDAZA Ministro de Salud 6585

Designan Director Ejecutivo de Administracion de la Direccion Regional de Salud MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 661-2002-SA/DM
MORDAZA, 8 de MORDAZA del 2002 Visto el Oficio Nº 985-2002-CTAR-HCO-DRS-DG cursado por el Director General de la Direccion Regional de Salud Huanuco; De conformidad con lo previsto en el Articulo 3º de la Ley Nº 27594 y el Articulo 77º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar, a partir de la fecha de la presente Resolucion, en el cargo de Director Ejecutivo de Administracion de la Direccion Regional de Salud MORDAZA, al CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA APONTE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CARBONE MORDAZA Ministro de Salud 6586

Articulo 3º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 6671

Otorgan a personas natural y juridica autorizacion y permiso de instalacion para operar estaciones del servicio de radiodifusion sonora comercial en FM
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 232-2002-MTC/15.03 MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2002 VISTA, la solicitud formulada por don MORDAZA MORDAZA SAITO RONCAL, para que se le otorgue autorizacion para instalar y operar una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de La Peca, provincia de Bagua, departamento de Amazonas; CONSIDERANDO:

MTC
Autorizan viaje del Viceministro de Vivienda y Construccion a Colombia, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 191-2002-MTC/15.01
MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2002 CONSIDERANDO: Que, el Ministro de Desarrollo Economico de la Republica de Colombia ha cursado invitacion al arquitecto MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Viceministro de Vivienda y Construccion para que visite las ciudades de Bogota y MORDAZA, durante los dias 12 al 15 de MORDAZA de 2002; Que, en la Republica de Colombia el Viceministro de Vivienda y Construccion intercambiara con funcionarios del Gobierno y del sector privado colombiano inquietudes sobre los distintos programas de construccion y de vivienda;

Que, el Articulo 22º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion se requiere de autorizacion y permiso otorgados por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, los Articulos 48º y 49º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones MORDAZA referido, establecen que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de telecomunicaciones; y el permiso es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para instalar en un lugar determinado equipos de radiocomunicacion; Que, el Articulo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, senalan que para obtener autorizacion para prestar servicio de radiodifusion se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dichas normas se detallan;

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